Otra servidora pública que no entiende que no entiende

blogeditor · 4 de abril de 2017

Otra servidora pública que no entiende que no entiende

Hace algunos meses les conté en este medio sobre un mecanismo que suelen usar los estados para obtener recursos: los fideicomisos de endeudamiento. Mediante esta figura, los gobiernos aportan recursos públicos (como impuestos locales) a un fideicomiso con el propósito de garantizar una deuda.

Al hablar de este tema se debe advertir que la deuda no necesariamente es algo malo. Al contrario, ésta permite captar recursos que no se tienen en el momento y destinarlos a algún fin relevante como construir infraestructura. Lo mismo ocurre con los fideicomisos pues, aunque se les ha satanizado, la figura en sí no tiene nada de negativo. Lo anterior, siempre y cuando se cumplan las reglas del juego, pues desde hace algunos años la Suprema Corte resolvió que, para ser constitucionales, las deudas estatales deben cumplir con ciertos requisitos (acción de inconstitucionalidad 163/2007): toda operación mediante la cual se comprometen recursos públicos se debe registrar como deuda pública y, para ser válida, el Congreso debe aprobarla.

Desafortunadamente, algunos estados usan fideicomisos para ocultar su deuda. Es cierto que no todos son inconstitucionales. Pero algunos sí lo son y eso es suficiente para preocuparnos. Un caso paradigmático es el del Fideicomiso F/0144 de Puebla, al cual se afectó el impuesto de nómina para garantizar el cumplimiento de ciertas obligaciones, operación que se mantuvo en secreto hasta que un juez federal obligó al gobierno del estado a hacerla pública. A pesar de que en ese fideicomiso el estado comprometió el impuesto de nómina, las autoridades poblanas han manifestado que no se trata de una deuda. El argumento es tan ingenioso como asegurar que un crédito bancario no es deuda. Tal parece que a los servidores públicos de Puebla se les olvidó leer los requisitos de endeudamiento que fijó la Corte hace tiempo.

Para desarrollar este esquema, los estados se valen de asesores privados encargados de diseñar e implementar la estrategia. De entre estos asesores destaca la consultora Protego (fusionada con Evercore Partners desde 2006), la cual ha asesorado a varios estados en los últimos años. Hasta hace muy poco, el presidente de esta consultora era Pedro Aspe, Secretario de Hacienda durante la presidencia de Salinas. Entre sus antiguos miembros se cuentan figuras políticas como Luis Videgaray Caso (ahora Secretario de Relaciones Exteriores) y Fernando Aportela (Subsecretario cuando Videgaray estuvo en Hacienda). Un nombre menos conocido, pero acaso más relevante para el presente tema es el de Marcela Andrade, actual Titular de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la SHCP. Esta persona trabajó en Evercore hasta febrero de 2013, cuando el presidente Peña Nieto la propuso para desempeñar dicho puesto. La posición es muy importante porque, entre otras cosas, se encarga de representar al secretario “…en asuntos de coordinación con entidades federativas y municipios, en materia de ingreso, gasto y deuda…” (Reglamento Interior de SHCP).

No sé en cuantas operaciones de endeudamiento participó Marcela Andrade mientras trabajó en Protego/Evercore, pero si lo que dice la Gaceta del Senado de 12 de febrero de 2013 es cierto, ella era la subdirectora de finanzas públicas de Evercore cuando se celebró el Fideicomiso F/0144 del Gobierno de Puebla (29 de noviembre de 2012).

Pero déjenme complicar un poco más la historia para cumplir con algo de lo que se intuía en el título de este texto. En abril de 2016 se aprobó la Ley de Disciplina Financiera, ley que incluye algo llamado “garantía federal”. Se trata de un mecanismo que permitirá a los estados con endeudamiento alto solicitar apoyo al gobierno federal para que éste otorgue su garantía. El problema es que, como todo parece indicarlo, Marcela Andrade participó en varias asesorías de endeudamiento mientras estuvo en Protego/Evercore y ahora muy bien podría revisar operaciones en las que ella tuvo participación directa cuando estaba en la iniciativa privada. Esto es tanto como si un alumno calificara su propio examen de cálculo sólo que en este caso con muchos millones de recursos públicos. ¿Conflicto de intereses? Parece muy claro, ¿no? El problema es que Marcela Andrade no lo cree así. Aquí va la historia.

El 25 de noviembre de 2016 presenté un documento en el que le solicité a dicha servidora pública que me proporcionara la lista de todos los proyectos de financiamiento así como de las operaciones de refinanciamiento o de reestructura de deuda estatal que hubiera realizado la consultora Protego/Evercore durante el tiempo en el que ella se desempeñó como subdirectora de finanzas públicas. Para que no hubiera confusión, le aclaré que al hablar de “deuda” me refería a cualquier acto mediante el cual se hubieran comprometido recursos públicos, tal como ya lo ha dispuesto la Suprema Corte.

Nunca albergué demasiadas esperanzas de una respuesta y supuse que tratarían de alargar el asunto hasta el hartazgo. Para mi sorpresa, sí obtuve respuesta, sólo que no la esperada. Básicamente me dijeron que no me pueden decir nada debido a que la información solicitada corresponde al ámbito privado y no tiene relación con las funciones y atribuciones de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas. Van las palabras exactas y más adelante el documento completo:

…no es procedente atender lo solicitado en el escrito que se contesta, en tanto que exclusivamente se refiere a documentos y situaciones que corresponden al ámbito del derecho privado y que son ajenas a las funciones y atribuciones conferidas a la Unidad Coordinación [sic] con Entidades Federativas…

¡Pum! La respuesta es indignante. En el contexto actual del país, justo en el momento en el que la corrupción de la clase política es uno de los problemas más visibles y a pocos meses de haber diseñado un sistema nacional anticorrupción, resulta incomprensible que una servidora pública de este nivel no esté dispuesta a proporcionar información que bien puede constituir un conflicto de intereses. Pero Marcela Andrade no sólo incumple un deber moral sino uno jurídico. Acaso la Titular de la Unidad se haya imaginado que no está obligada a dar esta información debido a que la Ley General de Responsabilidades Administrativas no entrará en vigor sino hasta julio de este año. Es cierto que esta ley y todo lo relativo al “sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal” aún no entra en vigor; sin embargo, eso no significa que la Titular de Unidad pueda actuar impunemente en las sombras de nosotros, pues el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (actualmente en vigor) dispone que “habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión”.

En resumen, Marcela Andrade no considera relevante dar a conocer información sobre sus posibles conflictos de interés aunque se trata de una obligación legal. No sé si desconoce la ley, si le parece irrelevante o, simplemente, si no tuvo la decencia mínima para hacer bien las cosas. Como con tantos otros servidores en esta administración, parece que Marcela Andrade no entiende que no entiende. Esta funcionaria debió ofrecer una respuesta contundente para disipar cualquier duda. Afortunadamente, cuando la decencia no funciona aparece el Derecho. Por eso hace unos días presenté un amparo contra la respuesta de la Titular de Unidad y ahora sí tendrá que responder. No lo hizo de manera voluntaria, pero deberá hacerlo cuando un juez federal se lo ordene.

 

 

 

@Rodrigo_Diez_10