Derecho a la ciudad, un derecho para las personas en situación de calle

Redacción Animal Político · 26 de octubre de 2023

Derecho a la ciudad, un derecho para las personas en situación de calle

Más de la mitad de la humanidad vive en zonas urbanas actualmente, en concreto alrededor del 56 % de la población mundial, y para el año 2050 se estima que 7 de cada 10 personas en todo el mundo habiten en ciudades, según estimaciones del Banco Mundial en su informe de Desarrollo Urbano de 2022.

Sólo en la Ciudad de México viven más de nueve millones de personas, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Esta población necesitará estrategias, políticas, campañas y procesos que den a conocer y garanticen el conocimiento y ejercicio de sus derechos.

De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI, en México existen 5 mil 700 personas en situación de calle, de las cuales se calcula que 900 personas habitan en la Ciudad de México. Sin embargo, es importante señalar que no existen cifras ni cálculos definitivos que contabilicen de forma real a las personas en situación de calle, pues sus propios contextos dificultan poder censar dicha población.

El no conocer de forma certera la cantidad de personas que viven en calle es un problema que genera invisibilización y desplazamiento de las personas de la ciudad, negando de forma sistemática sus derechos y libertades, no sólo en la ciudad de México sino en todos los espacios en donde las personas en condiciones de calle no puedan acceder a, por ejemplo, servicios de salud integral, vivienda digna, educación, trabajo, cultura, etcétera.

Resulta indispensable no olvidar los sistemas de opresión, violencias y discriminaciones que viven las personas en situación de calle y que, como causa y consecuencia, reproducen un ciclo de negación de derechos e invisibilidad. De forma general, las personas en situación de calle son personas racializadas a quienes se les asigna una serie de prejuicios negativos y estigmas que reproducen discriminación racista, clasistas, aporofóbica y, si tomamos en consideración las intersecciones particulares de cada persona, pueden agregarse otras estructuras de opresión como el capacitismo o las LGBTfobias, por poner algunos ejemplos.

Datos de la organización El Caracol documentan que sólo en los primeros nueve meses de 2022 mil personas en situación de calle murieron en México, de las cuales 899 murieron como desconocidas lo cual hace imposible recuperar sus cuerpos. Anteriormente bastaba con demostrar que la persona tenía una red de conocidos que reclamaban el cadáver, pero ahora se exige la presentación de un familiar por lo que en el actual sexenio la asociación no ha logrado recuperar los cuerpos.

A ello se suma la discriminación y violencia que sufren las personas en situación de calle al ser forzadas a desplazarse del espacio público bajo argumentos de “limpieza social” fundamentados en una falsa idea de seguridad o “embellecimiento” del espacio público, ya que argumentos como esos esconden en el fondo fundamentos racistas, clasistas y aporofóbicos.

Urge reconocer a las personas en situación de calle como personas sujetas de derechos, víctimas de procesos estructurales que, en la mayoría de los casos, obligan a las personas abandonar sus hogares o ser desplazadas de sus viviendas, por ejemplo, según información del Informe de Impactos Diferenciados por Covid-19: Diálogos con Organizaciones de la Sociedad Civil publicado en 2020, durante la pandemia de COVID-19 y gracias a las medidas de seguridad sanitaria como el cierre de hoteles, muchas tuvieron que ser desplazadas al no poder acceder a estos espacios para pasar la noche, sin contar por supuesto que no existen registros exactos de personas en situación de calle que hayan fallecido a causa del covid o por alguna otra enfermedad o condición de salud pues sólo se cuentan con estimaciones y aproximaciones.

Resulta indispensable reconocer que el derecho a la ciudad es un derecho humano cuyo alcance impacta a todas las personas que viven y transitan en la Ciudad de México. En términos concretos el uso, por ejemplo, de parques y espacios públicos no es ni debe ser bajo ninguna circunstancia exclusivo de algún sector poblacional, sino que al tratarse de espacios públicos debe ser accesible para todas las personas.

El derecho a la ciudad establece el ejercicio pleno de los derechos de todas las personas en espacios públicos, colectivos, urbanos y su relación con su entorno, es decir, derecho a la movilidad, a espacios verdes -como jardines o parques-, a una identidad colectiva, a ser consultado/a/e para obras y presupuesto público, a presentar denuncias, a la vista y el paisaje, a un hábitat culturalmente diverso, y a una calidad de vida digna en espacios públicos, entre muchas otras dimensiones.

No reconocer el derecho a la ciudad de las personas en situación de calle es, por tanto, imposibilitar que accedan a otros derechos y libertades como el derecho a la libre asociación, al trabajo, a la salud, a la educación, a una vida libre de violencia, al libre desarrollo de la personalidad y, por supuesto, a la no discriminación.

En conclusión, es urgente y necesario políticas integrales de desarrollo, acompañamiento y no estigmatización para personas en situación de calle, así como desarticular prejuicios sobre poblaciones callejeras que sólo reproducen prácticas racistas y aporofóbicas al mismo tiempo que deshumaniza a las personas, cosificándolas y reduciéndolas a algo que hay que retirar, como si se tratara de objetos sucios o descuidados en lugar de personas que merecen derechos, respeto y goce de los espacios públicos como cualquier otra persona.

* Alexis Samuel Cabral Acosta es asesore educative en la Subdirección de Educación del @COPRED_CDMX.