Mesas directivas de casilla: fuente de confianza y credibilidad en las elecciones

Redacción Animal Político · 27 de septiembre de 2023

Después de muchos años de que la organización y celebración de las elecciones federales fuera una función del gobierno a cargo del Poder Ejecutivo Federal, encomienda que cumplía por conducto de la Comisión Federal Electoral presidida por el Secretario de Gobernación en nombre del presidente de la República, esta actividad fundamental de la democracia se transformó con la reforma constitucional de 1990, en función del Estado, ejercida por el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo Federal, con la participación de los partidos políticos y la ciudadanía.

Para llevar a cabo esta función estatal se creó en ese año y con el carácter de autoridad el Instituto Federal Electoral (IFE) –Instituto Nacional Electoral (INE) a partir de 2014- como órgano descentralizado con autonomía constitucional. No forma parte de alguno de los tres poderes federales (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), autoridad que es y debe ser profesional en toda su actuación, la cual está regida por los principios constitucionales de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad.

En los Estados de la República y en el Distrito Federal, ahora Ciudad de México, existen institutos electorales locales, competentes para organizar, celebrar y calificar las elecciones locales, municipales y de demarcación territorial.

Sin embargo, para la celebración de elecciones libres y auténticas a fin de renovar periódicamente al depositario de la presidencia de la República, las diputaciones federales y senadurías, elecciones sustentadas en el voto libre, secreto, directo, universal, personalísimo, intransmisible, igual e individual de la ciudadanía, tiene trascendencia fundamental la intervención de las mesas directivas de casilla, efímeros órganos de autoridad electoral ciudadana, que no forman parte de la estructura orgánica del INE -su existencia y actuación temporal ordinaria es menor a veinticuatro horas- pero su funcionamiento tiene especial trascendencia para la existencia y eficacia del sistema democrático nacional; ahora, para la ciudadanía, son fuente incuestionable de confianza y credibilidad en las elecciones.

Para recibir los votos de la ciudadanía, en cada sección electoral se instalan mesas directivas de casilla. La sección electoral es la porción territorial más pequeña en que se divide cada uno de los 300 distritos electorales uninominales en que se distribuye la población y el territorio nacional, para elegir a un total de 300 diputados de mayoría relativa. Por cada sección, que debe tener un mínimo de cien y máximo de 3 mil ciudadanos, se elabora una lista nominal de electores (LNE). En cada mesa directiva de casilla pueden votar hasta 750 ciudadanos.

Una mesa directiva de casilla se integra con un presidente, un secretario, dos escrutadores y tres suplentes generales para las elecciones federales; en caso de que se celebren al mismo tiempo elecciones locales y municipales se designa otro secretario y un escrutador más. A ésta se le identifica como mesa directiva de casilla única.

Para ser funcionaria de una mesa directiva de casilla la persona requiere ser ciudadana mexicana por nacimiento, saber leer y escribir, menor de 70 años de edad al día de la jornada electoral, no ser servidora pública de confianza con mando superior, no tener cargo de dirección partidista de cualquier nivel, estar inscrita en el padrón federal electoral, en pleno ejercicio de sus derechos políticos, tener credencial para votar, modo honesto de vivir, haber participado y aprobado los correspondientes cursos de capacitación electoral, con el requisito insalvable de vivir en la sección electoral donde se ha de instalar la MDC de la que forme parte.

El día de la jornada electoral, quienes integran una mesa directiva de casilla se deben presentar a las siete de la mañana con 30 minutos, para llevar a cabo los actos de instalación de ese órgano de autoridad electoral, iniciar la recepción de la votación a partir de las ocho de la mañana, para concluir esta etapa a las seis de la tarde, a menos que haya ciudadanos esperando votar, siempre que se hubieran presentado a la casilla incluso hasta esa hora, seis de la tarde.

La principal responsabilidad de la mesa directiva de casilla, durante la jornada electoral, consiste en respetar y hacer respetar el derecho de toda la ciudadanía de votar de manera libre, personal, individual y en secreto, bajo el principio de que nadie puede votar válidamente dos o más veces para la misma elección, un ciudadano un voto, siempre que cumpla los requisitos de tener credencial vigente para votar y estar inscrito en la lista nominal de electores de su domicilio. Si falta alguno de estos dos requisitos o ambos, sólo podrá votar quien demuestre, con la copia certificada de la sentencia correspondiente, que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le ha reconocido el derecho de votar en esas circunstancias jurídicas.

Concluida la jornada electoral, los integrantes de la mesa directiva de casilla deben llevar a cabo, en el mismo lugar, el escrutinio y cómputo de la votación, separando los votos nulos de los votos válidos, ordenando estos por partido político, coalición o candidato, computando por separado los votos emitidos para candidatos no registrados, además de inutilizar las boletas sobrantes, no utilizadas.

En el transcurso de todas sus actividades, los funcionarios de la mesa directiva de casilla deben elaborar las actas previstas en la ley, con los requisitos legalmente establecidos. Finalmente, para garantizar la inviolabilidad de la documentación oficial, deben integrar un paquete electoral, en cuya envoltura firmarán los funcionarios de casilla y los representantes de partido y de candidato que quisieren hacerlo, para concluir con la clausura de la casilla y la entrega del paquete electoral al respectivo Consejo Distrital del INE, bajo la estricta responsabilidad del presidente de la mesa directiva de casilla.

* Flavio Galván Rivera es profesor-investigador en la Escuela Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y profesor de carrera por concurso de oposición en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.