blogeditor · 9 de febrero de 2021
La realidad de nuestro país no alcanza escenarios imaginarios. Las mujeres somos protagonistas de guiones criminales con escaso acceso a los derechos de verdad, justicia y reparación. Las primeras planas de los diarios continúan reportando nuestras desapariciones, nuestros feminicidios, así como los vacíos que caminan nuestras familias con la esperanza de encontrar explicaciones. Nos convertimos en cifras y los números en México; dan pereza.
Nadia Alejandra Muciño Márquez fue asesinada el 12 de febrero de 2004, hace ya 17 años. La imagen de Nadia fue protagonista en la lucha de las colectivas a la hora de solicitar la activación de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVG) en el Estado de México, su caso desde aquel ya lejano 2010 y a pesar de resonar en tantos espacios y aparecer en tantas campañas, su familia se ha ido desquebrajando poco a poco, sin respuestas, perdiendo lo que tenían sin esperanza de recuperarlo.
Como parte de la estrategia jurídica seguida en el caso de Nadia, en el 2010 se presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que resolvió su admisibilidad hasta 2018. Hasta la fecha, la representación del Estado mexicano no ha buscado a la familia y mucho menos ha propuesto líneas de acción para la atención del caso.
A diario leemos historias como la de Nadia y sabemos que todas nosotras podríamos ser ella. Mirar hacia atrás y encontrar que a lo largo de 17 años el número de mujeres violentadas continúa en rojo, resulta aterrador. Es necesario reconocer las acciones emprendidas por el Estado mexicano en la creación de instituciones1 que tienen como propósito la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, sin embargo hay que señalar que éstas continúan siendo aspiracionales.
De acuerdo con Htunya y Jenseniusz (2018), las intervenciones públicas son aspiracionales al intentar cambiar las jerarquías de estatus entre hombres y mujeres sin esperar que los derechos se traduzcan en efectos inmediatos. Es decir, se proyecta la visión de un ideal y futuro democrático, inclusive igualitario, pero que al ser venidero se encuentra lejano. Las autoras señalan también que las instituciones de este tipo son débiles o de fachada, ya que los actores que poseen el poder tienen interés en mantenerlas en las normas sin el ánimo de hacerlas cumplir.
En nuestro país, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) es la encargada de coordinar e incluso de generar las políticas públicas en la materia, y a pesar de ser ésta una tarea titánica los recursos con que cuenta son limitados. En el cumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos de las mujeres ante organismos internacionales el Estado mexicano deposita tareas y expectativas en esta Comisión, sin embargo ¿tiene capacidad para llevarlas a cabo?
Al cuestionar sobre la capacidad institucional buscamos reflexionar sobre la necesidad de evaluar las intervenciones públicas en su corto, mediano y largo plazo. Encontrar que las deficiencias en el caso de Nadia las seguimos encontrando hoy permite ver que aún cuando se ha desplegado una serie de acciones por parte del Estado se desconoce si los objetivos con que fueron planteadas se están o no cumpliendo y esto se debe a que no existen metodologías de evaluación públicas y transparentes.
En los últimos dos años organizaciones de la sociedad civil han urgido a la CONAVIM, por ejemplo, al diseño de una metodología que permita evaluar la implementación de las AVG en aquellas entidades donde se han activado, esto con el propósito de medir su impacto, reconocer avances y detectar ventanas de oportunidad. Sin embargo, continúa siendo un pendiente.
Siendo México un país que arrastra una historia de impunidad, la repetición de fórmulas aspiracionales no basta. Perder el miedo a la evaluación de acciones públicas abriría un espacio de sana crítica, mejoraría el quehacer estatal y probablemente, devolvería un poco de la confianza que se ha perdido.
Bibliografía
Htunya, Mala y Jenseniusz Francescca (2018). “Aspiratoinal Laws as Weak Institutions: Legislation to Combat Violence against Women in Mexico”, en The Politics of Institutional Weakness in Latin America. Cambridge, Cambridge University Press. pp. 141-160.
Zaremberg, Gisela (2017). El género en las políticas públicas. Redes, reglas y recursos. México, FLACSO.
1 Entendiendo institución como esa limitación ideada para dar forma a la interacción humano. Es decir, la institución como rasgo estructural de la sociedad que generalmente se asocia a ideas normativas como regla, patrón o código (North en Zaremberg, 2017:26).