El pasado 18 de septiembre, la Cámara de Diputados publicó en su Gaceta Parlamentaria una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (LFAFE), presentada unos días antes por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador. Esta iniciativa pretende modificar cerca del 65 % de los artículos de la ley.
La LFAFE es el principal instrumento legal con el que cuenta el Estado mexicano para el control de armas de fuego y municiones. Es allí en donde se encuentran definidos los “casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas,” tal y como lo dispone el artículo 10 de la Constitución Federal.
Desde su publicación en 1972 a la fecha, el Congreso de la Unión ha reformado la LFAFE en 15 ocasiones. Tres de estas modificaciones ocurrieron durante el último sexenio. La iniciativa de reforma de septiembre de 2024, no obstante, plantea cambios de un alcance y profundidad importantes. A continuación, me referiré a algunos de sus principales puntos positivos y negativos: 1
Aciertos de la iniciativa
- Adopta una definición legal de “arma de fuego” similar a la contenida en el Protocolo contra la Fabricación y Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones, lo que abona a la certidumbre jurídica en un contexto de cambio tecnológico constante.
- Incluye la prohibición de armas, piezas y componentes fabricados a través de máquinas de impresión tridimensional (3D) y de mecanismos para la conversión de armas semi-automáticas en automáticas (bump stocks). Adicionalmente, propone la prohibición de cualquier uso no militar de silenciadores, equipos de visión nocturna, designadores láser, miras holográficas y térmicas, así como de todos los desarrollos tecnológicos que “igualen o excedan” el poder las armas de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
- También prohibe la compraventa de armas, municiones, piezas y componentes a través del internet, así como el envío de estos artefactos mediante servicios de mensajería o paquetería.
- Establece la facultad de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) para recibir informes periódicos por parte de las instituciones de seguridad (policías y fiscalías) sobre las armas de fuego y municiones a su cargo. Esto resulta fundamental para que se haga realidad la integración, mantenimiento y actualización del Registro Nacional de Armamento y Equipo (RENAE) contemplado en el artículo 124 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
- Reduce los plazos de vigencia de las licencias de portación de armas. Las particulares individuales pasan de dos a un año; las particulares colectivas (asociaciones de tiro deportivo o cacería; empresas de seguridad privada) se mantienen en dos años; y las oficiales (instituciones de seguridad) pasan de un plazo indefinido —mientras dura el cargo que las motivó– a los dos años. Esto genera condiciones para un control más actualizado de las armas que circulan legalmente en México, así como para la detección de desvíos al mercado ilícito o malas prácticas de almacenamiento.
Aspectos negativos y preocupaciones
- Insiste en el aumento de penas y sanciones económicas, así como en la ampliación de medidas como la prisión preventiva oficiosa, en lugar de apostar por la construcción de capacidades institucionales para el control, el desarme, la investigación en balística y la desarticulación del tráfico ilícito. Con los niveles de impunidad que prevalecen en México, resulta incluso ingenuo pensar que el incremento de las respuestas punitivas tendrá algún impacto medible en la prevención de los delitos relacionados con las armas.
- Mantiene la rectoría casi absolutamente castrense en la materia. Pierde la oportunidad de construir un sistema de control de armas mixto (cívico-militar) que incluya mecanismos de transparencia, rendición de cuentas, evaluación, profesionalización y coordinación interinstitucional.
- En concordancia con lo anterior, concede privilegios injustificados para los militares con jerarquía en activo o retirados (generales, jefes y oficiales, así como sus equivalentes en la Armada). Por ejemplo, se les permite la posesión de armas y municiones sin licencia, además de que se les otorga un trato preferencial para el abastecimiento de municiones.
- Incluye muchos errores tipográficos y de técnica legislativa, así como contradicciones. Por ejemplo, elimina –parece que inadvertidamente– la fracción que contiene los requisitos para la obtención de una licencia particular de portación (fracc. I, art. 26), para luego hacer referencias directas a la misma en otro apartado de la ley.
Recientemente, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reportó que, de los 17.1 millones delitos con víctima presente estimados en 2023, en un 22.2 % el perpetrador portaba un arma de fuego. Es decir, independientemente de que se haya o no accionado, se estima que un arma de fuego fue utilizada en la comisión de aproximadamente 3.7 millones de delitos durante el año 2023.
De tal forma, es indudable que una revisión y actualización a la LFAFE resulta necesaria para la construcción de una política integral para la reducción de la disponibilidad de armas de fuego y municiones y, consecuentemente, de la violencia armada y sus efectos en las comunidades. La iniciativa presentada por el presidente contiene algunos aspectos que van hacia esa dirección. Sin embargo, la propuesta de reforma también contiene falencias y omisiones importantes que se deberían corregir y atender.
En este panorama es sumamente necesaria la ampliación de la discusión y la participación, preferentemente en audiencias públicas y abiertas, de especialistas, personas funcionarias del sector seguridad y organizaciones de la sociedad civil para el enriquecimiento del proceso legislativo y de la regulación resultante. Es posible construir un marco legal que responda a la política de control de armas que urgentemente requiere México para la reducción de las violencias.
* Gerardo Álvarez es investigador en la dirección de Incidencia Política de México Unido Contra la Delincuencia (MUCD). Ha litigado sobre derechos humanos y derecho administrativo y regulatorio, con énfasis en el juicio de amparo y el procedimiento contencioso administrativo. Ha realizado investigación y análisis sobre seguridad ciudadana, política de drogas, militarización y control de armas.
1 El análisis técnico de la iniciativa que elaboró MUCD puede ser consultado aquí.