blogeditor · 23 de julio de 2020
Durante los últimos años, la primera infancia ha ido cobrando mayor espacio y relevancia de manera paulatina en el debate y agenda públicos del país. Sin embargo, todavía se advierten grandes obstáculos e importantes retos para avanzar hacia la consolidación de ser considerada como una prioridad nacional, en donde converjan de manera armónica, robustas políticas públicas enfocadas al desarrollo infantil temprano y presupuestos suficientes para ejecutarlas de manera adecuada y que beneficien al mayor número de niñas y niños menores de 6 años.
Ante la irrupción de la pandemia y las aciagas consecuencias en materia sanitaria, económica y social, se ha comenzado a visibilizar los eventuales efectos perniciosos directos e indirectos que tendrán en el desarrollo y bienestar de millones de niñas y niños en el corto, mediano y largo plazo. Sobre todo, considerando que previo a la pandemia, históricamente se recrean profundas brechas y desigualdades que limitan seriamente el pleno ejercicio de los derechos de la primera infancia, y que ahora con los efectos de la pandemia se agravaran los problemas que padecen y que incluso pondrá en riesgo algunos avances observados, haciendo de niñas y niños los más vulnerables en el actual contexto.
Sin embargo, es necesario admitir que existe una preponderancia de identificar los problemas asociados a la primera infancia desde una visión Adultocéntrica y Estadocéntrica. La literatura especializada en políticas públicas, prescribe la relevancia de contar con suficiente información y evidencia técnica para su diseño, pero al mismo tiempo que deben ser un espacio de dialogo y conversación continua con sus destinatarios.
En este sentido, la participación de la infancia no solo es un elemento deseable que deben incorporar las políticas públicas, sino que de manera preponderante es un derecho que promueve la realización de todos sus derechos y les prepara para desempeñar una función activa en la sociedad, además de estar reconocido en diversas disposiciones del marco jurídico nacional e internacional, como es la propia Constitución al establecer que niñas y niños son titulares de derechos, incluido por supuesto este derecho. Por su parte, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que tienen derecho a ser escuchados y tomados en cuenta en los asuntos de su interés, conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.
Adicionalmente, la Convención sobre los Derechos del Niño, instituye como uno de sus principios generales que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afectan, así como a ser escuchados y tomados en cuenta.1 Por su parte, la Observación General No. 12 del Comité de los Derechos del Niño, entre otras cosas impulsa a los Estados parte para alentar que los niños se formen una opinión libre y ofrecer un entorno que les permita ejercer su derecho a ser escuchado, al tiempo de reconocer que sus expresiones aportan perspectivas y experiencias útiles que deben considerarse al adoptar decisiones públicas.2
Pese a que es explícita la obligación por parte del Estado para garantizar en la infancia el derecho a la participación, todavía está lejos la capacidad de escuchar y considerar la voz de niñas y niños en el proceso de diseño y ejecución de las políticas públicas dirigidas a su atención, por lo que actualmente priva el silencio y en el mejor de los casos tan sólo débiles susurros de la primera infancia respecto a sus inquietudes y temores, pero también sobre sus esperanzas y sueños.
En este sentido, resulta muy pertinente un estudio pionero en nuestro país, realizado por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, que permite acercarnos directamente a conocer como están viviendo la covidianidad la infancia y adolescencia en nuestro país, desde su propia voz y experiencia. Entre los hallazgos más relevantes se encuentra que su mayor preocupación tanto a nivel nacional (9 de cada 10) como en la Ciudad de México (85%) es que algún miembro de su familia se enferme o se muera por COVID-19. También inquieta que falte mucho tiempo para regresar a la escuela, así como la pérdida del trabajo de las personas adultas que les rodean.3
El reto siguiente es incorporar efectivamente la voz y el sentir de las niñas y niños en las acciones gubernamentales. Sin embargo, el gasto público orientado a garantizar el derecho a la participación en la primera infancia ha decrecido en los últimos años. Al revisar la evolución de los recursos públicos en el periodo del 2018 al 2020, se identifica que tan solo representa el 0.01% del total de los recursos públicos orientados a la primera infancia, además de observarse una reducción del 35%, al pasar de 12 millones a sólo 8 millones, lo que refleja la limitada responsabilidad del Estado para garantizar este derecho, a través de la creación de espacios y modalidades de participación en los procesos de decisión y ejecución de las políticas de primera infancia.4
Por ello, es necesario transformar los susurros de la niñez en voces fuertes, en gritos si es necesario, que se escuche en todos los rincones del país, que es lo que opinan desde su propia voz. Además, es imprescindible erradicar la existencia de prácticas y barreras políticas, económicas y culturales que obstaculizan la realización de este derecho, como es la simulación, manipulación o no emplear sus opiniones en el ciclo de políticas públicas. Ello implica que el Estado debe realizar su máximo esfuerzo por garantizar que los niños expresen sus opiniones en los procesos que directa o indirectamente los afectan. De otra manera habrá que responsabilizarse por la calidad de ciudadanía que estamos construyendo.
#La NiñezImporta
* Alberto Sotomayor, Coordinación Pacto por la Primera Infancia (@Pacto1aInfancia).
1 Convención sobre los Derechos del Niño. UNICEF, 20 de noviembre de 1989. Disponible acá.
2 Cfr. Observación General No. 12. El derecho del niño a ser escuchado. Comité de los Derechos del Niño, 2009. Disponible acá.
3 Cfr. “Consulta #InfanciasEncerradas. Consulta a niñas, niños y adolescentes”. Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México. Disponible acá.
4 Con base en la información desagregada del Anexo Transversal donde concurren programas presupuestarios cuyos recursos son destinados a la provisión de bienes y servicios públicos vinculados con la atención de niñas, niños y adolescentes, conocido como Anexo 18, correspondiente a los presupuestos de egresos de la federación de los ejercicios 2018,2019 y 2020.