Opacidad total en la designación de titulares de institutos de transparencia

blogeditor · 23 de julio de 2015

Opacidad total en la designación de titulares de institutos de transparencia

Por: Renata Terrazas (@Renaterra_zas)

En mayo del presente año comenzó el plazo de 12 meses para que los estados armonicen sus leyes de transparencia con la entrada en vigor de la Ley General de Transparencia, y se asegure de esta forma que los principios del derecho de acceso a la información (DAI) contenidos en la Constitución sean una realidad en todo el país. Ésta es la última etapa del proceso iniciado en 2012 para reformar la Constitución y lograr que se construyan marcos normativos de avanzada para la garantía del DAI en todo el país.

Si bien los 33 procesos legislativos que deberán abrirse para tal efecto son trascendentales y requieren de la más rigurosa observancia por parte de los promotores de la reforma constitucional, y sobre todo, por parte de la sociedad civil, hay un tema de igual relevancia que no debe escaparse del escrutinio público: el proceso de designación de comisionados de los institutos de transparencia.

En México tenemos un fuerte impulso para crear marcos normativos de avanzada e instituciones innovadoras que, comúnmente, quedan sin efecto. En el caso de las leyes es indispensable atender el régimen de sanciones, de manera particular para las leyes de transparencia, fomentar el involucramiento de la población en el ejercicio del DAI resulta fundamental.

[contextly_sidebar id=”0Nmqi9tyQPed0GBkU7FTgNSwvlDDrPyr”]En cuanto al diseño de instituciones, el factor más importante que limita su adecuado funcionamiento es la indebida injerencia del poder ejecutivo o de los partidos. A este fenómeno se le llama “captura del poder” que se identifica, sobre todo, en la manipulación del proceso de designación de los titulares de los órganos reguladores del poder, conocidos comúnmente como órganos públicos autónomos, y que tiene como finalidad imponer a personas cercanas que cuidarán sus intereses.

Ésta es una práctica común en los institutos de transparencia; mediante la construcción de un proceso opaco, cerrado y que no permite la participación ciudadana, se designan personas que no cumplen con el perfil adecuado, ya sea por falta de conocimientos o por ser demasiado cercanos a los intereses de la clase política.

Los institutos de transparencia tienen como principal objetivo asegurar que las personas puedan ejercer su derecho de acceso a la información y que los entes públicos que ejerzan recursos públicos sean transparentes. También, regulan el poder al promover la apertura de las instituciones y asegurar un sano flujo de información para que la ciudadanía tenga mejor conocimiento sobre lo público. Cuando el proceso de designación de sus titulares está capturado, los institutos de transparencia se convierten en un mero aparato burocrático carente de todo sentido.

La reforma constitucional quedará sin efecto no sólo si el proceso de armonización legal no es adecuado, sino también cuando quienes deban garantizar su implementación estén alineadas a los intereses del poder político.

La mejor forma de limitar la captura de estas instituciones es asegurar procesos de designación abiertos y transparentes, que incluyan la participación ciudadana. Desde la convocatoria, la cual deberá ser pública y difundida por todos los medios posibles, se debe contemplar la creación de un proceso que establezca plazos y etapas para dar certidumbre y evitar espacios de discrecionalidad.

Es imperativo que el proceso de designación recaiga en el poder legislativo, órgano deliberativo que procura dar voz a diversas fuerzas políticas. Al mismo tiempo, se deberán contemplar comparecencias -de las y los candidatos- abiertas al público y que incluyan la participación ciudadana; la forma de participación deberá diseñarse desde el inicio para hacer público sus alcances.

Para reducir al máximo la discrecionalidad en el proceso, es necesario contar con un instrumento técnico de evaluación y posteriormente con un dictamen público del legislativo en donde se justifique la decisión de los nombramientos.

Por último, toda la documentación relacionada con el proceso deberá ser pública durante el mismo; así como los expedientes de los candidatos, y las sesiones en donde se llevaron a cabo las comparecencias y los dictámenes justificados.

Los últimos dos procesos de selección de comisionados en Baja California y Veracruz ejemplifican lo que no debe hacerse. Ambos, con sus particularidades, se hicieron a puerta cerrada y mediante un procedimiento ad hoc desde lo oscurito. El caso de Veracruz fue opaco en lo particular ya que el proceso se hizo de conocimiento público una vez finalizado; además, se atendió marginalmente por la prensa local.

En la medida en la que sigamos permitiendo procesos de designación en donde se favorezca la cercanía con quien ostenta el poder, sin importar siquiera el marcado desconocimiento y compromiso por el tema y la alineación a los intereses de gobernadores y partidos, jamás podremos caminar hacia la construcción de un estado transparente.

La llamada gira por la transparencia comenzó hace unas semanas, evento que se aplaude porque busca acercar a los senadores y comisionados del INAI -que han contribuido para la construcción de mejores marcos normativos de transparencia- con los legisladores e institutos locales, pero que en algunos casos resulta más pomposo que efectivo. El evento inaugural se dio justamente en Veracruz, el estado donde –como ya se mencionó- el proceso de designación se realizó a puerta cerrada con un resultado poco favorable para la transparencia de la entidad.

Desde Fundar vigilaremos los procesos de designación y al tiempo buscamos que éstos logren realizarse bajo los estándares óptimos que aseguren perfiles capaces y sin compromisos con el poder político. Es menester de todas las personas que trabajamos para mejorar las condiciones de transparencia del país sumarnos a esta vigilancia.

 

* Renata Terrazas es investigadora del área de Transparencia y Rendición de Cuentas de @FundarMexico