¿Qué (no) ha funcionado para combatir la violencia familiar en México?

blogeditor · 9 de marzo de 2020

¿Qué (no) ha funcionado para combatir la violencia familiar en México?

La muerte de Ingrid Escamilla es algo que nos debe consternar a todos, ya que señala el riesgo inminente al que están expuestas las mujeres en nuestro país. María Salguero, creadora del mapa nacional de los feminicidios en México, señala que ocurren entre 10 y 11 asesinatos de mujeres al día. Un factor importante de este problema reside en la violencia familiar: cada año, 1 de cada 4 mujeres es víctima de algún tipo de violencia por parte de su pareja, mientras que el 44% de todas las mujeres casadas o unidas sufren de algún tipo de violencia familiar a lo largo de su relación (ENDIREH, 2016). Esta magnitud de violencia contra las mujeres coloca a México en el lugar 103 de 167 países en el Índice de Paz y Seguridad para las Mujeres de la Universidad de Georgetown en Washington, D. C.

¿Qué políticas públicas implementa el gobierno para disminuir la violencia familiar en México?, ¿cuáles funcionan? y ¿qué hacemos como sociedad para que sean más efectivas? Para dar respuesta a dichas preguntas, revisamos 4 políticas públicas que están ligadas al problema de la violencia familiar: (1) el Programa de Apoyo a las Instancias de las Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), (2) el desaparecido programa social PROGRESA-Oportunidades-PROSPERA, (3) las reformas a los códigos penales y civiles que sancionan la violencia familiar, y (4) la implementación del divorcio unilateral a lo largo del país.

Durante varias administraciones federales, una de las principales estrategias del gobierno para atender la violencia contra las mujeres ha sido el PAIMEF. Dicho programa ha otorgado recursos a instituciones de carácter social para prevenir y atender la violencia contra las mujeres en todos los estados del país. Sin embargo, el programa ha presentado los siguientes problemas: (1) Para el presupuesto federal del 2020, el gobierno ha destinado pocos recursos al PAIMEF, alrededor de 280 millones de pesos, mientras que el mismo gobierno ha otorgado más de 28,000 millones de pesos a Sembrando Vida, un programa de apoyo agrario para el desarrollo rural; es decir, 100 veces más a un programa prioritario del Presidente Andrés Manuel López Obrador (2) El PAIMEF ha tenido problemas importantes en definir su población objetivo al que servir. Por ejemplo, del 2016 a 2017, el PAIMEF ha pasado de atender a “mujeres en situación de violencia” a “mujeres de 15 años o más en situación de violencia que solicitan los servicios de atención especializados, proporcionados por instituciones públicas”. Al hacer este cambio, su población objetivo ha bajado de 25 millones de mujeres a 461,000 mujeres. A pesar de ello, el PAIMEF solo ha ayudado a alrededor de 150,000 mujeres, según datos del CONEVAL para el 2017. (3) Finalmente, el PAIMEF no ha contado con una evaluación de impacto, por lo que no sabemos si este realmente ha contribuido a la reducción de la violencia contra las mujeres.

Otra política pública –diseñada para generar capital humano entre la población más pobre, con potenciales repercusiones sobre las relaciones de poder al interior de los hogares y por ende sobre la violencia –, fue el desaparecido programa social PROGRESA-Oportunidades-PROSPERA. La principal función del programa era mejorar los indicadores de educación, salud y nutrición entre las familias más pobres del país, mediante transferencia monetarias condicionada que se entregaban principalmente a las mujeres a cargo del hogar. Este mecanismo de transferencias despertó una preocupación por parte de los funcionarios del programa, pues al dar dinero a las mujeres esto pudiera generar violencia por parte de sus cónyuges vía dos mecanismos: (1) un aumento en la violencia familiar asociada al consumo de alcohol adentro del hogar y (2) la propagación de violencia por parte de los esposos para extraer las transferencias monetarias a las esposas. Distintos estudios demostraron que, en promedio y en el mediano plazo, este programa no tuvo efectos en aumentar la violencia familiar (Bobonis et al. , 2015). Sin embargo, hubo efectos heterogéneos que dependían del tamaño de la transferencia. En particular, se encontró una disminución de la violencia relacionada con el consumo de alcohol cuando las transferencias eran pequeñas comparadas con el ingreso familiar, pero un aumento en este tipo de violencia cuando las transferencias eran relativamente grandes (Angelucci, 2008). Aún así, el programa permitió un mayor empoderamiento de las mujeres para denunciar la violencia familiar. En particular, las mujeres aumentaron en 30% el reporte de violencia familiar a la policía como resultado del programa (Balmori de la Miyar, 2018). Esta evidencia es muy importante, pues los datos señalan que después de que las mujeres reportan violencia familiar a la policía, ésta cesa o disminuye en 65% de los casos (ENDIREH, 2006).

La tercera política pública importante para analizar, son las reformas a los códigos civiles y penales durante la década de los 90’s que criminalizaron la violencia familiar. Los resultados demuestran que la adopción de este tipo de reformas permite la reducción de entre 22 y 34% en las tasas de suicido de mujeres. Este hallazgo se debe particularmente a una baja en la violencia sexual y física (Beleche, 2017).

Finalmente, la ley de divorcio unilateral, conocida también como divorcio incausado, es otra política pública con posibles efectos en la violencia familiar en México. Esta ley permite la disolución del matrimonio sin necesidad de probar una causal de divorcio. El divorcio unilateral empezó implementándose en Ciudad de México, Hidalgo, Coahuila, Estado de México, Guerrero, y Yucatán. Y, la Suprema Corte resolvió a favor del divorcio unilateral en 2015. En términos teóricos, las consecuencias del divorcio unilateral sobre la violencia familiar no son claras. Existe una hipótesis que sostiene que estas leyes empoderan a las mujeres al ser una amenaza creíble de divorcio (Chiappori et al., 2012). Sin embargo, otra hipótesis explica que estas leyes terminan generando más violencia. Lo anterior debido a que al modificar el poder de negociación adentro del hogar, los esposos ejercen más violencia como método de dominancia dentro de la relación (Macmillan y Gartner, 1999). La evidencia para Estados Unidos señala que estas leyes generan una importante reducción en el suicido de mujeres; esto se debe principalmente a una reducción en la tasa de violencia familiar de alrededor de 30% (Stevenson and Wolfers, 2006). No obstante, la evidencia para México encuentra que estas leyes no han tenido ningún impacto en disminuir la tasa de homicidios o suicidios de mujeres (Hoehn-Velasco and Silverio-Murillo, 2020). Lo más preocupante es que al parecer, estas leyes, aumentaron la violencia familiar contra las mujeres en México en alrededor de 3.4% (García-Ramos, 2019). Lo cual, desafortunadamente, parece soportar la hipótesis de Macmillan y Gartner para el caso mexicano.

¿Qué lecciones nos deja la revisión de estas cuatro políticas públicas para enfrentar el reto de disminuir la violencia familiar?

  1. Es necesario destinar más recursos al combate de la violencia familiar. El combate a la violencia contra las mujeres debe ser una prioridad para el gobierno y la sociedad en general.
  2. Dichos fondos deben ser utilizados en programas medibles y funcionales. Y sobretodo, estas propuestas de política pública deben ser evaluadas para comprobar su efectividad en el contexto mexicano, antes de implementarlas a gran escala.
  3. Para tomar decisiones estratégicas en el asunto, se requiere de información puntual y de calidad. Actualmente, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) se lleva a cabo por el INEGI cada 5 años. Es conveniente que además de la encuesta catalogada como parte de la información de interés nacional se garanticen los recursos para que puedan incorporarse a esta categoría los registros administrativos sobre las acciones de prevención, atención, sanción y reparación de la violencia contra las mujeres y las niñas.
  4. Los cambios en el marco jurídico familiar conllevan repercusiones en la violencia familiar. Los legisladores y magistrados deben tener presente las posibles consecuencias no deseadas para que se minimicen casos de exacerbación de la violencia, como el del divorcio unilateral.

* Mónica E. Orozco Corona (@monicaeorozco) es investigadora visitante del Centro de Estudio Espinoza Yglesias (CEEY). Maestra en Estadística por la Universidad de Chicago y actuaria del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Jose Roberto Balmori de la Miyar (@jrbalmori) es Profesor-Investigador, Escuela de Negocios, Universidad Anahuac. Adan Silverio Murillo (@Adan_murillo) es Profesor-Investigador, Escuela de Gobierno y Transformación Pública, Tecnológico de Monterrey.

 

Referencias:

Angelucci, M. (2008): “Love on the Rocks: Domestic Violence and Alcohol Abuse in Rural Mexico,” The B.E. Journal of Economic Analysis & Policy, 8, 1–41.

Balmori de la Miyar, J. R. (2018): “The effect of conditional cash transfers on reporting violence against women to the police in Mexico,” International Review of Law and Economics, 56, 73 – 91.

BELECHE, T. (2019): “Domestic Violence Laws in Mexico,” Review of Eocnomics of the Household , 17, 229 – 248.

Bobonis, G. J., R. Castro, and J. Morales (2015): “Conditional Cash Transfers for Women and Spousal Violence: Evidence of the Long-Term Re- lationship from the Oportunidades Program in Rural Mexico,” IDB Working Paper Series.

CHIAPPORI, P., B. FORTIN, AND G. LACROIX (2002): “Marriage Market, Divorce Legislation, and Household Labor Supply,” Journal of Political Economy, 110, 37-72.

GARCIA-RAMOS, A. (2019): “Divorce laws and intimate partner violence: Evidence from Mexico”, Unpublished Manuscript. hoehn-velasco, L. and silverio-murillo (2020): “Do spouses negotiate in the shadow of the law? Evidence from unilateral divorce, suicides, and homicides in Mexico,” Economics Letters, 187, 108891.

MACMILLAN, R. AND R. GARTNER (1999): “When She Brings Home the Bacon: Labor-Force Participation and the Risk of Spousal Violence against Women”, Journal of Marriage and Family, 61, 947-958.

STEVENSON, B. AND J. WOLFERS (2006): “Bargaining in the Shadow of the Law: Divorce Laws and Family Distress,” The Quarterly Journal of Economics, 121, 267-288.