Nunca fue tan importante debatir sobre la transparencia procesal de la Corte

Redacción Animal Político · 1 de diciembre de 2022

Nunca fue tan importante debatir sobre la transparencia procesal de la Corte

A nivel internacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la fama de ser una de las altas cortes más transparentes, pues es de las pocas cuyas deliberaciones son públicas y difundidas por medios audiovisuales. Sin embargo, cuando se trata de transparentar la ruta de sus procesos jurisdiccionales, todavía le falta mucho a nuestro máximo tribunal, lo cual debería preocuparle a la sociedad entera. ¿Por qué?

La Suprema Corte resuelve asuntos de gran importancia para el equilibrio de poder en el país y para la protección de nuestros derechos, pero desde hace años existe la percepción de que el tiempo que la Corte toma para resolver los asuntos varía de manera sustancial según el tema entre manos y, sobre todo, los intereses políticos, económicos y/o mediáticos en juego.

Con el fin de confirmar o refutar esta percepción, México Evalúa analizó la información procesal de la Corte y los tiempos de resolución. Los resultados de su investigación se publicaron hace unos meses en el reporte Observatorio de la Suprema Corte. Diagnóstico de la transparencia procesal. ¿Cuál fue el principal reto que encontró en el camino?

Antes de entrar en detalles, es preciso reconocer que, en algún momento, este tema fue una prioridad para la Suprema Corte. Tan es así que, en 2009, creó el portal de estadística judicial @lex, el cual, además de estadística sobre el trámite de algunos de sus asuntos –acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales, amparos en revisión y solicitudes de ejercicio de la facultad de atracción–, contiene un buscador que permite obtener información sobre la ruta procesal de los asuntos durante la Novena y Décima Épocas.

El portal, de acuerdo con la propia descripción del mismo, pretende ser “un elemento de la política institucional de transparencia y rendición de cuentas, en la medida que brinda a cualquier persona acceso directo a información sobre su actividad como Tribunal Constitucional, lo que contribuye al fortalecimiento de las instituciones públicas en un contexto democrático. Además, ofrece insumos para realizar diagnósticos y tomar decisiones informadas que nutran las políticas judiciales”.

Coincidimos en que la transparencia procesal no solamente es un elemento fundamental para que los ciudadanos puedan conocer el desempeño de la Suprema Corte, sino que también tiene un gran potencial transformador, al proveer información indispensable para la toma de decisiones al interior de la institución, enfocada a identificar problemas y posibles cuellos de botella, imaginar soluciones para resolverlos y así hacer más eficientes los trámites.

Aunque @alex representa un esfuerzo muy loable, el Observatorio de la Suprema Corte hizo patentes varias de sus limitaciones. Primero, no contiene los registros de algunos asuntos importantes, como los amparos directos en revisión. Además, solamente contiene los registros de asuntos concluidos, no de los asuntos en curso. Finalmente, la información disponible está incompleta y desactualizada, pues el portal no cubre el periodo completo de las dos épocas señaladas 1 y, sobre todo, no contiene datos sobre los asuntos de la época actual –la Undécima–, que empezó el 1 de mayo de 2021.

Por esta razón, México Evalúa se vio en la necesidad de ‘completar’ la información de @lex, y con ese fin dirigió a la Corte más de 130 solicitudes de acceso a la información. A partir de allí enfrentó otra clase de obstáculos, pues la Corte le entregó información incompleta, y en ocasiones errónea y hasta contradictoria.

Pese a ello, el análisis pudo sacar varias cosas en claro. Acaso la principal es que, efectivamente, un número anormalmente alto de asuntos se resuelve en un tiempo mucho más extenso que el promedio. Si bien se podría aludir que este hecho se debe a la diferencia material de cada asunto (es decir, cada uno ‘pide’ su propio tiempo), el estudio encontró que existen espacios importantes de discrecionalidad en la normatividad, que permiten a los ministros tomarse más o menos tiempo para proponer sus proyectos de resolución y a la Presidencia de la Corte determinar la fecha en que se discutirá el asunto. El tema va más allá de la simple complejidad de los asuntos o de las cargas de trabajo de las ponencias.

En cualquier caso, resulta evidente la falta de una normatividad que fortalezca y transparente el funcionamiento procesal de la Suprema Corte; que establezca, entre otras cosas, plazos para elaboración de proyectos y presentación de los mismos, así como mecanismos que aseguren el cumplimiento de estos plazos. En general, lo que se necesita es detallar la manera de turnar los asuntos entre las ponencias y las fases que existen en esos procesos. Así, la ambigüedad existente desaparecería y se aclararían los criterios para la toma de decisiones procesales. Desde nuestra óptica, una mejor regulación beneficiaría a la Corte misma, pues le permitiría cumplir de forma más eficiente con sus responsabilidades. El tribunal más alto e importante del país estaría en mejores condiciones de garantizar el principio de seguridad jurídica.

Sobre este tema, y con los hallazgos del Observatorio como punto de partida, cuatro ministros de la Suprema Corte dialogarán el viernes 2 de diciembre con académicos, representantes de la sociedad civil, litigantes y personas interesadas, a invitación del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y de México Evalúa. El encuentro se realizará de 9:00 a 17:30 horas en el Aula Floris Margadant del Instituto y, por supuesto, están todas y todos invitados.

Es destacable la apertura de la ministra Norma Piña y de los ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez y Luis María Aguilar, por aceptar participar en este espacio académico-ciudadano, en el que compartirán su perspectiva sobre el tema y debatirán sobre el mismo. 2 El hecho de que estén dispuestos a conversar nos permite ser optimistas, porque significa que reconocen la importancia del tema y que son sensibles a la necesidad de analizar posibles caminos de fortalecimiento de la Corte. Hay que subrayar, además, que esta conversación se da a tan sólo un mes de que se nombre a una nueva o nuevo presidente del máximo tribunal.

* Hugo A. Concha (@HugoAConcha) es investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y Laurence Pantin (@lpantin) es coordinadora del programa de Transparencia en la Justicia de México Evalúa. Los autores agradecen la revisión de Pablo García.

 

1 Para acciones de inconstitucionalidad, el buscador cubre el periodo entre 1995 y 2017. Para controversias constitucionales, cubre el periodo entre 1995 y 2018. Para amparos en revisión, cubre el periodo entre 2011 y 2017. Por su parte, en cuanto a las solicitudes de ejercicio de la facultad de atracción, el periodo cubierto es de 1996 a 2020.

2 Es importante precisar que la ministro Margarita Ríos Farjat no podrá participar por compromisos agendados con anterioridad, pero también quiso demostrar su apertura y compromiso con la justicia abierta al pedir al Secretario de Estudio y Cuenta Coordinador de su ponencia, Juan Jaime González Varas, representarla.