Joel Aguirre · 5 de junio de 2026
Por Jorge Carbajal y Susana Camacho
La publicación, el 2 de junio, de la reforma constitucional al Poder Judicial promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum logró algo: otorgar un necesario respiro operativo al aplazar la elección de 2027 a 2028. Sin embargo, esa modificación —aprobada en un proceso legislativo extraordinario, apresurado y sin deliberación sustantiva— desestimó algunos de los consensos centrales de la academia, la judicatura y la sociedad civil.
Tras las deficiencias y riesgos observados en la primera elección judicial de 2025, distintos sectores de la ciudadanía, la academia y la abogacía plantearon reformas para mejorar futuros procesos. Destacan, entre las principales propuestas: evitar que las elecciones judiciales coincidan con las elecciones políticas ordinarias de 2027; sustituir por una certificación de competencias los requisitos que no garantizan experiencia, conocimientos, ni habilidades para ocupar los cargos jurisdiccionales (como 8 o 9 de promedio en la carrera o cartas de los vecinos); y fortalecer la evaluación de idoneidad de las personas aspirantes mediante criterios homologados.
En respuesta a estas inquietudes, el 21 de abril de 2026, legisladores de Morena presentaron en la Cámara de Diputados y el Senado una iniciativa de reforma constitucional sobre la elección de personas juzgadoras. La propuesta buscaba separar las elecciones judiciales de los procesos electorales político-partidistas, reducir su politización mediante una mayor participación del Instituto Nacional Electoral (INE), elevar la calidad técnica de quienes aspiren a cargos jurisdiccionales mediante certificaciones de competencias, establecer criterios de evaluación más objetivos y fortalecer la gestión institucional de la Suprema Corte y del Órgano de Administración de Justicia Federal.
Posteriormente, el 23 de abril de 2026, un foro organizado por la Comisión de Justicia del Senado, la Red por la Independencia Judicial y el Observatorio Permanente de Integridad Electoral (OPINE) reunió a legisladores, autoridades electorales, organizaciones civiles, académicos y otros actores relevantes para discutir mejoras al modelo de elección judicial. El principal acuerdo fue proponer el aplazamiento de los comicios judiciales de 2027 a 2028. El propósito era evitar la coincidencia con las elecciones federales, así como reducir presiones operativas sobre el INE, disminuir la influencia de dinámicas partidistas y otorgar más tiempo para desarrollar un modelo de certificación de competencias con estándares internacionales.
Sin embargo, el 20 de mayo de 2026, la presidenta Claudia Sheinbaum presentó ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión una iniciativa de reforma constitucional en materia del Poder Judicial. Ello propició un periodo extraordinario en el Congreso para su discusión y aprobación, todo lo cual se llevó a cabo en menos de 15 días. Las discusiones en comisiones y en el pleno de ambas cámaras legislativas no trascendieron las posturas contrarias a la iniciativa presidencial ni de los partidos de oposición. La excepción fueron algunos legisladores de Morena que presentaron reservas a los dictámenes en discusión. Entre ellos, Mariana Benítez, Alfonso Ramírez Cuéllar, Olga Sánchez Cordero y Javier Corral, quienes previamente habían promovido una iniciativa alterna a la del Poder Ejecutivo.
En el Congreso la votación fue por bloques partidistas en los que no hubo posibilidad de disenso: Movimiento Ciudadano, PRI y PAN, en contra; Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde, a favor. Como elementos adicionales en las discusiones, también desde el partido mayoritario se presentaron reformas relacionadas con elecciones: la posibilidad de concurrencia de elecciones judiciales con las de carácter político —que no aplicarían en 2028, pero que sí permitirán la votación conjunta de la revocación del mandato de la presidenta con la elección judicial—, la nulidad de elecciones por injerencia de actores extranjeros y la función del INE para verificar la integridad de personas candidatas en cualquier tipo de elección —tarea difícil de llevar a cabo por una institución que no fue diseñada para ello—. Pese a que se trata de temas en extremo delicados, no fueron discutidos a profundidad.
Además de aplazar la siguiente elección judicial al 2028, la nueva reforma judicial establece la integración de una comisión coordinadora con un representante de cada Comité de Evaluación para homologar criterios. También ordena anticipar la fecha de publicación de la convocatoria del Senado para integrar las listas de candidatos a abril del año anterior de la elección, reducir a dos candidaturas por Poder por cargo con paridad de género, y realizar en las casillas el escrutinio y cómputo de los votos. Incluye además la posibilidad de que haya concurrencia con la consulta de revocación de mandato, reglas para determinar los distritos judiciales electorales por parte del INE, el requerimiento de separación de las personas juzgadoras en funciones que aspiren a otro cargo de elección judicial, la prohibición de intervención partidista en el proceso, y la homologación de reglas y procesos para elecciones judiciales locales.
No obstante, la nueva reforma judicial no considera una cuestión clave para mejorar el perfil y la idoneidad de las y los candidatos que participarán en la elección judicial. Esto es, que no modifica los requisitos para ser ministro, magistrado o juez, previstos en los artículos 95 y 97 de la Constitución. En este sentido, era necesario que se estableciera como requisito la aprobación de una certificación de competencias emitida por la Escuela Nacional de Formación Judicial que asegurase que las personas aspirantes cuentan con las competencias para ejercer la función jurisdiccional de forma adecuada. Sin esta modificación, ni la Comisión coordinadora ni los Comités de Evaluación podrán garantizar la idoneidad de los candidatos con base en criterios objetivos y estandarizados.
Considerando la cercanía de la próxima elección, se vuelve necesario que la convocatoria sea publicada en septiembre, como se establece actualmente. Eso daría suficiente tiempo para diseñar un modelo de certificación de competencias de forma rigurosa y con base en estándares internacionales, tal vez a través de las leyes que aterricen la reforma constitucional. Sin embargo, se advierten pocas posibilidades frente a lo que se señaló en el periodo extraordinario: control más centralizado desde el Ejecutivo sobre el Poder Judicial, en vez de mayores filtros que aseguren capacidades y competencias de juezas y jueces.
Con el aplazamiento de la elección judicial a 2028 existe la posibilidad, al menos en la norma, de introducir modificaciones normativas sobre los poderes judiciales previo a esos comicios.
En este momento no hay condiciones políticas para eliminar el modelo de elección judicial y retomar el modelo de carrera judicial fortalecido. Particularmente en el caso de jueces y magistrados, la prioridad deberá ser la sustitución de requisitos de promedios y cartas de vecinos por la aprobación de una certificación de competencias avalada por la Escuela Nacional de Formación Judicial. Este elemento es determinante para mejorar la idoneidad de las y los candidatos que participen en las elecciones judiciales, y las competencias de quienes resulten electos para ejercer una función jurisdiccional de calidad.
El modelo de elección judicial está a prueba y la ciudadanía será quien decida si mejora o empeora el acceso a la justicia en México. Mientras tanto, las presiones internacionales y la incertidumbre jurídica para la inversión en México, no pararán en los próximos meses. ♦