blogeditor · 18 de marzo de 2020
En los últimos meses hemos sido testigos del brote y propagación a nivel mundial de la COVID-19, una enfermedad infecciosa producida por el coronavirus1. Dada la cantidad de personas contagiadas y fallecidas con motivo de esta afección, así como el número de países que registran casos alrededor del mundo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) concluyó que la COVID-19 puede considerarse una pandemia2.
Ante estas circunstancias, los gobiernos de los países han adoptado diversas acciones para prevenir una mayor transmisión, las cuales van desde recomendar a la población la intensificación de las medidas sanitarias, hasta limitar la circulación de las personas.
Ahora bien, es importante que, al momento de definir las estrategias estatales, las autoridades tengan presente los posibles impactos y/o riesgos a que se exponen los distintos sectores de la sociedad, principalmente, quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad.
En el caso de las mujeres y niñas/os en contextos de violencia intrafamiliar, el aislamiento en los hogares aumenta la probabilidad de que ocurra un hecho violento, favorece la sistematicidad de su comisión, asimismo, puede dificultar la interposición de la denuncia debido a la proximidad con el victimario. De acuerdo con Pilar Pascual Pastor de la asociación española “Mujeres para la Salud”, eventos de esta índole repuntan al incrementar la convivencia3.
En China, por ejemplo, las restricciones a la circulación evitan la canalización de las mujeres a sitios más seguros, esto a su vez reduce sus redes de apoyo. Sobre el particular la revista Sixth Tone publicó una nota en la que explica los obstáculos que enfrentan las mujeres que intentan huir de sus casas, del mismo modo refiere que los reportes relacionados con estos casos han crecido a partir del aislamiento4.
Por su parte el gobierno español, estableció una estrategia destinada a reforzar la ayuda. El Ministerio de Igualdad realiza una difusión constante sobre las vías a las que puede acudir la mujer o quien así lo decida, para hacer de conocimiento los sucesos de violencia. Sumando a esto, en el Real Decreto 463/2020, el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática declaró entre otras cosas, que la suspensión de plazos procesales decretada
no aplicaría en los casos que involucren órdenes de protección, ni cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer o menores5. De manera similar el Instituto Nacional de las Mujeres de Costa Rica, anunció que redoblará los esfuerzos para que durante la crisis sanitaria se brinde la atención necesaria a las mujeres que lo necesiten6.
Por lo que hace a nuestro país, se estima pertinente que desde las instituciones se hagan mención expresa sobre la forma en cómo intervendrá para proteger a las mujeres inmersas en un entorno violento, lo anterior teniendo en cuenta que el hogar, dista de ser un lugar seguro para muchas mexicanas.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, el 10.3% de las mujeres encuestadas fue violentada por algún integrante de su familia -sin considerar al esposo o pareja-. En esta misma encuesta se identifica que el 43.9% de las mujeres adujeron haber experimentado violencia por parte de su actual o última pareja, esposo o novio7.
Asimismo, se destaca que el informe sobre violencia contra las mujeres emitido por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en enero de este año registró 17, 009 de llamadas recibidas con motivo de la violencia en pareja8, mientras que recibió 52, 498 vinculadas a incidentes de violencia intrafamiliar9.
Es importante recordar que la erradicación y prevención de la violencia machista implica un actuar contundente por parte del Estado, asimismo las circunstancias actuales requieren de medidas específicas y mayor proactividad por parte de los agentes estatales, lo anterior en aras de la protección de los derechos de las mujeres.
* Rita Astrid Muciño Corro es abogada del Círculo Feminista de Análisis Jurídico (@CirculoAnalisis). Correo: [email protected]
1 Organización Mundial de la Salud (OMS) (2020) “Preguntas y respuestas sobre la enfermedad por coronavirus (COVID-19)”. Disponible aquí.
2 Organización Mundial de la Salud (OMS) (2020) “Alocución de apertura del Director General de la OMS en la rueda de prensa sobre la COVID-19 celebrada el 11 de marzo de 2020”. Disponible aquí.
3 Pecharromán, Carolina (2020), “La cuarentena por coronavirus agrava el riesgo de agresión de las víctimas de violencia de género”. Disponible aquí.
4 Zhang, Wanqing (2020), “Domestic Violence Cases Surge During COVID-19 Epidemic”. Disponible aquí.
5 Boletín Oficial del Estado (2020) Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, “Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”. Disponible aquí.
6 González, Adison (2020) “INAMU refuerza atención a mujeres tras emergencia por coronavirus COVID-19”. Disponible aquí.
7 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, disponible aquí.
8 Al respecto se aclara que, en el caso de la violencia de pareja, el agresor puede ser la pareja actual o el esposo, quien puede residir o no en el espacio doméstico.
9 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2020) Información sobre violencia contra las mujeres. Disponible aquí.