blogeditor · 5 de abril de 2013
Por: Miguel Alessio
Sin duda el logro jurídico más importante de los últimos años, está formado por las reformas constitucionales en materia de amparo y de derechos humanos, que hoy ven su plena materialización con las reformas a la Ley de Amparo, recientemente aprobadas. Desde el inicio de su administración, el Presidente Calderón instruyó a su equipo jurídico para que impulsara los trabajos tendientes a dar vida al denominado libro blanco de la Suprema Corte de Justicia, en el que se contenían los principios para la modernización del juicio de amparo. Fue así como en 2009 tuvimos el privilegio de coordinar un equipo de trabajo con la generosa participación de los entonces senadores Jesús Murillo Karam, Alejandro Zapata Perogordo y Tomas Torres Mercado, así como del entonces Secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont.
Se convocó también por supuesto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de su Presidente, el ministro Juan Silva Meza, quien designó inicialmente a los ministros Jesús Gudiño Pelayo y José Ramón Cossio y despúes, en sustitución del primero, a los ministros Arturo Zaldivar y Jorge Mario Pardo, cuya participación era indispensable para llevar a buen puerto las reformas. Igualmente se contó con la colaboración desinteresada de diversos académicos cuyas aportaciones fueron fundamentales en el proyecto final. Así, cada órgano de poder nombró representantes, los que junto con los asesores internos o externos, dividieron los esfuerzos por materias, cuyos resultados se presentaron a una mesa global que concluyó con proyectos de iniciativas, primero para la reforma constitucional base y después para la ley reglamentaria, que fueron presentadas al Congreso de la Unión en conjunto por senadores de las principales fuerzas políticas y que hoy son una realidad. Pongo de relieve el impulso inicial del Presidente Felipe Calderón, dado que el mencionado libro blanco fue concluido en 2001 y no fue sino hasta 2009, por su iniciativa, que se inició el proceso legislativo necesario para concretar sus propuestas.
Estas son las razones más destacadas de la importancia de esta reforma:
1.- Ahora el juicio de amparo procederá en contra de cualquier norma general o acto de los poderes públicos que violen derechos humanos reconocidos en la Constitución o en tratados internacionales de los que México sea parte.
2.- El quejoso que demanda amparo puede ser el titular de un derecho violado o incluso quien aduzca tener un interés legítimo individual o colectivo. Igualmente el amparo procederá contra actos de particulares que realicen funciones públicas.
3.- Se señalan los casos en los que, por regla general, el juez no deberá suspender el acto reclamado mientras se resuelve el fondo del juicio, para no afectar el interés social, con la aclaración de que aún en esos casos podrá otorgar la suspensión si a su juicio con la negativa de la medida suspensional, puede causarse mayor afectación al interés social.
4.- Se fijan como plazos para interponer juicio de amparo en materia penal, ocho años y en materia agraria, siete años.
5.- Se regula el amparo adhesivo, que implica que la parte que haya obtenido una sentencia favorable en un juicio del que se reclame amparo, debe adherirse al procedimiento para fortalecer los argumentos de la sentencia, de manera que si pierde en el juicio de amparo, porque se proteja a quien perdió, no pueda alegar violaciones al procedimiento en juicios posteriores, evitando con ello lo que en la práctica se conoce como el “amparo rebote”.
6.- Se establece la obligación de los tribunales colegiados de fijar los términos precisos en que debe pronunciarse la nueva resolución que haya sido combatida.
7.- Se instaura la Declaratoria General de Inconstitucionalidad de una ley, con el voto de 8 ministros de la Suprema Corte de Justicia, haciéndola desaparecer del orden jurídico, con excepción de las normas fiscales.
8.- Se fortalece el esquema de sanciones para las autoridades que incumplan sentencias de amparo y de sus superiores jerárquicos.
9.- Se faculta al Presidente de la República y al Congreso de la Unión para solicitar excepcionalmente resolución prioritaria de acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparos, cuando se justifique el interés social. Con esa misma visión, se promovió la atención prioritaria de aquellos juicios de amparo que requieran de pronta resolución atendiendo al interés social.
Queda constancia del privilegio que fue coordinar y participar en el esfuerzo reflejado en el fruto de un procedimiento de amparo más dinámico y justo y de un afectuoso reconocimiento a Mariana Benitez, Ana Laura Magaloni, Javier Arriaga, Gabriel Contreras, Ricardo Celis, Pablo Ojeda, Francisco Vázquez, Rodrigo Espeleta, Raúl Mejía, Javier Mijangos, Antonio Caballero y Sergio López Ayón, por su invaluable participación.
* Miguel Alessio fue Consejero Jurídico de la Presidencia durante el sexenio de Felipe Calderón.