Redacción Animal Político · 20 de marzo de 2023
El 13 de marzo de 2023, el caso de la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco tuvo una audiencia privada, en donde diversos jueces del tribunal interamericano supervisaron el cumplimiento de la sentencia que se emitió en noviembre de 2009.
Las sentencias de la Corte IDH, como condena internacional, deberían de ser un hito para el Estado. Lo encomendado en ellas como puntos resolutivos y como medidas de reparación integral del daño tendrían que obligar a los Estados a movilizar su maquinaria y poner todos sus esfuerzos en cumplirlas. A pesar de ello, las organizaciones que acompañamos casos ante el tribunal interamericano somos testigos de la profunda deficiencia institucional, de la falta de voluntad política y, en general, de una profunda apatía estatal con las víctimas que sufren violaciones a derechos humanos en nuestro país.
El caso Radilla, por medio de su sentencia, impulsó discusiones muy relevantes: modificaciones constitucionales internas sobre la recepción del derecho internacional, la obligatoriedad de las sentencias de la Corte IDH, el control de convencionalidad, los límites del fuero militar, entre otras. De igual manera, esta sentencia condenó al estado mexicano a realizar distintas acciones. No obstante, a prácticamente cincuenta años de los hechos, y a poco más de 13 años de la emisión de esta sentencia, el Estado mexicano, sin lugar a dudas, ha perpetuado la impunidad de los hechos.
Entre las acciones que el Estado fue condenado a realizar y, que fueron supervisadas el pasado 13 de marzo de 2023, se encuentra el punto resolutivo octavo de la sentencia en donde se enuncia lo siguiente: “el Estado deberá conducir eficazmente, con la debida diligencia y dentro de un plazo razonable la investigación y, en su caso, los procesos penales que tramiten en relación con la detención y posterior desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco, para determinar las correspondientes responsabilidades penales y aplicar efectivamente las sanciones y consecuencias que la ley prevea, en los términos de los párrafos 329 a 334 de la presente Sentencia”.
El Estado mexicano a lo largo de los años ha justificado que se encuentra en vías de cumplimiento a este punto resolutivo argumentando que en ningún momento han dejado de realizar diligencias de investigación. Sin embargo, ¿en qué han consistido estas diligencias de investigación?
Básicamente, el Estado mexicano, por medio de la Fiscalía General de la República (FGR) ha puesto la totalidad de sus esfuerzos en una línea de investigación totalmente inútil.
Esto es grave y preocupante, puesto que un enfoque de derecho penal internacional –pensado especialmente para atender este tipo de casos, en los que existe un contexto acreditado de generalidad o sistematicidad en los crímenes y de una política de Estado– en ningún momento necesitarían el agotamiento este tipo de diligencias, y, mucho menos aún cuando no existe un plan sobre qué se espera o qué se quiere hacer con ellas.
Luego, es igualmente problemático el paso del tiempo, puesto que la agencia ministerial ha demorado mucho tiempo en cumplir con sus funciones más básicas. De tal forma que a casi medio siglo de los hechos y a más de una década de la sentencia, no ha habido resultados.
Es indudable que, a la luz de estándares de autoría compleja, el Ejército Mexicano actuó como empresa criminal conjunta y que, por lo tanto, una cantidad importante de altos mandos del Ejército también eran responsables penalmente. La inacción de la Fiscalía permitió que el expresidente Luis Echeverría Álvarez muriera en la impunidad absoluta.
El resolutivo noveno de la sentencia relacionado con la búsqueda del señor Rosendo Radilla, a su letra enuncia: “el Estado deberá continuar con la búsqueda efectiva y la localización inmediata del señor Rosendo Radilla Pacheco o, en su caso, de sus restos mortales, en los términos de los párrafos 335 a 336 de la presente Sentencia”.
Las dos instituciones encargadas de la búsqueda y localización de personas desaparecidas en el Estado mexicano son la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) y la FGR. Al día de hoy, ninguna de estas dos instituciones ha presentado un plan de búsqueda a la familia Radilla, lo que hace suponer que no se cuenta con una estrategia clara, ni con recursos suficientes y mucho menos con voluntad política para atender el presente caso, y, en general, la crisis de desaparecidos en el país. Esto se ve claramente reflejado en los resultados que se tienen hasta el momento en este tema en el caso Radilla Pacheco. Hasta el día de hoy se han llevado a cabo únicamente 6 búsquedas. Eso nos lleva a la matemática ridícula de que en más de 13 años desde que se emitió la sentencia se han llevado a cabo menos de una búsqueda por año.
A lo anterior, se suma el hecho de que en la práctica la CNB y la FGR son instituciones que simple y sencillamente no trabajan en conjunto. Tan es así, que en el presente caso la CNB interpuso una denuncia administrativa en contra del agente ministerial encargado de la averiguación previa, puesto que este le negó la expedición de copias. Lo anterior es muestra clara de la falta de coordinación entre estas instituciones que deberían de estar colaborando de la mano.
El resolutivo decimosexto de la sentencia enuncia: “el Estado deberá brindar atención psicológica y/o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud especializadas, a las víctimas declaradas en el Fallo que así lo soliciten”.
El Estado a lo largo de los años ha realizado acciones totalmente aisladas para cumplir con este punto resolutivo. Contrario a lo que afirma el Estado mexicano, los familiares del señor Rosendo Radilla no han sido beneficiarios de atención psicológica y/o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva, a través las instituciones públicas de salud especializadas, a pesar de haberlo solicitado en múltiples ocasiones.
Si bien en ocasiones se han agendado algunas consultas médicas, estas han tenido resultados nulos, puesto que no se ha dado seguimiento a ninguno de los padecimientos médicos que tienen las víctimas, ni tampoco se ha suministrado el medicamento que requieren, y, mucho menos, se ha tenido un trato digno y sensible, a pesar de su condición de víctima y de que son personas de edad avanzada.
Como conclusión, creemos que México no ha logrado tener una visión de Estado para dar cumplimiento con sentencias de organismos internacionales que lo condenan a realizar distintas acciones. La descoordinación es total. La apatía es total. La falta de voluntad política es total. La familia del señor Rosendo Radilla expresó fuerte y claro: No permitan que su sufrimiento y el de nosotros haya sido en vano, no permitan, que este caso quede en el olvido, no permitan, que el nombre de nuestro padre quede en el olvido.
Confíamos en que el tribunal interamericano haya advertido esta situación y tome acciones contundentes que obliguen al Estado a cumplir con su sentencia.
* Miguel Alcaraz (@MiguelAlc95) es Licenciado en Derecho por la Universidad de Guadalajara y abogado en el Área de Defensa Integral de la @CMDPDH.