La salud ambiental en la nueva Constitución

blogeditor · 21 de septiembre de 2016

La salud ambiental en la nueva Constitución

Recientemente, en el marco del proceso de redacción de la nueva Constitución de la Ciudad de México, la Secretaría de Medio Ambiente convocó a un foro de discusión y consulta con la sociedad civil sobre la pertinencia de incorporar a ésta el derecho a un medio ambiente sano.

El tema no es menor: varios fenómenos y tendencias globales como el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, así como el incremento poblacional que implica una cada vez mayor demanda de alimentos y servicios ambientales, nos dejan claro que la discusión sobre las relaciones entre la sociedad y la naturaleza es una de las más pertinentes en la actualidad.

En el caso concreto de la Ciudad de México, el momento actual no podría ser más propicio para reflexionar sobre este asunto. En los últimos meses hemos padecido varias contingencias ambientales que han afectado nuestra salud respiratoria y nos han forzado a modificar nuestros patrones de movilidad. Ante un escenario como éste, en el que la salud y el bienestar de la ciudadanía se encuentran en entredicho, la discusión sobre el derecho a un medio ambiente sano se vuelve fundamental.

Este derecho, que está inscrito en el marco de los derechos humanos, ha sido fruto de una serie de encuentros y reflexiones de la comunidad internacional acerca de los impactos de la actividad humana sobre el entorno y, a su vez, en la propia calidad de vida de las personas. Actualmente es reconocido en múltiples convenciones e instrumentos como un derecho fundamental y universal. En ese sentido, creemos que la inclusión de esta garantía en la nueva Constitución de la ciudad sería un gran logro, pero cabe preguntarse cómo se puede incorporar de una manera inteligente y efectiva.

Evidentemente, el medio ambiente sano no puede ser producto de un mero artículo constitucional. Un estado ideal y saludable del ambiente es resultado de una relación adecuada entre las actividades productivas de la sociedad y los ritmos y equilibrios de su entorno natural. Para garantizar esta relación es imprescindible que exista una gestión ambiental ordenada y eficaz en la ciudad y la nueva constitución puede dar cimientos a una política ambiental que tenga margen de acción en los distintos niveles administrativos y de gobierno, a partir de una comprensión integral de la realidad.

Para ello creemos que, más que un compilado exhaustivo de leyes y normas detalladas y específicas, la integración del derecho a un medio ambiente sano debe darse con un enfoque transversal que oriente y articule los distintos ámbitos de la institucionalidad y política pública con criterios ambientales y de sustentabilidad.

Lo anterior implica contemplar criterios que acoten toda actividad que podría atentar contra él: las decisiones sobre el ordenamiento territorial, la expansión y el desarrollo inmobiliario, la política de infraestructura y de movilidad, los servicios de distribución y saneamiento de agua, la gestión de los residuos urbanos, entre otros.

Y es que, ya lo señalábamos anteriormente, el estado de salud ambiental de la ciudad es resultado de un entramado complejo de interacciones entre todas las actividades que realizamos. Una ciudad que se expande y se densifica sin considerar la disponibilidad de agua o la capacidad de carga del ambiente, o que incentiva la multiplicación de su parque vehicular con infraestructura orientada al automóvil, se expone a contingencias y situaciones de estrés ambiental. Estas omisiones, a la hora de diseñar y planificar las políticas de la ciudad, vulneran nuestro derecho a un medio ambiente sano y colocan a los intereses económicos por encima de la calidad de vida de la ciudadanía.

Por lo anterior, es muy importante que en la nueva Constitución se incorporen criterios que garanticen este derecho para todas y todos. Dos factores clave que deben contemplarse para su transversalización son la perspectiva metropolitana, que implica una coordinación entre distintos actores de diferentes estados, y la perspectiva de cuenca, es decir, que se diseñe la política desde un entendimiento claro de las dinámicas propias del paisaje, es decir, del sistema fisiográfico de la Cuenca de México.

En conclusión, el proceso constituyente presenta la oportunidad de repensar el marco normativo ambiental omiso e insatisfactorio que actualmente tenemos y diseñar uno diferente: para una ciudad que apueste por la salud y bienestar de sus pobladores antes que por otros criterios, y donde no se deprede ni transfieran externalidades a las cuencas que la rodean. Al final, se trata del ambiente en el que coexistimos todas y todos, y garantizar su buen estado debería ser una preocupación común y una responsabilidad compartida.

 

* Programa de Medio Ambiente (@IberoAmbiente) Universidad Iberoamericana Ciudad de México facebook.com/ibero.verde