blogeditor · 22 de noviembre de 2022
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tenido un papel fundamental en la defensa de los derechos reproductivos en México. Durante veinte años sus argumentos se han ajustado a los nuevos estándares en materia de derechos humanos, a las preguntas planteadas por las organizaciones de la sociedad civil y otras autoridades, y a un contexto político en el que la demanda social por la despenalización del aborto se extiende en todo el país.
Sin embargo, los argumentos contenidos en las resoluciones de la SCJN no siempre son accesibles para el público en general ni para las personas interesadas en el tema. Por ello, desde GIRE nos hemos dado a la tarea de explicar, con lenguaje sencillo, las nueve sentencias más emblemáticas dictadas por el tribunal más importante del país entre 2002 y 2021, acompañando cada una con un breve análisis político y contextual que ubica tanto su relevancia en el momento en que fueron emitidas como su impacto.
Paso a paso: las sentencias de la Corte sobre aborto busca servir como herramienta de apoyo para la divulgación, la incidencia y el acompañamiento que ya hacen activistas, académicas, legisladoras y personas interesadas en que todas las mujeres y personas con capacidad de gestar en México puedan ejercer sus derechos.
Las primeras sentencias de la SCJN en el tema del aborto se dieron con la resolución de dos Acciones de Inconstitucionalidad: la 10/2000 sobre la “Ley Robles”, en la que por primera vez habló sobre el tema del aborto y permitió que no se castigara su práctica cuando está en riesgo la salud de la mujer embarazada y cuando el producto de la concepción presenta alteraciones congénitas o genéticas, y la 146/2007 y su acumulada 147/2007, donde decidió que la despenalización del aborto durante las primeras doce semanas de gestación en el entonces Distrito Federal no era contraria a la Constitución.
Después vinieron las primeras sentencias sobre casos, acompañados por GIRE, de mujeres a quienes les negaron un aborto: Marimar y Fernanda, aborto por violación; Marisa, aborto por causal salud, y Jessica, discapacidad y aborto por violación.
Posteriormente, con la llegada de la Marea Verde a México —el movimiento feminista por el aborto legal, seguro y gratuito—, la SCJN decidió resolver varios asuntos que tenía pendientes y en 2021 emitió tres sentencias de gran relevancia para los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar:
Declaró inválido el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que castigaba a quien abortara y a quien practicara abortos o ayudara a abortar, y con ello en esa entidad ya no se puede denunciar, investigar ni condenar a nadie por abortar voluntariamente o por ayudar a otra persona a abortar. En el resto del país, los efectos de esta resolución son que ninguna persona juzgadora puede dictar sentencia por el delito de aborto cuando sea realizado por la sola voluntad de la mujer o persona gestante en un periodo breve al inicio del embarazo.
Declaró inválido el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud por no cumplir con los lineamientos necesarios para la objeción de conciencia e hizo un llamado al Congreso de la Unión para que legisle conforme a los requisitos expuestos en su sentencia.
Determinó que la cláusula que protege la vida desde la concepción en la Constitución de Sinaloa es contraria a la Constitución federal porque pretende dar más derechos a un embrión que a una persona nacida —las mujeres y las personas con capacidad de gestar—, y contribuye a crear un estigma sobre el aborto y a confundir al personal de salud.
Con estas tres sentencias, la SCJN reforzó lo dicho en sentencias anteriores, avanzó en la materialización de muchas de las recomendaciones realizadas por los organismos internacionales de derechos humanos para garantizar el aborto seguro, y sentó un nuevo parámetro para que todos los estados del país se decidan a despenalizar el aborto.
Lo expuesto en Paso a paso: las sentencias de la Corte sobre aborto es producto de años de lucha desde el activismo en las calles, las escuelas, las universidades, los congresos y, por supuesto, los tribunales. Si bien aún queda un largo camino por recorrer para lograr que el aborto voluntario deje de ser considerado un delito en todos los códigos penales, muchas de las claves para andarlo se encuentran en las sentencias que hasta el día de hoy ha emitido la Corte.