Joel Aguirre · 11 de agosto de 2026
La iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio abre una oportunidad importante para corregir las enormes deficiencias que existen en México para investigar y sancionar la muerte violenta de las mujeres. Contiene avances que deben reconocerse, y precisamente por eso importa escuchar ahora las advertencias que un grupo de feministas, especialistas y organizaciones ha puesto sobre la mesa antes de que la iniciativa avance.
Su posicionamiento no pide desechar la reforma ni desconoce sus avances. Hace algo mucho más útil: identifica los puntos que la debilitan y propone cómo corregirlos. La preocupación de fondo es que una ley creada para fortalecer la persecución del feminicidio termine conservando el delito en el papel mientras deja abiertas algunas de las rutas que durante años han contribuido a la impunidad.
No es una preocupación abstracta. México ya tuvo esta discusión. En 2020, el entonces fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, planteó eliminar el feminicidio como delito autónomo del Código Penal Federal, argumentando, entre otras razones, las dificultades para acreditar las razones de género. Feministas y legisladoras, incluidas integrantes de Morena, respondieron entonces que la incapacidad del Estado para investigar un delito no podía convertirse en argumento para desaparecerlo.
Seis años después nadie está proponiendo formalmente eliminar el feminicidio. Pero reaparece una pregunta que México debería haber superado: ¿qué hacemos cuando el Estado no puede, no sabe, no quiere o no cuenta con las herramientas necesarias para acreditar las razones de género en la muerte violenta de una mujer?
El feminicidio se incorporó al Código Penal Federal en 2012 después de años de lucha feminista. Nombrarlo importaba. Las palabras construyen realidades. Reconocer que determinadas muertes de mujeres no son simplemente homicidios permitió visibilizar patrones de violencia, relaciones de poder, antecedentes de maltrato y contextos de discriminación que durante décadas habían permanecido ocultos detrás de otras categorías penales.
Retomando el valor de las palabras, la propuesta de ley, como indican las expertas, “el nombre de la ley ya anuncia lo que falta”. No se mencionan las palabras “erradicar” ni “reparar”. Cito textualmente lo que señala: “El nombre de una ley delimita su ambición y orienta su interpretación y una ley que renuncia en su título a erradicar el feminicidio anuncia que se conformará con perseguirlo después de ocurrido”.
Una conquista jurídica, sin embargo, no necesita ser derogada para perder eficacia. Basta con conservar su nombre y debilitar las condiciones que permiten hacerla efectiva.
Este es uno de los principales señalamientos al proyecto. La iniciativa establece correctamente que toda muerte violenta de una mujer deberá investigarse inicialmente bajo la hipótesis de feminicidio, incluso cuando parezca suicidio o accidente. Sin embargo, mantiene que, cuando no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio. La posibilidad de reclasificar ya existe en el Código Penal Federal; precisamente por eso una nueva Ley General debería incorporar los controles que años de experiencia han demostrado necesarios.
Las organizaciones proponen que ninguna reclasificación pueda realizarse hasta agotar la investigación bajo la hipótesis de feminicidio; que la decisión esté fundada y motivada; que se notifique a las víctimas indirectas; que exista la posibilidad de impugnarla ante un juez y que cada reclasificación quede registrada. No son detalles técnicos: durante años, una de las rutas de la impunidad ha sido precisamente que investigaciones iniciadas como feminicidio terminen convertidas en homicidio, accidente o suicidio.
Hay otra contradicción. El análisis de contexto permite identificar antecedentes de violencia, relaciones de subordinación y asimetrías de poder indispensables para acreditar las razones de género. Sin embargo, la iniciativa establece que las autoridades deberán “valorar la realización” de ese análisis. Valorar hacerlo no significa hacerlo. Una ley que exige demostrar el contexto no puede dejar a discreción de quien investiga la decisión de analizarlo. Las garantías jurídicas existen precisamente para que los derechos no dependan de la buena voluntad, preparación, prejuicios, limitaciones, intereses o sensibilidad de quien aplica la ley.
El segundo gran problema son los recursos. La iniciativa exige unidades especializadas en la Fiscalía General y las 32 fiscalías estatales; ministerios públicos, policías y peritos especializados; guardias permanentes; capacitación; un registro nacional; un censo; un protocolo nacional homologado y nuevas responsabilidades de atención a víctimas, a niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad derivadas del feminicidio. Pero establece que todo deberá hacerse con los presupuestos ya aprobados y sin recursos adicionales. El análisis de impacto presupuestario señala además que no se crearán nuevas plazas ni unidades administrativas.
En políticas públicas, el amor y el compromiso se demuestran en el presupuesto.
No se pueden exigir nuevas capacidades institucionales y simultáneamente negar los recursos para construirlas. El riesgo es homologar el delito sin homologar las capacidades para investigarlo. Una fiscalía con personal, peritos y recursos podrá aproximarse al estándar de la ley; otra que ya trabaja en condiciones precarias seguirá haciendo más con lo mismo. Cambiar la ley sin cambiar las condiciones que producen la impunidad puede convertirse en otra versión del viejo gatopardismo mexicano: que todo cambie para que nada cambie.
Hay además otra contradicción que no puede ignorarse. La iniciativa propone campañas para reconocer la lucha de las madres de víctimas de feminicidio por la memoria, la verdad y la justicia, pero no garantiza su participación —ni la de organizaciones feministas, familiares, academia y especialistas independientes— en la comisión que tendrá responsabilidades importantes en la implementación de la ley. El posicionamiento lo resume en una frase difícil de mejorar: “Las madres sirven para la campaña, no para la mesa”.
No debería ser necesario recordar que muchas de las herramientas que hoy forman parte de la respuesta institucional frente al feminicidio existen precisamente porque madres, familiares y organizaciones se negaron durante décadas a aceptar las explicaciones de autoridades que clasificaban asesinatos como accidentes, suicidios o simples homicidios. Reconocerlas públicamente mientras se les excluye de los espacios donde se toman las decisiones reproduce una vieja práctica: celebrar su lucha sin compartir con ellas el poder de decidir.
La iniciativa contiene avances que deben preservarse: la imprescriptibilidad del feminicidio, la eliminación de excusas y atenuantes vinculadas con los celos, la ira, el honor o la provocación, la reparación transformadora, la entrega digna de los restos y la obligación de investigar inicialmente como feminicidio toda muerte violenta de una mujer. Precisamente porque esos avances importan, hay que corregir ahora aquello que puede debilitarlos.
La discusión, por tanto, no debería reducirse a estar a favor o en contra de la nueva ley. El tema de fondo es otro: si una reforma diseñada para proteger a las mujeres puede facilitar reclasificaciones sin controles suficientes, dejar a la discrecionalidad una herramienta fundamental para la investigación, crear obligaciones sin presupuesto y excluir de su implementación a quienes llevan décadas construyendo estas herramientas, ¿para quién se está legislando?
En 2020, frente a la propuesta de Gertz Manero, las feministas sostuvieron que las dificultades para investigar el feminicidio no justificaban desaparecerlo. Había que fortalecer las capacidades para investigarlo. Seis años después, México tiene la oportunidad de dar ese paso.
No necesitamos volver a discutir cómo salir del feminicidio cuando resulta difícil acreditarlo. Necesitamos garantizar que el Estado pueda investigarlo bien: cerrar la discrecionalidad, fortalecer los análisis de contexto, controlar las reclasificaciones, escuchar a las familias y dotar de recursos a las instituciones responsables de convertir una ley en justicia. Sobre todo, es necesario reabrir el diálogo con las feministas. Ha sido el diálogo abierto y la discusión lo que ha permitido los avances en materia de derechos de las mujeres a lo largo de los años. La exclusión no beneficia a nadie.
Una ley puede tener las mejores intenciones, pero el verdadero compromiso se demuestra en el presupuesto. Una política pública sin recursos difícilmente podrá transformar la realidad.♦
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