Tortura: la dimensión del reto para erradicarla

blogeditor · 6 de diciembre de 2019

Tortura: la dimensión del reto para erradicarla

La publicación en junio de 2017 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes constituyó un avance clave en el combate a la tortura en nuestro país, al homologar a nivel federal y estatal el marco normativo en la materia a la luz de estándares internacionales.

La Ley contempla la tipificación de la tortura; dispone la creación de Fiscalías Especiales para investigar este delito a nivel federal y en cada entidad federativa; establece la obligación y el procedimiento para excluir de los procesos penales pruebas obtenidas bajo tortura; prevé un registro nacional de casos de tortura; fortalece la estructura y mandato del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT), y establece obligaciones en materia de atención a víctimas. La Ley también dispone la creación de un Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura para coordinar acciones puntuales entre los diferentes niveles e instituciones de gobierno.

No obstante, la aprobación de una ley no es suficiente para cambiar la realidad. En el caso de la Ley General contra la tortura, los retos para su debido cumplimiento son mayores, pues implica un cambio tan fundamental como dejar de usar la tortura como método de fabricar pruebas y empezar a castigarla como delito. Y, en efecto, mientras los últimos dos años han visto varios avances en la implementación de la Ley, persisten grandes pendientes y vacíos que se traducen, hasta la fecha, en la continuación de la impunidad.

Para apreciar el tamaño del reto, basta acudir a la plataforma digital, lanzada en noviembre de 2019 por un espacio de organizaciones de la sociedad civil1 con acompañamiento de la Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Dicha plataforma muestra -a partir de 10 rubros de indicadores a nivel federal y en las 32 entidades federativas- los grandes pendientes en la implementación de la Ley y el combate a la tortura, permitiendo comparar información de 2014 a 2018. Entre los hallazgos destacados por las organizaciones están los siguientes:

  • En sólo dos casos estatales las autoridades informaron haber presentado cargos por tortura ante alguna autoridad judicial en 2018, a pesar de la apertura de más de 3 600 investigaciones penales por tortura en el fuero estatal.
  • Ninguna entidad reportó sentencias impuestas en casos de tortura en 2018.
  • En los primeros meses de 2019, solamente la federación y 10 entidades federativas informaron contar con Fiscalía Especial para investigar tortura conforme lo previsto en la Ley General; otras 10 entidades informaron contar con Unidad de investigación. La tercera parte de entidades informó no contar con ninguna de las dos.
  • En los primeros meses de 2019, solamente tres entidades informaron contar con registros de tortura que se ajustaran a los elementos requeridos por la Ley (requisito para alimentar el registro nacional de este delito).

Sin duda, uno de los pendientes más prioritarios es poner fin a la impunidad casi absoluta por tortura: de un total de casi 24,000 investigaciones iniciadas por tortura de 2014 a 2018, los poderes judiciales informaron de únicamente 41 sentencias dictadas en casos de tortura (33 federales y 8 estatales), incluyendo tanto sentencias condenatorias como absolutorias. Así, se requieren transformaciones profundas en la forma de investigar la tortura.

En particular, es urgente que las fiscalías del país superen el uso inadecuado de supuestos peritajes o “dictámenes” para documentar secuelas físicas y psicológicas de la tortura. Diversos organismos de derechos humanos nacionales e internacionales han señalado que los dictámenes realizados por agentes del Estado a personas denunciantes de tortura no se ajustan a las directrices del Protocolo de Estambul (el estándar internacional en la materia). Así, en mayo de 2019, el Comité Contra la Tortura de la ONU señaló: “preocupan al Comité las informaciones que indican serias deficiencias en la aplicación del dictamen médico-psicológico utilizado para la evaluación física y psicológica de las presuntas víctimas”, así como “retrasos importantes en la realización de los dictámenes… y falta de exhaustividad de los mismos, lo que contribuye a generar dudas sobre la imparcialidad de los profesionales que los practican”.2

Independientemente del deber de garantizar el acceso de las víctimas a exámenes imparciales para documentar las posibles secuelas de tortura, las autoridades ministeriales también están obligadas por la Ley General a realizar todas las diligencias necesarias para esclarecer la denuncia de tortura –es decir, bajo el marco normativo actual, ya no deberían condicionar el avance de las investigaciones a la obtención de resultados “positivos” en un peritaje practicado en la persona de la víctima. Sin embargo, hoy persisten grandes pendientes para cumplir dicha obligación.

En este contexto, el gobierno federal dio un paso importante este año con la coordinación de un proceso participativo para diseñar el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura, con insumos de las diferentes instituciones gubernamentales, organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil. Mediante una serie de mesas de trabajo, se construyó un programa que refleja tanto los grandes pendientes en la erradicación de la tortura en México como la ruta crítica para impulsar la plena aplicación de la Ley General y disminuir los actos de tortura y otros malos tratos. El programa se encuentra en la fase final de diseño y se espera su pronta publicación.

Por otro lado, las instituciones gubernamentales pertenecientes al Mecanismo de Seguimiento de Casos de Tortura Sexual cometida contra Mujeres, coordinado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM), han participado en diversas reuniones de trabajo con las mujeres sobrevivientes de tortura sexual en Atenco y sus representantes, con el fin de diseñar la ruta de fortalecimiento del Mecanismo en cumplimiento de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Atenco a finales de 2018.

La plena aplicación del Programa Nacional y el efectivo fortalecimiento del Mecanismo contra la tortura sexual a mujeres serían dos pasos sumamente relevantes hacia el cumplimiento de la Ley General contra la tortura, y, más importante, hacia la erradicación de la tortura en el país.

Mientras tanto, la realidad cotidiana que viven las víctimas de tortura y sus familias sigue siendo de una lucha permanente por la libertad, el acceso a la justicia y la reparación, enfrentándose a un sinnúmero de obstáculos. Desde el Centro Prodh acompañamos a numerosas personas sobrevivientes y familiares que, con valor y dignidad, han emprendido este duro camino, y seguiremos buscando verdad y justicia para cada una de ellas.

@CentroProdh

 

1 Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD), Centro Prodh, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), Documenta: Análisis y Acción para la Justicia Social y Fundar: Centro de Análisis e Investigación.

2 CAT/C/MEX/CO/7, párr. 27.