Redacción Animal Político · 3 de mayo de 2024
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI) del INEGI, 3.7 millones de menores trabajan en condiciones no permitidas. El artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo dice que estas condiciones implican trabajos en los que se vendan bebidas embriagantes de consumo inmediato, es decir, bares, cantinas y, como se define en el mismo artículo, centros de vicio. Se incluyen trabajos que por las condiciones físicas, químicas o biológicas (y debido a los materiales que se utilizan) pongan en riesgo las vidas infantiles.
A propósito de la conmemoración a las niñeces el pasado 30 de abril, y mientras buscaba un regalo para mi hijo, me encontré con un grupo de niños: uno de ellos me ofreció un mazapán por seis pesos o dos por diez, otro boleaba zapatos y una pequeña más cuidaba a la menor del grupo. Este encuentro me hizo reflexionar sobre los privilegios y la falta de igualdad de condiciones que existen en nuestro día a día. Entonces ¿qué entendemos por trabajo infantil? ¿Hablar de trabajo infantil es igual a abuso infantil? Un tema controversial sobre todo desde la defensa de los derechos humanos.
En la cultura metropolitana la respuesta sería rotundamente sí. Sin embargo, abriendo un poco el panorama y situándonos en realidades ajenas a nosotros, lo que solemos llamar “trabajo infantil” podría ser parte de las formas de vida fuera de las urbes. Por ejemplo, en comunidades principalmente agrícolas y campesinas, su modus vivendi está regido por los ciclos de cultivo, es decir, que tanto adultos como jóvenes y niños basan sus actividades de acuerdo a estos ciclos. En tiempos de siembra y cosecha toda la comunidad es partícipe (incluyendo a las niñeces). En este contexto, lo que llamaríamos despectivamente como “trabajo infantil” resulta ser una actividad primero familiar y luego de toda una comunidad. Durante estos periodos es común que las actividades escolares se detengan para que las y los niños ayuden a sus familias en dichas actividades.
Las actividades no escolares como trabajar el campo o cuidar de sus familias hace parte de la forma de vida de muchas niñeces, lo que significa problematizar el tema. Es fácil ponerse en el papel de juez y apuntar con el dedo a los padres, pensar en por qué ese niño o niña no va a la escuela o por qué están en un semáforo haciendo malabares para ganarse una moneda. ¡Qué irresponsabilidad! Por tenerlos en esas condiciones, “pobrecitos” niños todos sucios y desnutridos.
Con frecuencia hacemos este tipo de aseveraciones sin pensar en los contextos particulares que cada una de las familias mexicanas viven. Muchas veces son personas que han sido desplazadas de sus comunidades por crimen organizado, que han sido obligadas a vender sus parcelas por megaobras que “beneficiarán” a todo un país, personas que han salido de sus hogares en busca de mejores condiciones porque hay que “echarle ganas” o personas que se encuentran con limitantes como el idioma para poder desarrollarse en un trabajo “digno” y dar una buena vida a sus familias.
¿Será solo responsabilidad de esos “malos padres” que sus hijos menores tengan que trabajar para ayudar a los gastos diarios? ¿O es una responsabilidad compartida entre padres de familia, sociedad y gobierno?
Los derechos de las niñeces son importantes y debemos velar por ellos. Las organizaciones de derechos humanos deben poner sus ojos sobre estos temas, pero de una manera no generalizada. Es decir, no podemos ver el trabajo infantil desde una sola perspectiva, aquella que juzga sin abrirse a los diferentes contextos que existen en un país como México, con diversos matices que dependen de los usos y costumbres de cada territorio.
Mi encuentro con David (el pequeño que vendía los mazapanes), me invitó a comprender lo aquí dicho, pues me contó que no lo obligan a trabajar, que sí estudia y va en sexto de primaria. Además, en un tono nervioso, dijo que no llevaba muy buenas notas en historia y español, pero en matemáticas sí. Es el mayor de cuatro hermanos y ayuda a sus padres a conseguir un poco más de dinero. Los padres de David bien podrían ser juzgados y estigmatizados por la sociedad. No obstante, durante mi charla con él, supe que su papá hace trabajos de albañilería y plomería, que su mamá (quien los cuida) realiza artesanías con mimbre, lo que deja claro que todos dentro de la familia buscan un bien común. Por último, he de decir que su sentido de responsabilidad me sorprendió tras escuchar que él y su otro hermano son los que deben cuidar a sus hermanas, y trabajan para que ellas también puedan ir a la escuela.
El artículo 175 de la Ley del Trabajo define qué tipo de trabajos son prohibidos para las infancias. A pesar de ello, existe un añadido: el Artículo 175 Bis, en el que se especifican las condiciones en las que un niño menor de 15 años sí puede ser exigido; por ejemplo, en creación artística, el desarrollo científico, ámbito deportivo o de talento, la ejecución musical o la interpretación artística. Entonces, es claro que sí hay una perspectiva sesgada que bajo ciertos términos permite la contratación de menores, pero no en todas las realidades que viven las niñeces en nuestro país.
Es importante que nuestras leyes garanticen los derechos de nuestras niñas y niños, velando por mantener su integridad moral, mental y física. Lo anterior no es una postura en defensa del trabajo infantil, sino es una reflexión de los retos a seguir trabajando en conjunto como sociedad, organizaciones civiles y gobiernos para mejorar la condición de las familias. Evitar el abuso laboral en niñeces y adolescencias desde una perspectiva interseccional que nos permita mirar los contextos particulares de cada niño y niña, no solo de México sino en el mundo. De esta manera podremos entender que las infancias tienen el mismo derecho a decidir que cualquier adulto, que tiene voz y voto, pero sobre todo que merecen y pueden ser felices a su manera y como mejor lo necesiten.
* Moisés Abraham Hernández Lemus es colaborador del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria A. C. (@CDHVitoria).