El vendaval de impugnaciones contra el “Plan B”

Mauricio Torres · 29 de abril de 2023

El vendaval de impugnaciones contra el “Plan B”

Llevamos un año hablando de la reforma electoral: el camino aún no termina, pues en las últimas semanas se han presentado cientos de impugnaciones en contra de la reforma electoral aprobada por el Congreso de la Unión que conocemos como “Plan B”. Recordemos que la reforma se compone por dos decretos: el primero que incluye a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y a la Ley General de Comunicación Social, y el segundo que contiene la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la nueva Ley de los Medios de Impugnación, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Partidos Políticos. 

Ambos decretos han sido impugnados ante la Suprema Corte, los juzgados de distrito y el Tribunal Electoral. El decreto 1 es uno de los más controvertidos: se han presentado siete acciones de inconstitucionalidad por parte de legisladores de la Cámara de Diputados y el Senado, cuatro de partidos políticos nacionales y una de un partido local; también se han interpuesto un total de 161 controversias constitucionales: 139 de municipios, 10 de Organismos Públicos Electorales Locales (OPLES), cinco de ejecutivos estatales, tres de congresos locales, tres de alcaldías de la Ciudad de México y una del INE. 

En contra del decreto 2 se han presentado ocho acciones de inconstitucionalidad: cuatro de partidos políticos nacionales, una de un partido local, una de legisladores de la Cámara de Diputados y una por senadores; además, el INAI presentó la propia. También se han presentado tres controversias constitucionales: dos por los OPLES de Quintana Roo y Durango y una por el INE. 

A esto hay que sumarle los miles de amparos que trabajadores y trabajadoras del INE han presentado ante los juzgados de distrito y los también miles de juicios electorales que se han promovido ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

¿Qué ha pasado con todas estas impugnaciones?

En cuanto a los juicios electorales, la Sala Superior del Tribunal Electoral ha desechado prácticamente todos, pues considera que todavía no existe un acto de aplicación que cause perjuicio a las y los actores, por lo que habrá que esperar a que se dé este acto de aplicación y entonces conocer el criterio de la autoridad. 

Sin embargo, la Sala Superior sí conoció del juicio electoral promovido ante el cese inmediato del secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, que se ordena en el artículo 17 transitorio del decreto 2. Tras un largo debate y una votación dividida, se determinó inaplicar el artículo transitorio por considerar que era inconstitucional ya que solo el Consejo General del INE puede nombrar o remover a quien ocupe la Secretaría Ejecutiva. 

En cuanto a los amparos, existe de todo un poco, pues depende del criterio de cada juzgador o juzgadora. Varios han admitido los amparos e incluso ordenado la suspensión de los efectos de la reforma, tanto de forma provisional como definitiva, otros muchos han sido desechados por considerar que son materia electoral. Nuevamente destaca el amparo promovido por el secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo, en el cual también se logró la suspensión definitiva y la reinstalación inmediata en su cargo.

Aunque ni las acciones de inconstitucionalidad ni las controversias constitucionales presentadas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación han sido resueltas, los ministros ponentes en cada una de ellas han ordenado la suspensión de ambos decretos. Respecto del decreto 1, fue el ministro Alberto Pérez Dayán quien ordenó la suspensión, misma que después fue confirmada por la Segunda Sala de la Corte. En cuanto al decreto 2, la suspensión la otorgó el ministro Javier Laynez Potisek, y falta que sea confirmada o revocada por la misma sala. 

Cabe destacar que tanto en las acciones y controversias como en los amparos, la Presidencia de la República, a través de la Consejería Jurídica, ha revirado las determinaciones jurisdiccionales que han sido desfavorables al “Plan B”. 

¿En qué estamos?

En la incertidumbre total, pues al día de hoy el marco legal vigente es el anterior a la reforma legal, por lo que la primera semana de septiembre deberá empezar el proceso electoral federal 2023-2024. La Corte en cualquier momento puede resolver las acciones y controversias que son de su conocimiento, lo que brindará seguridad sobre las reglas que van a aplicar en las elecciones que ya tenemos en puerta en el Estado de México y Coahuila, y posteriormente en el proceso electoral federal.

Sabemos que el proceso avanza y que hace unos días la Sala Superior del Tribunal Electoral envió su opinión sobre las acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra del decreto 2. En este documento consideró que la reestructura al INE no es inconstitucional, así como tampoco lo es reducir los tiempos electorales al retrasar el proceso electoral presidencial de septiembre a la última semana de noviembre, pues esto configura como “libertad legislativa”. En total, de 34 artículos impugnados, la sala estima que solo seis son inconstitucionales.

Lo que resta entonces es esperar a que la Corte resuelva en definitiva. Esa resolución también puede arrojar una nueva ola de impugnaciones, por lo que estamos aún lejos de ver el final de este proceso jurídico.

@Eleccionesymas