Mujeres divinas

blogeditor · 21 de marzo de 2011

Mujeres divinas

“…no queda otro camino que adorarlas” dice la popular canción de Vicente Fernández que muchos consideran romántica. Ver a la mujer como un objeto al que hay que “adorar”. Esto se complementa con el dicho popular “a las mujeres no hay que entenderlas, hay que quererlas”. Claro, ¿cómo para qué habría uno de prestarle atención a lo que una mujer piensa o dice? No, mejor una caricia, un beso, o una “nalgadita” como recomienda precisamente el retoño de “Chente”. El cancionero mexicano que proyecta la objetivización sexual de la mujer y la estereotipa en conceptos de belleza, ternura, dulzura, suavidad, amabilidad, delicadeza, pasividad sexual, sufrimiento, conformismo, victimismo, en fin, para los Luis Migueles & Co. las mujeres somos milagrosos y bellos seres que cuando dejamos de ser los pasivos y hermosos objetos de su amor, nos convertimos en brujas malditas capaces de inferir el peor de los sufrimientos “…me dijo le suplico compañero que no hable en mi presencia de las damas…”

Alejandro Fernández recientemente remató con esta cultura de la objetivización femenina y de encajonamiento en el rol madre-ama de casa al lanzar por twitter una felicitación por el día de la mujer, y no, no es porque “El Potrillo” hubiera querido reivindicarse de su canción que recomienda nalgadas con pencas de maguey, ni tampoco porque haya entendido que el 8 de marzo sirve para conmemorar las luchas por la igualdad de la mujer y recordarle al mundo la discriminación de que somos víctimas todavía, de los abusos que por el simple hecho de ser mujer sufrimos. No, Fernández jr. nos regaló una joya de la estereotipación de la mujer:

Cualquier cosa que le des a una mujer ella hará algo fabuloso. Dale un esperma y ella te dara un bebe. Dale una (cont) http://tl.gd/9641jfless than a minute ago via TwitLonger BetaAlejandro Fernandez
alexoficial

El “pensamiento” va así:

Cualquier cosa que se le da a una mujer, lo transformará en algo mucho más grande.

*Si le das esperma, te creará un hijo.
*Si le das una casa, te creará un hogar.
*Si le das alimentos, te creará una comida.
*Si le das una sonrisa, te dará el corazón.
Las mujeres multiplican y amplían cualquier cosa que se les de, por tanto, si le das cualquier porquería,…. estate preparado, porque…
seguro que recibirás un montón de cosas no deseadas.

 

Claro, ¿Para qué otra cosa servimos si no es para hacer hijos, cocinar, sonreir y mantener la casa cómoda para cuando llegue el marido, el proveedor? Lo peor, muchas mujeres dieron RT al comentario de Fernández (pueden verlo en el screenshot), todas encandiladas por su machismo hiper sexual, le respondían “¡Házme un hijo!”, posiblemente estas chicas estarían dispuestas a recibir unos castigos á la Fernández. No sé.

Seguramente muchos pensaron que este “twit” inspiró al Gobernador de Jalisco para que sigamos convirtiendo espermas en bebés, mientras nuestro cuerpo nos lo permita, y a la fuerza. Inscrito en esta dinámica de “hay que castigar a las cabronas”, el viernes se desató un rumor que acusaba a Emilio González Márquez de enviar una iniciativa a la legislatura local para “blindar a la familia” y obligar a las mujeres a pedir permiso a sus maridos para hacerse una salpingoclasia. Como dice el dicho “cría fama y échate a dormir” la prensa, algunos legisladores y montón de twiteros pusimos el grito en el cielo (ver una probadita aquí).

La realidad es que la iniciativa es buena, no dice en ningún lado que si una persona casada desea hacerse una salpingoclasia o una vasectomía deba tener el consentimiento expreso de su cónyuge.

Código Civil

Las modificaciones al Código Civil establecen que las obligaciones que derivan del matrimonio son compartidas, esto es se deciden de manera conjunta y no, por un cónyuge (el marido), como era antes, y no hace mucho por cierto. Durante el fin de semana leí unos furibundos twits que decían, “¡de igual forma ¿cómo decidir de manera conjunta el número de los hijos?, esto es un atentado contra la libertad reproductiva que es individual, vean el 4to!” Pues si y no.

Es verdad que el 4to constitucional establece que cada persona (y no cada pareja) tiene el derecho a decidir el número y el espaciamiento de los hijos, y esto es aplicable en la medida en que se obligue a alguien a tener hijos o a no tenerlos. Pero, si una persona decide unirse en matrimonio con otra, tiene derecho a compartirla, es decir, en un matrimonio la decisión de tener hijos debería ser compartida con el o la cónyuge, para que el contrato de matrimonio permanezca. Me explico.

Si alguien decide casarse, es evidente que está dispuesto a cumplir con las obligaciones que un contrato de matrimonio impone (hablo del civil), entre ellas está el de decidir de manera conjunta sobre diversas cuestiones relacionadas con los hijos y el patrimonio de la familia, esto no es nuevo, ni tampoco es una imposición conservadora. El matrimonio es un contrato y como tal conlleva una serie de obligaciones que los cónyuges irán moldeando a partir de sus intereses. Lo que hace el Código Civil es establecer normas que serán aplicables en caso de que los cónyuges no se pongan de acuerdo. Digamos si una pareja decide que será la mujer la que decida unilateralmente cuántos hijos y cuándo, está bien. El problema vendría cuando esto se hace sin el consentimiento de la otra parte y aquí es donde la norma pretende arreglar la situación diciendo que “es derecho de ambos decidirlo conjuntamente.” Es decir, las obligaciones derivadas del matrimonio son normas dispositivas (son aquellas de las que puede prescindirse su contenido por principio de autonomía de la voluntad), y si un cónyuge está de acuerdo con que la decisión sobre cuántos hijos y cuándo recaiga en el otro, está bien. Si no está de acuerdo, para eso está el divorcio. Sobre otras cuestiones como educación de los hijos y manejo del hogar, también deberán hacerlo de mutuo acuerdo, si no lo están, pueden concurrir ante un juez de lo familiar o divorciarse. Si los matrimonios se disolvieran automáticamente por incumplimiento de estas normas, habría muchos que a no existirían…

Ahora bien, el Código Civil ha ido siendo adecuado al principio de igualdad y se han modificado todas las normas que otorgaban una subordinación de la mujer hacia el marido. Recuerdo que cuando estudié, existía todavía para el caso de separación de los cónyuges, la institución del “depósito de mujer casada”, es decir, la mujer casada tenía que ser “depositada” en otro domicilio donde hubiera un hombre que se hiciera cargo de ella. También las obligaciones estaban divididas de acuerdo con los estereotipos del hombre-proveedor y la mujer-madre-ama de casa. Hoy el matrimonio no es sólo entre iguales, sino también entre personas del mismo sexo. El Código Civil del D.F. es muy claro “Los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio serán siempre iguales para los cónyuges e independientes de su aportación económica al sostenimiento del hogar.” La finalidad del matrimonio no es ya la procreación, sino realizar comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua (Artículo 146 del Código Civil del D.F.)

La realidad es que las modificaciones propuestas en Jalisco que dicen “decidirán de manera conjunta…” lo que hacen es equilibrar la relación matrimonial, y no como se quiere creer, limitar la libertad procreativa de las mujeres. Cuando una persona decide voluntariamente casarse, sabe que su libertad para decidir el número y espaciamiento de los hijos podrá verse limitada, no por imposición del marido o mujer, sino porque al unirse en matrimonio dos personas comparten su vida y varias decisiones que afectan a ambos, como lo son la procreación, la educación de los hijos, el sostenimiento del hogar y la familia, la economía, etc. Si una persona prefiere decidir individualmente sobre el número y el espaciamiento de sus hijos, sin tener que consultarlo con nadie, ¿para qué se une en matrimonio? Si no quiero tener que compartir ganancias con unos socios y consultarles cómo deberán ser repartidas y en qué deberán ser gastadas, pues mejor no me uno en sociedad con otros. -Me queda clarísimo que a pesar de lo que digan las normas, en muchas familias quienes toman éstas y otras decisiones son los hombres, no tocaré este tema, pero lo menciono para que no me digan ilusa. No creo que el Estado deba meterse a regular como lleva uno su matrimonio, sino simplemente proteger y garantizar derechos.-

El artículo 273 propuesto por el Gobernador de Jalisco establece que “Los cónyuges están obligados a contribuir al establecimiento de una comunidad íntima de vida en donde ambos encuentren respeto, ayuda, solidaridad y asistencia mutua. Los cónyuges tienen derecho a decidir conjuntamente, de manera informada y responsable, el número y espaciamiento de los hijos.”

Esa redacción no es muy diferente a la del artículo 162 del Código Civil del D.F.: “Los cónyuges están obligados a contribuir cada uno por su parte a los fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente. Los cónyuges tienen derecho a decidir de manera libre, informada y responsable el número y espaciamiento de sus hijos, así como emplear, en los términos que señala la ley, cualquier método de reproducción asistida, para lograr su propia descendencia. Este derecho será ejercido de común acuerdo por los cónyuges.“

Para eso es el matrimonio como contrato civil. Si no gusta, para eso hay la opción de no casarse. –No olvido los convencionalismos sociales, la imposición del matrimonio en ciertos casos, y la infamia que resulta en ciertos círculos sociales el ser madre soltera, pero no pretendo abarcar el mundo con esta nota.-

Ahora, esto no quiere decir de ninguna manera que se pueda imponer la maternidad o se pueda imponer la esterilización. No. De lo que habla el artículo es que primariamente y como obligación derivada del contrato de matrimonio, los cónyuges tienen derecho a tomar la decisión junto con su pareja. Si una persona es obligada a esterilizarse o abortar o a sufrir procedimientos de reproducción asistida, quien lo haga será sancionadas por la ley penal. Y así se pretende en Jalisco, como ahora explicaré.

Lo que debe quedar claro es que 1) la relación en el matrimonio es entre iguales; 2) del contrato matrimonial surgen obligaciones; 3) los cónyuges tienen derecho a tomar conjuntamente decisiones relacionadas con la procreación; 4) nadie puede imponerle a una mujer la maternidad, ni el/la cónyuge, mucho menos el Estado.

 

Código Penal

Ahora, por lo que hace a la norma que mayor escándalo causó, la del Código Penal, hay que comentar que se trata de una mala norma con buenas intenciones. El artículo 232 Bis correspondiente al capítulo X, sobre Esterilidad  Provocada y establece: “Comete el delito de esterilidad provocada quien, sin el consentimiento expreso de quien tenga legitimación para otorgarlo conforme a las disposiciones legales aplicables, practique procedimientos quirúrgicos que provoquen en una persona esterilidad. Este delito se sancionará con una pena de uno a seis años de prisión y de 40 a 120 jornadas de trabajo en favor de la comunidad, más la reparación del daño. y se perseguirá por querella.”

La reforma protege a las personas de ser esterilizadas sin su consentimiento, lo que es muy bueno y muy importante. Así como nadie puede imponerme ser fértil (que fue lo que se interpretó), nadie puede imponerme dejar de serlo. La norma propuesta dice claramente “provocada ” esto quiere decir que se trata de una esterilización sufrida, y no voluntaria. La conducta es que “alguien practique procedimientos que la provoquen, sin consentimiento expreso”, y no “que alguien voluntariamente la solicite”.

La esterilización forzada existe y es un crímen que debe ser castigado, y que se refiere no sólo a la posibilidad de la esterilización de mujeres como parte de una política de Estado, sino también como decisión por parte de médicos, trabajadores sociales, cónyuge o parientes que determinan, sin el consentimiento de uno, cerrar cualquier posibilidad de procreación.

En el D.F., se acaba de reformar el Código Penal para incluir este delito de esterilización forzada. La Gaceta Oficial del Distrito Federal publicó el viernes pasado (18 de marzo de 2011) las reformas en que se incluye un Artículo 151 Bis que diceA quien sin consentimiento de persona mayor de dieciocho años realice en ella un procedimiento de esterilización, se le impondrán de cuatro a siete años de prisión.”

La configuración del tipo penal del D.F. es mucho más afortunada que la de Jalisco, y es que esa redacción ambigüa y totalmente contraria al principio de tipicidad del derecho penal permite interpretaciones que podrían dar lugar a situaciones verdaderamente inquietates, pues no está claro quién tiene la legitimación para otorgar este consentimiento. De la lectura de la norma no queda claro que deba ser siempre y en todos los casos la persona en quien se realiza el procedimiento –debe ser únicamente la persona afectada y nadie más-, como sucede con la norma del D.F. Quiero pensar que el “quien tenga legitimación” prevé casos en que la persona que sufre la esterilización, no pueda decidir por si misma ya sea por incapacidad o por estar inconsciente (por ejemplo, una mujer que siendo intervenida quirúrjicamente debe ser sometida a una histerectomía de emergencia) y que en este caso decidirá quien pueda hacerlo en términos legales (los padres o tutores, el cónyuge, en fin).

El problema es que podría darse el caso de que, –y entiendo esto fue lo que le pasó por la mente a los diputados jalisciences–, el artículo se interprete de acuerdo con el artículo 273 del Código Civil de Jalisco y esto permita que el o la cónyuge decida sobre la esterilización, claro eso en casos muy específicos cuando falte el consentimiento del afectado o afectada. Pero en todo caso estamos ante un supuesto totalmente contrario a lo que se asumió por los diputados jalisciences, la prensa y los twiteros, aquí la cuestión no es que tenga que “pedir permiso”, sino que por una mala redacción, podrían esterilizar personas sin su consentimiento pero con el de “quien tenga legitimación conforme a la ley”.

Por eso cuando se trata del diseño de nuevos tipos penales, se debe ser muy muy cuidadoso, no son enchiladas. El diseño equivocado de normas penales lleva a la impunidad, efecto exactamente contrario al que se desea cuando se legisla.

 

Para concluir y preparar una introducción a mi nota próxima:

El día 8 de marzo no es un pre-10 de mayo, ni una probadita de lo que se siente ser mamá para las mujeres que no lo son. El 8 de marzo nos recuerda precisamente cómo la estereotipación y la discriminación de las mujeres lleva a la negación de su autonomía, en este caso de su derecho a la salud o a que éste dependa de otros, como si la mujer fuera propiedad de su marido, de su padre o de su hermano, hombres, que según su rol en sociedades conservadoras, “si saben lo que hacen y no son tan débiles y sentimentales.” Esta estereotipación de la mujer como instrumento de procreación y puramente sexual,  aleja de la comprensión de la mujer como persona con identidad individual, la jerarquiza con respecto de otros y en consecuencia, la discrimina. Precisamente una de las formas de perpetuación de estos estereotipos son las leyes y las políticas. En la medida en que el Estado nos siga obligando a desempeñar ese rol de mujer- esposa- madre- ama de casa, la lucha por la igualdad de la mujer será en vano, pues por más que socialmente se quiera cambiar, siempre estarán las normas jurídicas para obligarnos a desempeñar ese “maravilloso rol que la naturaleza nos tenía preparado.” (Acá una nota mía sobre estereotipos)

Afortunadamente, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos ya se ha pronunciado contra esta estereotipación normativa de la mujer-esposa. En el caso Morales de Sierra v. Guatemala, la Comisión encontró como discriminatoria legislación que estableciera que las mujeres casadas deben desempeñar roles de madres y amas de casa y que no pueden realizar otras actividades que lastimen esas “obligaciones”.

Para algunos, las mujeres nacimos para convertir, como hadas madrinas, espermas en bebés, casas en hogares y alimentos en comidas, si alguien así lo cree, está en su derecho; el problema es que haga uso de su posición política y quiera imponerlo a las demás.

Afortunadamente esta iniciativa jaliscience no va por ahí, es un alivio después de las barbaridades que dice y hace el Gobernador de los “asquitos”.

Mujeres Divinas / Vicente Fernández

Dos estrofas de la Canción Unas Nalgadas de Alejandro Fernandez

Unas nalgadas con pencas de nopal
una lección es la que te mereces
me hiciste daño
se que me hiciste mal
sacaste el cobre y los negros intereses

Unos rasguños con espina de maguey
hoy se me antoja jugar gato en tus cachetes
me hacías cajito y luego me ‘hicites’ guey
ya te veré empeñando los aretes.