blogeditor · 12 de agosto de 2020
Tal parece que el derecho humano de justicia expedita consagrado en la Constitución y que las leyes que regulan ese actuar de las autoridades judiciales le valen para dos cosas al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA). Va un ejemplo dramático.
Cuando el 4 de noviembre de 2008 sucedió la tragedia de la caída del avión en el que viajaban Juan Camilo Muriño y José Luis Santiago, en compañía de más personas, por el lugar donde cayó transitaba Paul Henri Giménez, quien resultó con graves quemaduras en el 75% de su cuerpo, en su mayoría de tercer grado. Para no describir aquí el drama médico que aún vive, basta decir que durante el primer año después del suceso fue sometido a 66 intervenciones quirúrgicas para amputar miembros y remover tejido muerto.
La aseguradora del avión pagó algunos de los gastos, pero se requería de mayor voluntad para pagar el resto de los gastos y los perjuicios, es decir, el lucro cesante, pues Paul no podrá más trabajar en lo que era un prominente futuro, según se demostró en el juicio al que se refiere esta nota. También era necesario indemnizarlo por el daño moral sufrido. El gobierno mexicano no tenía facultades para tomar dinero público para hacer la indemnización, a menos que hubiera una sentencia del tribunal competente que así lo obligara. De manera que, en noviembre de 2010, Paul reclamó al gobierno la indemnización que le fue negada para que estuviera en posibilidad de iniciar el juicio en marzo de 2011.
Ahí inició su calvario. No obstante que el gobierno admitió los errores cometidos por los pilotos del avión y, en consecuencia, la actividad irregular del Estado, vean ustedes lo que desde entonces ha sucedido con el procedimiento. En julio de 2013, dos años después de haber sido admitida la demanda, el presidente del TFJFA, Manuel Hallivis, remitió el expediente a la sala superior para que resolviera una vez cerrada la instrucción, es decir, ya sólo se requería dictar sentencia.
El magistrado ponente, Victor Orduña, tardó 2 años 7 meses en enviar a sus magistrados colegas el proyecto de sentencia y no fue sino hasta enero de 2016, casi 3 años después de que se debió haber dictado la sentencia, que el TFJFA resolvió condenando a la SCT a pagar sólo parte de los daños reclamados.
En abril de 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó sentencia de amparo protegiendo a Paul y ordenando al TFJFA a calcular debidamente los daños, los perjuicios y el daño moral que le fue causado a Paul.
Nuevamente el TFJFA decidió, sin motivo y violando todos los plazos legales, patear el bote y el magistrado Orduña se tomó su tiempo; la sala superior dictó una nueva sentencia hasta el 21 de junio de 2017, pretendiendo dar cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte. El cálculo era equivocado; así lo hicieron ver a su colega los cuatro magistrados: Nora Urby, el actual presidente Rafael Anzurez, Rafael Estrada y Juan Manuel Jiménez. Por supuesto que también tardaron en armar la sentencia (engrose) y se la notificaron a Paul hasta julio de 2017.
Esa sentencia fue recurrida por Paul en un nuevo amparo que fue resuelto en noviembre de 2018. En ella se concedió la protección federal a Paul y se cuantificaron debidamente los daños, los perjuicios y el daño moral causado, subsanando las graves deficiencias de ambas sentencias previas del TFJFA, ya narradas.
Siguen las largas. Hasta el 30 de enero de 2019, la sala superior del TFJFA dictó sentencia dando cumplimiento a la última sentencia de amparo. No le quedaba de otra; supuestamente ya no podía seguir perjudicando a Paul sin motivo. Sorpréndase usted; claro que podía y sigue haciéndolo. Hasta marzo de 2019, finalmente, declaró firme la sentencia. La SCT se ha negado a cumplirla. Paul tuvo que promover una queja por incumplimiento de sentencia ante el TFJFA en septiembre de 2019.
¿Saben ustedes hasta cuándo el magistrado Orduña se dignó a someter al pleno del tribunal el proyecto de resolución de la queja? ¡Hasta mayo de 2020! 7 meses más sólo para resolver una queja por incumplimiento de sentencia. En esa resolución, absolutamente anómala por razones que no tiene caso aquí comentar, el TFJFA le concede 20 días hábiles a la SCT para dar cumplimiento a la citada última sentencia de amparo.
Pero la desgracia para Paul no ha concluido. Parece ser que al TFJFA la pandemia también le cayó como anillo al dedo y, con esa excusa, no ha armado la sentencia; por lo tanto, no se la ha notificado a la SCT. Como si los magistrados no pudieran trabajar en sus casas y revisar en el papel lo que ya resolvieron en sesión. Pero sí siguen cobrando. En consecuencia, los 20 días hábiles para que la SCT cumpla no han siquiera empezado a contar.
Esperamos que Paul siga resistiendo estoicamente como hasta ahora estas injusticias y que reciba pronto la indemnización que merece.