Redacción Animal Político · 13 de mayo de 2024
La violencia obstétrica es una forma específica de violencia contra las mujeres y otras personas con capacidad de gestar que constituye una violación a sus derechos humanos. Se genera en el ámbito de la atención obstétrica en los servicios de salud, tanto públicos como privados. Consiste en cualquier acción u omisión por parte del personal de salud que cause un daño físico o psicológico durante el embarazo, parto o posparto. La manifestación más grave de este tipo de violencia es la muerte materna.
En México, las comisiones de derechos humanos, tanto las locales como la federal, son una vía para acceder a la justicia. Cuando dichas comisiones reciben quejas por violaciones a derechos humanos les corresponde investigarlas, emitir recomendaciones al respecto, procurar conciliaciones entre las partes en conflicto y, en muchas ocasiones, promover el acceso a servicios ante la negativa de las autoridades. Estas comisiones impulsan la observancia, la promoción y el cumplimiento de los derechos humanos, lo cual ha contribuido a afianzar una cultura de los derechos, a fortalecer las instituciones y a lograr medidas de reparación más integrales para las víctimas.
Cuando existe violencia obstétrica, las recomendaciones que emiten este tipo de organismos son uno de los mecanismos de acceso a la justicia. Para ese fin, son más efectivas cuando incorporan una perspectiva de género e interseccional, pues establecen medidas de reparación integrales en aras de alcanzar la justicia reproductiva. En este sentido, GIRE desarrolló el Monitor de salud reproductiva, una herramienta, diseñada con una metodología cuantitativa, que monitorea y evalúa las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en materia de salud reproductiva.
El Monitor de salud reproductiva permite conocer el contenido de cada recomendación evaluada, así como su efecto. Para ello utiliza tres indicadores: el de técnica jurídica, que analiza si la recomendación incorpora una perspectiva de género y si cita instrumentos jurídicos nacionales e internacionales; el de medidas de reparación, que evalúa si la recomendación contiene los cinco tipos de medidas de reparación integral (no repetición, satisfacción, compensación, rehabilitación y restitución), así como el tiempo transcurrido entre la emisión de la recomendación y el cumplimiento de los puntos recomendatorios y, finalmente, el de implementación, que evalúa la accesibilidad y transparencia de la CNDH en relación con las personas afectadas, el tiempo en el que se tramitó la recomendación y el nivel de cumplimiento de los puntos recomendatorios. A este último indicador, al ser el que tiene mayor impacto en la vida de las personas involucradas, se le asignó un valor más alto en la evaluación general.
Para seleccionar las recomendaciones se realizó una búsqueda con palabras clave, como violencia obstétrica y gestación; además, en la descripción de los hechos violatorios se rastrearon frases como “infligir los derechos de maternidad”. Entre enero de 2015 y diciembre de 2022 se evaluaron, en total, 91 recomendaciones relacionadas con violencia obstétrica, de las cuales 18 corresponden a casos de muerte materna. Al ponderar todos los indicadores, 2016 aparece como el año con mejor puntuación general, con 5 puntos de 10. A partir de dicho periodo, la evaluación general ha disminuido, con una reducción de 8 puntos porcentuales entre 2018 y 2022. Esto implica que el desempeño, tanto de la técnica jurídica como de las medidas de reparación y la implementación de las recomendaciones, se ha deteriorado con el transcurso de los años.
Asimismo, el indicador relativo a la implementación fue el más bajo, al alcanzar un promedio de 27.7 % en su evaluación de cumplimiento general. Destaca que solo en 41 recomendaciones se realizó al menos una llamada a las personas afectadas. Esto quiere decir que, en promedio, se efectuó menos de una llamada por recomendación, por lo que puede afirmarse que no hubo un contacto frecuente con las personas afectadas. Además, a partir de los datos recopilados, fue posible observar que el tiempo promedio transcurrido desde la fecha en que se presentó la queja hasta que se emitió la recomendación fue de 20.6 meses. Por su parte, el tiempo desde la emisión de la recomendación hasta su cumplimiento total, en promedio, fue de 60.6 meses; es decir, poco más de cinco años.
La técnica jurídica fue el indicador mejor evaluado, con un promedio de 83.1 %. Destaca que, desde 2014, este indicador ha tenido un incremento considerable y alcanzó los 100 puntos en 2020. Esto implica que, al menos en términos generales, la CNDH ha incorporado de manera progresiva la perspectiva de género y los instrumentos jurídicos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos en sus recomendaciones. Por último, el indicador de medidas de reparación obtuvo una puntuación positiva global, pues un porcentaje significativo de recomendaciones superó los 50 puntos. No obstante, resalta que ninguna alcanzó un puntaje de 100, lo que indica que no todas las recomendaciones contemplan medidas de no repetición, satisfacción, compensación, rehabilitación y restitución. La que aparece con más frecuencia es la de no repetición (42.8 %), mientras que la menos observada es la de restitución (0.3 %).
En un contexto en el que las desigualdades estructurales limitan el acceso a servicios de salud integrales, es fundamental evaluar a las instituciones que funcionan como mecanismos de acceso a la justicia y pretenden salvaguardar los derechos humanos. Por ello, el Monitor de salud reproductiva tiene como objetivo insistir en la importancia de la rendición de cuentas.
A pesar de las limitaciones que esta herramienta ha permitido identificar ⎯como los prolongados tiempos de tramitación de las quejas hasta que se traducen en recomendaciones específicas⎯, las comisiones de derechos humanos han sido fundamentales en la búsqueda de la justicia reproductiva para las personas que han sufrido violencia obstétrica. A diferencia de otros mecanismos de acceso a la justicia, sus recomendaciones permiten visibilizar el componente de género e institucional de esta problemática, pues ofrecen soluciones que no se centran en la responsabilidad individual del personal de salud, sino que ahondan en las realidades cotidianas y proponen medidas que buscan generar cambios estructurales en el sistema de salud.
Desde GIRE consideramos que, para garantizar la salud reproductiva, es necesario transformar las condiciones estructurales en todos los niveles. Por ello, ponemos énfasis en la importancia de contar con mecanismos de acceso a la justicia que aseguren una reparación integral, así como de dar un seguimiento puntual a los que ya existen.