blogeditor · 13 de agosto de 2020
Lo escrito por Claudia Rosales el pasado 4 de agosto da oportunidad para narrar todavía algunas historias más sobre el conflicto del Edificio Trevi.
En abril de 2018, Emilio Illanes se presentó con inquilinos y locatarios como uno de los nuevos dueños del edificio ubicado en Colón esquina con Doctor Mora. Cuando nuestra demanda contra los antiguos propietarios comenzó a generar interés mediático, el mismo Illanes me contactó. Quería saber, dijo, si podíamos llegar a un acuerdo que evitara que el litigio continuara. Illanes se encontró conmigo y con otros vecinos en más de una ocasión, en espacios públicos y abiertos, con terceros como testigos.
Para ese momento, Illanes y sus socios Andrés Martínes y Alfonso López Velarde anunciaban en varios medios de comunicación el nuevo proyecto de Público Coworking junto a la Alameda Central. Un “nuevo concepto de hotel”, decían. Es posible que varios reporteros hayan reproducido información errónea respecto a la intención de crear oficinas en el edificio Trevi, al asociarlo con la principal actividad de Público Coworking. Los inquilinos siempre expresamos lo que ellos nos comunicaron en persona y lo que ya promovían públicamente, en más de un medio de comunicación.
Pese a que no estábamos de acuerdo con este tipo de desarrollo, hubo más de un intento de mediar por parte nuestra. Illanes llegó a comentar la posibilidad, entre otras, de que locatarios y vecinos conservaran un espacio comercial a cambio de renunciar a los espacios habitacionales y al litigio mismo. Por supuesto, nada de esto llegó a buen puerto pues ellos decidieron continuar con los desalojos forzados.
Lo cierto es que un desarrollo turístico en un predio de uso habitacional resulta políticamente incorrecto, en el sentido último de esta expresión. Tal vez por eso, en los últimos meses Público Coworking ha sustituido la palabra hotel por un eufemismo menos problemático y más chic: “coliving”, o “viviendas de corta estancia”.
Viene a cuento ahora porque se insiste en negar que Público Coworking haya tenido algo que ver con el conflicto del Edificio Trevi y con su situación actual. Rosales afirma que es necesario un debate informado, pero quizá desconozca que el logotipo de Público Coworking se exhibe –hasta el día de hoy– en todas las mantas que anuncian las medidas sanitarias que deben usar los trabajadores de la construcción en el interior y en el exterior del Edificio Trevi, a la vista de todos.
Concedo que hay algo de cierto en lo que dice Rosales: Inmobiliaria Iterativa S.A.P.I., S.A. de C.V. es la titular del fideicomiso que compró el edificio. Pero también es cierto que basta solicitar el acta constitutiva en el Registro Público del Comercio para saber que los fundadores de Público Coworking son también socios fundadores de Inmobiliaria Iterativa. Ahora bien, los inquilinos siempre expresamos que dentro del fideicomiso que encabeza Iterativa existen otras figuras físicas y morales, además de otro fideicomiso del cual tampoco sabemos mucho. Hoy que el conflicto con los inquilinos ha terminado, que el futuro del Edificio Trevi ha cobrado interés público y que la apoderada legal de los nuevos propietarios insiste en promover el nuevo proyecto –“con verdad y con hechos”– resulta pertinente que se transparente la identidad del resto de los socios.
Algunos cabos sueltos
En la columna ya mencionada se dice que el motivo de mi desalojo fue “haber simulado” el pago de alquiler al depositarlo en un juzgado. Su autora omite mencionar que buena parte de la indemnización que se otorgará a los vecinos consiste en el regreso de cada una de las rentas depositadas ante el juzgado XX. En el convenio firmado recientemente por ambas partes, el Fideicomiso 2476/2017 de Banca Mifel “recibe en pago las pensiones rentísticas mediante los billetes de depósito”. Esto demuestra que el mecanismo que usamos para no faltar a nuestras responsabilidades como inquilinos –y por lo tanto no perder nuestro derecho– siempre fue válido.
Señalar que el Edificio Trevi se vendió a un precio más bajo que el ofrecido a nosotros no constituye el fondo de la demanda, pero resulta clave para entender cómo se ejecutó la compraventa. En la escritura presentada consta que el edificio estaba valuado en 64 millones de pesos y que esa fue la cantidad que se entregó a los vendedores. A nosotros se nos ofreció, sin más, a 80 millones.
La “igualdad de circunstancias” que debe garantizarse al ofrecer el derecho al tanto a un inquilino no es sólo económica: antes que el dinero, el principal capital es el tiempo. El silencioso Goliat –como coloquialmente nombra la apoderada a Inmobiliaria Iterativa– tuvo demasiado tiempo para planear cómo dejarnos fuera del juego. No sólo un año antes de ofrecernos el derecho al tanto se constituyó el fideicomiso que adquirió el inmueble. Además, en junio de 2017, Iterativa ya había firmado un contrato de obras para trabajar en el edificio. Le pregunto a Claudia Rosales: si existía una intención real de ofrecer el derecho de preferencia a los inquilinos de manera plena, ¿por qué se firmaban contratos a sus espaldas tantos meses antes?
La misma escritura registra que la notaría 19 de la Ciudad de México –con Miguel Alessio Robles como titular– junto con Avaela Avalúos S.C. y Estrategia Jurídica y Mandatos Judiciales S.C. cobraron un total de 6 millones 685 mil 277 pesos para dar certeza de la compraventa. Sin embargo, ejecutar la venta de un inmueble habitado requiere, primero, notificar a los habitantes y ofrecerles el derecho al tanto de manera plena. Como consta en los mismos documentos compartidos por la apoderada Rosales, en cada uno de nuestros casos la notificación “fue dejada debajo de la puerta”. Lo cierto es que a varios inquilinos esa notificación nunca les llegó y, qué mala suerte, otros se encontraban de viaje y no se enteraron hasta mucho después. Resulta extraño que el notario Alessio Robles decidiera notificarnos de manera inadecuada, cuando se le pagó una cantidad tan grande de dinero.
Este tipo de notificaciones simuladas se repitieron en otros de los procesos promovidos por la división fiduciaria de Banca Mifel contra nosotros; además de anular el derecho a la defensa de los ciudadanos este mecanismo es un patrón muy extendido que se usa no sólo para violentar derecho a la vivienda en la Ciudad de México. En ciertas ocasiones es usado para atentar contra el derecho a la propiedad misma.
Me permito preguntarle a Claudia Rosales si los servicios de la notaría 19 consistieron, justamente, en simular estas notificaciones y en construir los mecanismos para hacer inaccesible el derecho al tanto a los inquilinos. El tema preocupa porque, como ya se dijo, existía un contrato de obras firmado por el fideicomiso encabezado por Inmobilaria Iterativa S.A.P.I. S.A. de C.V. mucho tiempo antes de celebrada la compraventa.
Esta fue la duda que nos llevó a dirigir nuestra demanda también al notario Alessio Robles: dado su historial, y pensando en que muchos otros inmuebles en las colonias céntricas atraviesan conflictos similares, lo único que hicimos los vecinos fue preguntarnos: ¿qué opinión tendría un juez respecto a todo esto?
Un posdata necesario
Como representante legal de la división fiduciaria de Banca Mifel (y después también de la misma familia Villoro-Cabrera), Claudia Rosales hizo todo lo posible para que no se dictara sentencia respecto al fondo del conflicto. Ella afirma que se nos ofreció el derecho al tanto de manera plena. De nuevo, esta afirmación despierta preguntas: si esto es verdad, ¿para qué interponer dos o tres demandas de arrendamiento a cada inquilino con el objetivo de desalojarlos?, ¿para qué luego indemnizar a los inquilinos (incluido yo, que ya había sido desalojado)?
Dicho vulgarmente: si el suelo estaba tan parejo, ¿para qué tanto brinco?
Respecto a mi desalojo, es sencillo demostrar que Rosales miente. Es cierto que fui notificado del propósito de desalojarme en julio, justo unos días antes del periodo vacacional de los juzgados. El viernes 16 de agosto, ya con los juzgados abiertos, se notificó que se me otorgaba el derecho a una contragarantía para suspender el desalojo. Para este momento, todas mis rentas habían sido pagadas con un mecanismo que era válido –en otros juzgados se les dio la razón a los inquilinos–. La “contragarantía” que se me otorgó es un mecanismo de defensa: volver a presentar el monto de las rentas supuestamente adeudadas ante el juez y que quedara claro que el conflicto no derivaba de una falta de pago.
Se me otorgaron tres días hábiles para presentar el dinero. De acuerdo al artículo 129 del Código de Procedimientos Civiles, los términos empiezan a correr desde el día siguiente a aquél en que se hubiera hecho la notificación: tenía hasta la medianoche del miércoles 21. Sin embargo, no pude darme por notificado. Como ya señalé, desde el momento en que se me otorgó este derecho, mi expediente desapareció. El martes 20, pocas horas después de que la abogada del caso Trevi señalara en los juzgados que hacer perdedizo el expediente tenía la intención de impedirme acceder a un recurso de defensa, sucede mi desalojo violando así los plazos y el debido proceso. Encima, un día después un ejército de trabajadores de la construcción comenzó a demoler el interior de lo que había sido mi casa.
Rosales sabe que esto ocurrió así y, para probar sus puntos, comparte documentos convenientemente ilegibles. Pregunto: ¿por qué llamar verdades y hechos “irreductibles” a algo que ni siquiera coincide con los documentos que constan en un juzgado, como queda demostrado?
Que la estrategia de acoso sistemático hacia los inquilinos orquestada por el Fideicomiso 2476/2017 de Banca Mifel haya dado resultado, demuestra que el poder judicial no está cumpliendo con la responsabilidad de tutelar de forma efectiva el resguardo de los derechos de los ciudadanos.
El debate suele ser sano. Pero los argumentos falaces o directamente falsos que repite la señora Claudia Rosales no restauran la imagen pública de sus clientes. Tampoco abonan al mejor entendimiento del conflicto, ni otorgan información veraz a los lectores. En cambio, revictimizan a los inquilinos con quienes se llegó a un acuerdo logrado con gran dificultad para ambas partes.
No es vano repetir que la comunidad aglutinada en torno al Edificio Trevi considera que el proceso ha sido edificante, pese a la afectación personal a los inquilinos. Personalmente, considero que esa experiencia y esos aprendizajes colectivos importan en términos de construcción de ciudad, mucho más que el limitadísimo debate en torno a los vericuetos legales e interpretaciones a modo que Rosales esgrime.
Para suerte de todos, no será ella ni yo quienes juzguemos si el Edificio Trevi quedó, al final, en buenas manos.
* Carlos Acuña (@esecarlo) es periodista y exinquilino del Edificio Trevi.
*Para una mejor lectura de los documentos legales, cada mención a ellos dirige directamente a las páginas referidas dentro del expediente; se añaden también las referencias periodísticas y algunas fotografías que otorgan certeza a cada afirmación.