Rosendo Radilla Pacheco: cuando la simulación se disfraza de justicia

blogeditor · 23 de agosto de 2021

El 25 de agosto de 1974, hace 47 años, el señor Rosendo Radilla Pacheco fue detenido ilegalmente y posteriormente desaparecido en Atoyac de Álvarez, Guerrero, en el marco de acciones realizadas por miembros del Ejército Mexicano correspondientes a la Fuerza de Tarea Zorba1 y de la política de contrainsurgencia encabezada por el entonces presidente Luis Echeverría2.

La familia del señor Rosendo no volvió a verle y después de décadas de lucha por obtener justicia no solo se desconoce el paradero del señor Radilla, sino que ningún responsable ha sido investigado debidamente y mucho menos sentenciado por su desaparición forzada, debido a que el Estado Mexicano no ha garantizado una investigación judicial objetiva y garante de la debida diligencia. Ejemplo de ello fue la incapacidad de garantizar el acceso a la justicia por parte  de la Fiscalía Especial para la Atención de Hechos Probablemente Constitutivos de Delitos Federales, Cometidos Directa o Indirectamente por Servidores Públicos en Contra de Personas Vinculadas con Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP), que operó durante el sexenio de Vicente Fox, de 2001 a 20063, dentro de la estructura de la Procuraduría General de la República (PGR), siendo procurador el licenciado y general de brigada Rafael Macedo de la Concha .

La familia Radilla y otros miles de personas han sido víctimas de la simulación montada por las autoridades mexicanas. La desaparición de larga data persiste en gran medida por la impunidad de larga data que protege, hasta de la memoria popular, a “los hombres de atrás”.

¿Quiénes detuvieron al señor Radilla? ¿Quiénes fueron los ejecutores de su desaparición forzada?  Existe evidencia de que fueron integrantes de la 27 Zona Militar con base en Acapulco, Guerrero4 quienes cometieron los delitos; además de detenerlo de forma ilegal lo trasladaron a instalaciones militares, donde fue torturado para posteriormente desaparecerle. Los nombres de los integrantes de la tropa o incluso de quienes comandaban las patrullas han llegado a hacerse del conocimiento de las víctimas y también han contribuido a la memoria histórica5. Sin embargo, esa información ha buscado que las investigaciones no comprometan a quienes daban las órdenes, diseñaban las estrategias y tenían el mando de las instituciones castrenses y civiles encargadas de las acciones de contrainsurgencia, que tenían como protocolo de acción las violaciones sistemáticas a derechos humanos.

Al hablar de “los hombres de atrás” me refiero en específico a estas personas detrás del escritorio, los políticos u hombres6 poderosos que daban instrucciones por estar al mando de la maquinaría institucional7. Los hechos como la desaparición del señor Radilla durante la década de los setenta se basaron en una política estatal de represión y de sistemáticas violaciones graves a los derechos humanos que, a pesar de los años, no ha sido juzgada por el Estado Mexicano. Incluso en la actualidad y a pesar del discurso del presidente Andrés Manuel López Obrador contra las acciones de los gobiernos anteriores al suyo, al expresidente Luis Echeverría Álvarez (1970-197) no se le señala ni se sugiere enjuiciarlo, a pesar de haber sido señalado históricamente como uno de los principales responsables de la Guerra Sucia, es decir , ni siquiera fue considerado por la actual administración para la Consulta Popular de agosto del 2021. Entonces nos preguntamos si para Echeverría se concede perdón y olvido solo por no ser neoliberal.

Con la creación de la FEMOSPP (2001), los casos de desapariciones en Guerrero tuvieron dos personajes principales, tanto para la opinión pública como para las líneas de “investigación” ministerial, el general de división Francisco Humberto Quiroz Hermosillo y el general de brigada Mario Arturo Acosta Chaparro Escapité, quienes fueron señalados como los responsables de los hechos perpetrados y de haber creado un grupo ilegal sin el conocimiento de la SEDENA. Estas acusaciones se desprendían de la declaración del testigo protegido “Alfredo” quien era en realidad Gustavo Tarín, un exmilitar8 que participó en las ejecuciones y desapariciones. Los juicios ante el tribunal militar en el que se les acusaba de narcotráfico y homicidio, así como las investigaciones ante la FEMOSPP, nos presentaban a estos dos personajes como “todo poderosos” (a pesar de sus cargos de mayor y teniente coronel respectivamente durante 1974) y como responsables de la desaparición forzada del señor Radilla y de otras miles de personas, así como de asesinatos y de los llamados “vuelos de la muerte” que consistían en aventar los cuerpos de las personas desde un avión hacía el mar. Esto muestra que dos hombres disponían de instalaciones estratégicas del ejército, de equipo y recursos, sin que la institución se diera cuenta.

Con esto no buscamos exculpar a Acosta Chaparro ni a Quiroz Hermosillo, no queda duda de su participación directa en los hechos mencionados, acreditada por pruebas de sus acciones. Sin embargo, se descarta la versión institucional que los perfiló como “los hombres de atrás”, cuando en realidad, a pesar de tener facultades medianas de mando y personas a su cargo, ellos eran operativos, eran los ejecutores intermedios o inmediatos en algunos casos, como cuando comandaban los “vuelos de la muerte9”, torturaban y ejecutaban personas. Debajo de ellos también se encontraban los soldados o personal civil cuyo voluntad o deseos particulares de efectuar o no los actos, resultaba irrelevante10, pues tenían que cumplir las órdenes de la superioridad, que habían sido diseñadas desde la cúpula del poder político y militar. Las acciones de estos generales se desprendían de acciones organizadas dentro del aparato institucional, no eran acciones fortuitas o casuales. Finalmente, tanto Acosta Chaparro como Quiroz Hermosillo murieron impunes y absueltos de todos los cargos a pesar de los testimonios directos de las víctimas. Incluso Quiroz Hermosillo fue condecorado post mortem, y en el caso de Acosta Chaparro se presume que fue asesor del presidente Calderón11.

Es sumamente relevante la línea de mando castrense al momento de analizar la responsabilidad sobre las violaciones graves a derechos humanos. En el caso del señor Rosendo Radilla fueron integrantes del 27 Batallón de Infantería que lo detuvieron, es decir los ejecutores inmediatos, al igual que los militares que lo torturaron y se encargaron de su desaparición, sobre ellos se encuentran los mandos intermedios como Quiroz Hermosillo y Acosta Chaparro. Existen miles de elementos castrenses que pudieron haber hecho el trabajo operativo, pero solo algunas decenas que pudieran ocupar los cargos estratégicos, que son “los hombres de atrás”, quienes solo necesitan accionar la palanca del poder para que sus deseos se cumplan12.

La historia del presidencialismo13 en México nos dice que el hombre de poder supremo era el presidente Echeverría, seguido por el secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia; el procurador general de la república, Pedro Ojeda Palluada; el director de la Dirección Federal de Seguridad, Fernando Gutiérrez Barrios y, por supuesto, el secretario de la Defensa Nacional, Hermenegildo Cuenca Díaz,  así como los mandos altos de la jerarquía militar, no solo en el estado de Guerrero, sino a nivel nacional, dándole un carácter sistemático a las acciones comandadas por el presidente que a su vez ostentaba el grado de jefe supremo de las fuerzas armadas. Por supuesto no se debe dejar de lado la participación del exgobernador  de Guerrero, Rubén Figueroa Figueroa (1975-1981) , cacique de la región y con afrentas directas contra los movimientos sociales. 14

Teniendo referencias históricas y analíticas acerca del gobierno de Luis Echeverría, resulta incongruente responsabilizar de las acciones de represión a solo un grupo “desobediente”, incluso el equipo de historiadores e historiadoras de la extinta FEMOSPP señaló  que el fiscal Carillo Prieto, a cargo de la FEMOSPP, censuró el informe que se le entregó como resultado de la investigación histórica exhaustiva en la que se atribuía la responsabilidad de los hechos al presidente de la república y al Ejército Mexicano como institución. Sin embargo, estos argumentos resultaron contrarios a la línea impuesta por el Estado Mexicano, seguida por la procuraduría y los ministerios públicos en la que se omitía la participación de las fuerzas armadas15. Cabe mencionar que en el caso del señor Radilla y de las desapariciones en Guerrero, al expresidente Echeverría solo se le ha llamado a declarar bajo la figura de testigo y en condiciones de privilegio16.

A pesar  de los esfuerzos de la familia Radilla Martínez durante 47 años, del trabajo  de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México (AFADEM), de la coadyuvancia de litigio estratégico de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), e incluso de  la Sentencia Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos de 2009 por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), la justicia para  Rosendo Radilla Pacheco y su familia sigue siendo solo una quimera, en un país donde se pretende consultar la justicia, pero no priorizar las comisiones de la verdad con respeto a la debida diligencia; de un estado que desdeña la justicia transicional, pasando de simular justicia a negar la persistencia de la impunidad.

¡Rosendo Radilla Pacheco, vivo se lo llevaron, justicia queremos!

 

 

1 Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, 2010, la Sentencia de la Corte IDH Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de aquí el 10/08/2021.

2 Reyes, José (2015) Las operaciones de la Cia contra la Guerrilla Mexicana. Recuperado de aquí el 15/05/2020.

3 Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2006), Esclarecimiento y sanción de los delitos del pasado durante el sexenio 2000-2006: compromisos quebrantados y justicia aplazada. Recuperado de aquí el 10/08/2021.

4 Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2009, Caso Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos, 23 de noviembre de 2009. Recuperado de aquí el 15/05/2021.

5 Oikion, Verónica (2016) Dilucidar el laberinto de la desmemoria en la historia reciente. La comisión de la verdad en el estado de Guerrero. Cuicuilco . Vol. 23. Núm. 65 . Escuela Nacional de Antropología e Historia.  41-69 pp.

6 Hacemos referencia a hombres, no por un sesgo de género, sino porque en la historia de México el sexo masculino ha ostentado el poder, además de ser el término con el que Roxin define a estos personajes.

7 Roxin, Claus (2006) El dominio de organización como forma independiente de autoría mediata en Revista de Estudios de la Justicia – No 7 – Año 2006. Disponible aquí.

8 Aranda, Jesús (2002) Ratifica testigo que Quirós y Acosta ordenaron lanzar al mar 200 cuerpos de campesinos. Disponible aquí.

9 Proceso (2003) Los pilotos de la muerte. Recuperado de aquí el 27/10/ 2019.

10 Roxin, Claus (2006) El dominio de organización como forma independiente de autoría mediata  en Revista de Estudios de la Justicia – No 7 – Año 2006. Recuperado de aquí el 10/08/2021.

11  Aristegui Noticias (2012) Acosta Chaparro, intermediario de Calderón con el narco: Anabel Hernández a CNN. Recuperado de aquí el 10/08/2021.

12 Op.cit

13 Carpizo, Jorge (1978) México Presidencialismo Puro. El Presidencialismo Mexicano. México Siglo XXI. UNAM. Consultado aquí. Recuperado el 10/01/2021.

14 Consultar: Rodríguez, Jacinto (2011) La Masacre Desconocida en Guerrero (El informe oficial sin censura sobre la Guerra Sucia de Luis Echeverría ) aquí. Recuperado 10/08/2021  y   Informe la Guerra Sucia e Guerrero aquí. Recuperado 10/08/2021.

15 Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2006), Esclarecimiento y sanción de los delitos del pasado durante el sexenio 2000-2006: compromisos quebrantados y justicia aplazada. Recuperado aquí el 10/08/2021.

16 Proceso (2019) Interrogatorio a modo a Echeverría sobre la desaparición forzada de Rosendo Radilla. Recuperado de aquí el 10/08/2021.