Redacción Animal Político · 21 de agosto de 2023
Si bien el presidente Andrés Manuel López Obrador se ha jactado de encabezar una transformación histórica a nivel económico, social y político –en la que “el sentido supremo de la democracia es el gobierno del pueblo”–, 1 las políticas públicas de su gobierno apuntan a un proceso de retroceso o desgaste que atentan contra la institucionalidad democrática de México.
De acuerdo con diferentes autores, el retroceso democrático (democratic backsliding) es un proceso por el que un Estado, de manera gradual y a través de acciones de líderes democráticamente electos, comienza a ser menos democrático a través del tiempo, por acciones tomadas para reducir pesos y contra pesos al poder ejecutivo. 2 Entre esas acciones se encuentra: el rompimiento con las normas y estándares de comportamiento político; el debilitamiento de los poderes legislativo y judicial, así como de los reguladores independientes; la reducción de libertades civiles, y el ataque al sistema electoral. 3
En esta entrada, que dividiremos en dos partes, hacemos un recuento de algunas de las acciones que la administración del presidente ha emprendido contra la institucionalidad democrática del país y que, poco a poco, debilitan los pesos y contrapesos constitucionales y reflejan un proceso de retroceso democrático.
De manera preocupante para el derecho a la información, que es fundamental en toda democracia, el partido en el poder ha obstaculizado la labor del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Esto ha sido así, puesto que el Senado, con mayoría del mismo partido político que el presidente de la República, ha incumplido deliberadamente con su obligación de designar a las y los comisionados del INAI, lo cual resulta indispensable para su correcta operación.
Lo anterior se explica a partir de considerar que, en los últimos meses, han terminado su mandato 3 comisionadas o comisionados del INAI, sin que hasta la fecha se haya hecho designación alguna para cubrir al menos una de dichas vacantes. Aquí es preciso considerar que el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP) establece que, para que las sesiones del pleno del INAI cuenten con validez, deberán sesionar al menos 5 de sus integrantes. Por ende, al estar actualmente dicho organismo integrado únicamente por 4 miembros, se le ha dejado en un estado de parálisis institucional.
Además, el presidente ya objetó en una ocasión un nombramiento realizado por el Senado, facultad que la Constitución le otorga; sin embargo, el Senado ha sido omiso en realizar nuevos nombramientos, cuando la misma Constitución establece que, después de una segunda objeción presidencial, el nombramiento que realice el Senado será definitivo. Al respecto, y de acuerdo a un análisis de FUNDAR, esta situación se inserta en un contexto en el que han aumentado las inconformidades y negativas de información por parte de las autoridades, además de que recientemente se publicó un decreto presidencial que clasifica varios megaproyectos del gobierno federal como de seguridad nacional. 4
Finalmente, debe destacarse que apenas el pasado 13 de julio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió una controversia constitucional planteada por el INAI contra el Senado, por la omisión en realizar las citadas designaciones. El proyecto de resolución, a cargo de la ministra Loretta Oritz Ahlf, consideraba que no existía una omisión, ya que la materia de nombramientos por parte del Senado es una cuestión política no judicializable.
Ello fue rechazado por la mayoría de ministras y ministros y el proyecto se desechó para que se elabore uno nuevo con los argumentos señalados por la mayoría en el sentido de que sí existe una omisión y el Senado debe realizar el nombramiento. Por otra parte, se planteó, sin llegar a una determinación al respecto, que el INAI puede sesionar válidamente con sólo 4 integrantes de su pleno. A la fecha, y en acatamiento a tres resoluciones judiciales de amparo, el INAI ha sesionado para resolver sobre asuntos puntuales, derivado de dichos juicios constitucionales; en dichos casos se ha hecho una interpretación conforme del señalado artículo 33 de la LFTAIP, para permitir las sesiones con cuatro comisionados.
Por lo que respecta al Instituto Nacional Electoral (INE), el presidente de la República ha atacado constantemente a ese organismo constitucional autónomo, fundamental para que en México existan elecciones libres, transparentes y democráticas. Las arremetidas del presidente contra el INE han sido constantes desde que tomó posesión del cargo; sin embargo, se incrementaron notablemente a partir de 2022, cuando, a los ya constantes ataques personales hacia 2 entonces consejeros del INE -entre ellos el consejero presidente-, se sumó una estrategia jurídica para debilitar al INE y reformar de forma drástica el sistema electoral mexicano.
Para lograr dicho cometido, desde el poder se intentó una reforma constitucional; empero, al necesitar una mayoría calificada para dicha reforma y no contar con ella el partido en el poder, se tuvo que descartar esa vía. Ante ello, en diciembre de 2022 y en febrero de 2023, se aprobó en el Congreso mexicano una serie de reformas promovidas por el Ejecutivo que pasaron a conocerse como el “Plan B”. Entre otras, dichas reformas modificaron reglas electorales sustanciales para permitir conductas anteriormente prohíbidas por la ley electoral, como que servidores públicos emitan mensajes dirigidos a influir en la contienda haciendo uso de recursos públicos.
Por otra parte, se pretendió limitar los presupuestos del Instituto, reducir drásticamente el personal que pertenece a su servicio profesional de carrera y quitarle facultades de sanción y regulación; todo lo cual comprometía seriamente la independencia del organismo. Posteriormente, y por graves violaciones del Congreso al proceso legislativo, la SCJN declaró la inconstitucionalidad de dichas reformas.5 En respuesta, el presidente ha anunciado que someterá a la consideración del legislativo una reforma al Poder Judicial para que las y los ministros de la SCJN sean designados por elección popular.
Tampoco debe pasarse por alto que en abril pasado se dio el cambio de 4 consejeras y consejeros del INE, entre ellas la de la presidencia; como ha sido dicho, desde el Ejecutivo fueron constantes los ataques al anterior consejero presidente. Ese proceso de cambio estuvo plagado de irregularidades, y el partido mayoritario en México utilizó su posición para establecer un comité evaluador de candidaturas ciudadanas a dichos puestos -figura establecida en la Constitución para dotar ddde mayor imparcialidad a estas designaciones- de manera que se favorecieran sus intereses.6
El resultado fue la designación de consejeras y consejeros cercanos al presidente y su partido. Con esto, queda en evidencia que la autonomía del INE se encuentra en entredicho, aunque, gracias a la resolución de la SCJN sobre el Plan B, pudo conservar su estructura institucional.
Por último, cabe insistir en que el ombudsperson nacional, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), ha fallado en su mandato más básico de promover y proteger los derechos humanos de las y los mexicanos al no oponerse a reformas que los comprometen. Aunado a ello, la propia CNDH ha puesto en duda su independencia al apoyar al Estado en otras reformas cuestionables para los derechos humanos, como aquellas que buscaban socavar el funcionamiento del INE.
La CNDH es una institución fundamental para nuestra vida democrática: su existencia y correcto funcionamiento son piedra angular para propiciar un adecuado equilibrio frente a posibles abusos del poder y la prohibición del autoritarismo. Sin embargo, hoy vemos con preocupación una realidad desoladora, manifestada en el proceso de selección de la actual titular de la CNDH, que ha caído en la sumisión al partido en el poder. Su decisión de no impugnar ciertas reformas, incluyendo aquellas en materia de militarización de la Guardia Nacional -cuando es una de las pocas autoridades con competencia para impugnar la constitucionalidad de leyes-, revela una rendición a los poderes constituidos, así como un desprecio por la Constitución y por las decisiones y recomendaciones de organismos internacionales de protección de derechos humanos.
* Carlo Carvajal (@carlocarvajal) es Maestro en derecho internacional por el Instituto de Altos Estudios Internacionales y del Desarrollo en Ginebra, Suiza. Actualmente es Oficial de Incidencia en la CMDPDH. Víctor Miguel Dávila Leal (@victormdavleal) es abogado por la Universidad Autónoma de Aguascalientes y maestro en Derecho Constitucional por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de España; es colaborador en el Área de Defensa Integral de la @CMDPDH.
1 DOF, Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, 12 de julio de 2019.
2 Russell, Renwick and James, What is Democratic Backsliding, and is the UK at Risk?, The Constitution Unit, UCL, July 2022.
3 Idem.
4 Animal Político, El derecho a saber, en disputa, Fundar, 8 de junio de 2023.
5 El País, La Suprema Corte asesta el golpe final y anula por completo el “plan B” electoral de López Obrador, 22 junio de 2023.
6 Infobae, Dominan perfiles pro-AMLO en el Comité que evaluará aspirantes a consejeros del INE, 17 de febrero de 2023.