blogeditor · 12 de marzo de 2014
Por: Gerardo Franco Parrillat
Como resulta ya una práctica común refrendada sexenio tras sexenio, para efecto en su segundo año de gestión este 2014, el Ejecutivo federal decidió hacer una reestructura de sus programas públicos de subsidios, y ello fue convalidado por la Cámara de Diputados en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) es una muestra fehaciente.
La Sagarpa -que con un recurso presupuestario de 82 mil 901.3 millones de pesos este 2014 capta la porción principal, 24.4%, del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural (PEC)- decidió eliminar, al menos en su nombre y clave presupuestal, cinco de los seis programas sujetos a reglas de operación (esos cinco representaron 88% del presupuesto de la dependencia en subsidios) y creó ocho nuevos programas sujetos a reglas de operación, que participan de 90% del presupuesto en subsidios de la secretaría. Tres de esos programas recibieron inclusive ampliaciones en la Cámara de Diputados.
Otro ejemplo, dentro del propio PEC, es la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) –antes de la Reforma Agraria- la cual modificó sus programas sujetos a reglas de operación. Aunque básicamente retomó los programas de vivienda y desarrollo urbano que estaban en la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), también creó nuevos programas, como el de Reordenamiento y Rescate de Unidades Habitacionales, establecido como uno de los compromisos de campaña del Presidente. Sin embargo, estos programas representan menos del 3% del presupuesto de subsidios de esta dependencia.
¿Cómo podemos estar seguros de que los cambios en Sagarpa y Sedatu se realizaron verdaderamente para mejorar los programas existentes? ¿Cómo se decidió el monto de recursos destinados a estos programas? Y, lo más importante, ¿cómo saber si los recursos asignados a los nuevos programas obtendrán los resultados esperados?
Hay una normativa
Las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la de la Función Pública (SFP), y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, (Coneval), emitieron en marzo de 2007 los “Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal”, precisamente para evitar que la creación y modificación de programas se realice sin los elementos mínimos que respondan preguntas como las mencionadas.
Los Lineamientos establecen la obligación del Ejecutivo federal de elaborar, previamente al proyecto de presupuesto, un diagnóstico que justifique la creación de nuevos programas o, en su caso, que justifique la ampliación o modificación sustantiva de los programas existentes.
[contextly_sidebar id=”10008d42a12344f6e0ed56f4b0672bd1″]En el diagnóstico se debe establecer la descripción detallada del problema de política pública que el nuevo programa pretende atender, la cuantificación de la población que presenta esa problemática, la forma en que se busca atender las causas fundamentales de ese problema (o bien la justificación de las modificaciones propuestas), la evidencia de que programas similares (o las modificaciones propuestas) han tenido éxito en la solución del problema en contextos semejantes en México o en el extranjero y, finalmente, los recursos necesarios para su implementación.
Es decir, un diagnóstico bien elaborado debería no solo recoger las legítimas demandas sociales que justifiquen la intervención del gobierno, también debería ofrecer un alguna garantía de que verdaderamente se están atendiendo las causas de dicho problema y que la forma en que dichas causas se pretenden atender ha mostrado tener efectividad en algún otro lugar del mundo.
Desafortunadamente es muy común que los programas de subsidios atiendan las consecuencias y no las causas de los problemas, o bien brinden una atención desarticulada y parcial, con escasa cobertura y criterios de selección poco transparentes para priorizar a quienes recibirán primero los apoyos.
Los legisladores que aprobaron, ampliaron o disminuyeron el presupuesto para dichos programas debieron haber considerado dichos diagnósticos como los elementos centrales de la discusión del presupuesto. Sin embargo, no he podido localizar publicados los diagnósticos de los programas de reciente creación ni los correspondientes a las modificaciones realizadas. Tampoco he encontrado evidencia del uso de esos diagnósticos en el proceso de aprobación del presupuesto. Aparece entonces la alternativa: o los diagnósticos no se han hecho públicos o no se han realizado.
Preferiría que la respuesta fuera la primera opción, ya que la segunda no sólo implica un incumplimiento normativo, sino la falta de certidumbre de que los cambios se hayan realizado con un verdadero sustento técnico.
* Gerardo Franco Parrillat es representante en México de Rimisp-Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural