Nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco: lo bueno, lo malo y lo complicado

Redacción Animal Político · 24 de enero de 2023

Nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco: lo bueno, lo malo y lo complicado

El 16 de diciembre de 2022 se publicó el decreto en el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco en el Diario Oficial de la Federación, y que entró en vigor el 15 de enero de 2023. Dichas modificaciones del reglamento tienen que ver con eliminar los espacios exclusivos para fumadores en algunos lugares, y limitar la publicidad y exhibición de productos de tabaco o nicotina en tiendas, supermercados y tiendas de conveniencia. Pero, ¿esto cómo nos afecta?

Desde mediados del año 2019 se han publicado y difundido diversas campañas y noticias que enlistan tanto los peligros como el aumento de casos de hospitalización por el uso de vapeadores y cigarros electrónicos en Estados Unidos. La preocupación se difundió en varios países, emitiendo restricciones y prohibiciones para la importación y distribución de dichos dispositivos, México es un ejemplo de ello. Sin embargo, hay muchos intereses detrás de toda la legislación, pues las estadísticas han mostrado un declive de personas fumadoras de tabaco a nivel nacional, y un aumento de personas usuarias de vapeadores o cigarros electrónicos, en las cuales las grandes industrias tabacaleras no han tenido ningún beneficio porque no forman parte de ese mercado, hasta ahora.

Actualmente en México se ha estado viviendo un retroceso en cuanto a libertades y ejercicio de derechos, pues pareciera que el presidente tiene algo en contra de los fumadores o que simplemente no quiere sentarse a debatir y revisar un tema tan importante como es el uso de sustancias, y más específicamente, el uso de tabaco y dispositivos electrónicos llamados vapeadores o cigarros electrónicos. El día 20 de febrero del año 2020, por decreto presidencial, se prohibió la importación de vapeadores y cigarros electrónicos, así como cartuchos, líquidos y demás accesorios para los dispositivos; a pesar de la existencia y crecimiento en la demanda y el uso de estos.

Y aunque pudiera parecer la mejor postura, ya que se pone de ejemplo el cuidado de los niños y los jóvenes para que no se acerquen a ellos, la realidad es que prohibir el uso de una sustancia tan normalizada como lo es la nicotina puede resultar contraproducente y generar mayores vulnerabilidades para las personas usuarias y la población en general.

Hoy les queremos contar sobre lo bueno, lo malo y lo complicado de las reformas a la ley del tabaco.

Lo bueno: nuevas restricciones a la publicidad

Las restricciones de publicidad tienen que ver con prohibir todo tipo de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación o difusión; incluye redes sociales, internet, cine, TV, radio o teatro. También quedan prohibidos los mensajes o eslogan que puedan incitar el consumo en competencias deportivas, abarca vehículos, uniformes, gorras o cascos, también los videojuegos y discos.

En lugar de imágenes o publicidad, ahora habrá una lista con la descripción de productos y precios en las tiendas, supermercados o tiendas de conveniencia. Se prohíbe el uso de logotipos o símbolos alusivos a cualquier marca tabacalera. Desde el Instituto RIA, estamos a favor de restringir la publicidad y desde nuestro trabajo en la regulación de cannabis, siempre abogamos por reducir la cantidad de publicidad a solo el 30% del empaque y otras medidas para no motivar el consumo. Lo mismo deberíamos hacer con el alcohol.

Lo malo: mayores restricciones a las zonas exclusivas de fumadores

Queda prohibido fumar en espacios de “concurrencia colectiva”, patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, hoteles, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares, además de paraderos de transporte. Espacios de trabajo, escuelas privadas o públicas de cualquier nivel y el transporte público también son considerados espacios libres de humo de tabaco, sin importar si están al aire libre o en espacios cerrados. Las zonas exclusivas para fumadores estarán separadas físicamente del resto y se deben de encontrar al menos a diez metros de distancia del lugar de congregación.

Esta restricción nos parece que perjudica la posibilidad de que personas fumadoras pueden convivir con otras personas en espacios de ocio, incluyendo estadios, festivales etc. Es válido querer proteger a las personas no fumadoras, pero nos parece bastante conservador, y tendrían que ofrecer alternativas y una estrategia integral, algo que ha negado hacer el gobierno. Nos preocupa que se puedan aplicar estas reformas de manera discrecional y discriminatoria hacía ciertas poblaciones que han sido vulneradas históricamente.

Lo complicado: ¿un futuro sin humo?

Se lee en casi todas tiendas de conveniencia, supermercados o tienditas de la esquina, y más que una propaganda, parece un slogan de una institución de salud o de medio ambiente. Las estrategias de marketing de las industrias tabacaleras parecen mucho más amigables y más preocupadas por la salud que el mismo gobierno, pues sólo ha dado la opción de prohibición y rechazo. Hay que tener en cuenta que muchas de las personas usuarias de vapeadores o cigarros electrónicos son usuarias de tabaco que están buscando una alternativa menos perjudicial para su salud, intentando reemplazar el hábito de fumar por el uso de vapeadores o algún tipo de cigarro electrónico. Si no fumas es mejor no vapear, pero si ya fumas y quieres reducir los riesgos, la evidencia demuestra que el vapeo puede ser una herramienta en el camino.

El presente normativo en el contexto nacional ha dificultado y vulnerado los derechos de las personas fumadoras, y se ha vuelto un camino complejo y cada vez más restrictivo que ha orillado a muchas y muchos usuarios a entrar o involucrarse en el mercado ilegal, cuando el único interés de por medio tiene que ver con su salud o la gestión del placer en sus plenas facultades del ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Reflexiones finales

El tema del uso de sustancias psicoactivas debe ser tratado desde un enfoque educativo, científico y libre de prejuicios o juicios morales, en donde se reconozca a la persona usuaria como sujeta de derechos y con la capacidad de tomar decisiones responsables. No tendríamos por qué diferenciar o etiquetar a una persona que hace uso irresponsable del azúcar a una persona que hace uso irresponsable de tabaco, metanfetamina o fármacos psiquiátricos, pues todas tienen una dificultad para enfrentar un comportamiento que perjudica su salud y debería ser atendida y tratada con intervenciones de salud.

El uso problemático de sustancias no diferencia si es legal o ilegal, si es natural o sintética, si es cara o barata, si es depresora o estimulante; las dependencias o usos problemáticos de sustancias tienen un trasfondo más complejo que debe abordarse desde la empatía, el respeto y la inclusión. Desde Instituto RIA compartimos nuestra postura de rechazo a la prohibición y legislación que atente contra la dignidad y la integridad de las personas que usan sustancias psicoactivas, hacemos un llamado a las autoridades y legisladoras para proponer y exigir estrategias, campañas de educación basadas en la evidencia y la realidad de las personas usuarias, además de reglamentaciones más apegadas a la realidad social, en un marco de justicia y ejercicio pleno de los derechos de todas las personas.

@InstitutoRIA