blogeditor · 21 de septiembre de 2015
Por: Natalia Pérez Cordero (@NataliaCordero9)
La desaparición forzada en México es un fenómeno que ha existido desde la década de los sesentas con la llamada “Guerra Sucia”, que lejos de ser erradicado ha ido en aumento, especialmente con la declaración de la “Guerra contra el narcotráfico” a partir del sexenio gobernado por el expresidente Felipe Calderón. De 532 casos de desaparición forzada registrados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos durante la época de la Guerra Sucia (60´s-80´s), hemos pasado a 24,851 personas desaparecidas, en el período que comprende del año 2007 a marzo de 2015, de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas.
Durante la Guerra Sucia, el estado de Guerrero registró el número más alto de desapariciones forzadas en contra de personas y grupos que protestaban, principalmente en contra de la marcada desigualdad social y económica, exigiendo sus derechos en torno a la libertad sindical, educación, salud, derechos agrarios, al territorio, justicia y democracia[1].
En este contexto, el caso más emblemático de la época es el caso de Rosendo Radilla Pacheco, profesor y líder social, desaparecido por elementos de la fuerza militar en un retén en la carreta hacia Atoyac de Álvarez, Guerrero, un 25 de agosto de 1974, sin que hasta la fecha se tenga noticias de su paradero. Este caso ha sido reconocido públicamente por dos situaciones particulares: la primera por haber obtenido una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de fecha 23 de noviembre de 2009, donde se reconoció internacionalmente la responsabilidad directa del Estado mexicano por la desaparición forzada de Rosendo Radilla, y la segunda -y más grave-, por la falta de acceso a la justicia efectiva y la notoria impunidad en torno al destino del señor Radilla Pacheco y en torno a la identificación y sanción de los responsables, pues a la fecha no hay una sola persona condenada por la desaparición de Rosendo Radilla.
[contextly_sidebar id=”3cqRkBbhIHhTqNBRifTA7DhDTVVdYUU6″]Al respecto, resulta evidente que la impunidad que se ha mantenido a más de cuarenta años de que se inició la Guerra Sucia, ha permitido que la práctica de las desapariciones forzadas no sólo no haya cesado sino que ha ido en aumento de manera desproporcional. Desde aquel entonces se identificó como parte de un patrón sistemático por parte del Estado mexicano, tal y como lo reconoció la propia Corte Interamericana en la sentencia del caso Radilla Pacheco, al reconocer a la desaparición forzada como “una violación múltiple de varios derechos protegidos por la Convención Americana (de Derechos Humanos) que coloca a la víctima en un estado de completa indefensión, acarreando otras vulneraciones conexas, siendo particularmente grave cuando forma parte de un patrón sistemático o práctica aplicada o tolerada por el Estado”.[2]
En este sentido, la situación no ha cambiado en torno a la desaparición forzada en México, pues actualmente sigue siendo una práctica sistemática, donde se puede identificar que “hay identidad de algunos patrones como la impunidad generalizada y la falta de la plena verdad y reparación para las víctimas”, tal y como lo ha confirmado el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de Naciones Unidas, en su último informe para México de diciembre del año 2011.
Tristemente, la realidad también así nos lo ha confirmado. Para muestra está el caso de los 43 alumnos de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, desaparecidos en el municipio de Iguala, en el estado de Guerrero, bajo el cobijo y la total impunidad de distintas autoridades del Estado mexicano, donde se vieron involucradas policía municipal, policía estatal, policía federal y elementos del ejército mexicano (además de grupos de delincuencia organizada), que por acción y omisión permitieron la desaparición de 43 estudiantes en la noche del 26 de septiembre de 2014, tal y como se señala en el Informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes, encargado de realizar investigaciones en torno a las desapariciones de los estudiantes de Ayotzinapa.
Sin embargo, este reciente caso no sólo ha evidenciado la impunidad y la corrupción con la que actúan algunas autoridades, para permitir, tolerar y mantener oculta la práctica sistemática y generalizada que representa la desaparición forzada, sino que además, a raíz de la búsqueda de los 43 estudiantes, ha visibilizado la numerosa cantidad de fosas clandestinas que albergan una innumerable cantidad de restos óseos de personas que seguramente ya han sido reportadas como desaparecidas y que sin duda también están siendo buscados por sus familiares.
Ante este panorama de violencia que enfrenta el país, cuya bandera es la desaparición y la muerte de personas inocentes, se hace necesario y urgente crear una ley general que permita erradicar y prevenir la práctica sistemática de desaparición forzada, así como reparar integralmente a las víctimas directas e indirectas de esta desdeñable práctica, y que esta ley sea obligatoria para todos los estados del país, que inviten a que se observen estándares mínimos en torno a la problemática de la desaparición forzada en México.
Para ello desde la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos se han propuesto algunos estándares mínimos que deberá contener una ley que pretenda ser efectiva para investigar y reparar adecuadamente los casos del pasado y los actuales de desaparición y desaparición forzada, así como para prevenir futuros casos. Algunas propuestas son las siguientes:
Y es que ante este clima de violencia, corrupción e impunidad se vuelve necesario que los legisladores del Congreso de la Unión, tomen en cuenta las anteriores sugerencias si quieren crear una ley que realmente sea efectiva para erradicar y prevenir esta práctica sistemática y generalizada, donde se contemplen los diversos contextos y problemáticas que enfrenta el fenómeno de la desaparición forzada en el país, y que sirva de puente a su vez para reparar integralmente a las víctimas directas e indirectas de esta gravísima violación a los derechos humanos de las personas; es tiempo de tomar acciones concretas para que estos hechos dejen de suceder, y con ello se detenga la ola de impunidad y de injusticias que embargan a las víctimas de las desapariciones y a sus familiares.
* Natalia Pérez Cordero es abogada de la @CMDPDH.
[1] Semblanza de Rosendo Radilla Pacheco, desaparecido. Pág. 39
[2] Corte Interamericana de derechos humanos. Caso Rosendo Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos. Sentencia de 23 de noviembre de 2009, párr. 139