Lineamientos sobre aborto: una actualización necesaria

blogeditor · 5 de diciembre de 2022

Lineamientos sobre aborto: una actualización necesaria

En junio de 2021, el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNEGySR) emitió el Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México, en sintonía con la determinación por parte de la Secretaría de Salud federal de reconocer al aborto seguro como uno de los seis componentes que conformarían el Programa de Acción Específico (PAE) en materia de salud sexual y reproductiva para el período 2020-2024.

El Lineamiento Técnico en materia de aborto fue —en ese momento— un documento inédito y una decisión sin precedentes: por primera vez, desde la administración pública federal se reconocía al aborto como una prioridad de salud pública en la agenda nacional. Sin embargo —y de manera imprevisible— el documento quedó desactualizado en cuestión de días y felizmente comenzó a perder vigencia muy pronto.

Felizmente porque —desde finales de junio al día de hoy— mucho han cambiado tanto el panorama como el paradigma en materia de aborto en México, y que el Lineamiento Técnico necesitase urgentemente una actualización no es sino una clara señal de cómo se ha ido elevando el estándar nacional en materia de derechos reproductivos de las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas con capacidad de gestar.

Mucho ha cambiado el panorama en materia de aborto porque en junio de 2021 —cuando se publicó la primera edición del Lineamiento Técnico—, tan solo se podían mencionar a la Ciudad de México y a Oaxaca como las únicas dos entidades federativas en donde el aborto había sido despenalizado durante las primeras 12 semanas. En los treinta estados restantes, más el Código Penal Federal, el aborto seguía siendo un delito que se sancionaba  excepto en ciertos escenarios.

Ahora, en diciembre de 2022, 11 de los 33 códigos penales vigentes en todo el país —uno por cada entidad federativa, más el Código Penal Federal— han sido reformados para despenalizar el aborto voluntario. Dicho de otra manera, en uno de cada tres códigos penales vigentes, el aborto ha dejado de ser un delito —cuando menos durante un período de tiempo—, y allá donde aún se criminaliza se ha comenzado a discutir con mayor seriedad y firmeza.

Mucho ha cambiado el paradigma en materia de aborto porque, hasta junio de 2021, el referente nacional y regional había sido el modelo legislativo y de política pública adoptado por la Ciudad de México en 2007, el cual convirtió a la capital del país en una suerte de oasis para el ejercicio y garantía de los derechos reproductivos de las mujeres durante 12 años, hasta que Oaxaca siguió sus pasos en octubre de 2019 adoptando un modelo legislativo muy similar. El Lineamiento Técnico del CNEGySR de junio de 2021 se construyó en gran medida bajo ese mismo modelo.

Sin embargo, en los últimos 16 meses fueron sucediendo una serie de acontecimientos de gran relevancia en materia de aborto que han transformado —y lo siguen haciendo— el modelo adoptado en la CDMX hace 15 años: la Corte Constitucional de Colombia tomó una decisión histórica en febrero pasado al dejar de considerar el aborto voluntario como un delito si se practica antes de la semana 24 de gestación y, en México,  además de que ya son diez las entidades federativas en las que se ha despenalizado el aborto por la vía legislativa (más Coahuila, por la vía judicial), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha resuelto diferentes acciones de inconstitucionalidad y amparos en revisión directamente relacionados con el aborto, ampliando y fortaleciendo la jurisprudencia previamente emitida para terminar de reconocerle como un asunto de derechos humanos de las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas con capacidad de gestar.

Además, en marzo de 2022, la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó una actualización de su documento Directrices sobre la atención para el aborto, a partir de las cuales la máxima autoridad sanitaria internacional comenzó a recomendar firmemente a los estados abandonar el uso del derecho penal para determinar quién, cuándo y en cuáles circunstancias se puede acceder a un aborto legal y seguro. En este tenor, el Congreso del Estado de Guerrero dio un primer e histórico paso en mayo pasado al decidir la derogación del delito de aborto voluntario para las personas que abortan, sin límite de semanas.

Así, el Lineamiento Técnico del CNEGySR publicado los primeros días de junio de 2021 comenzó a perder actualidad y vigencia para finales del mismo mes, cuando Hidalgo —en sesión del Congreso del 30 de junio de 2021— se convirtió en la tercera entidad federativa en despenalizar el aborto durante las primeras 12 semanas. La actualización del documento por parte del Centro se convirtió en un imperativo.

El pasado 18 de octubre fue presentada la segunda edición (2022) del Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México. Es fácil reconocer en el nuevo documento el esfuerzo realizado por la autoridad sanitaria nacional —de la mano de organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil y expertas independientes como la Dra. Raffaela Schiavon —, en incorporar y adoptar en la nueva versión los datos, jurisprudencia y recomendaciones que han elevado el estándar en materia de aborto seguro.

De manera destacada, es de resaltar cómo en el nuevo Lineamiento Técnico se ha reconocido al aborto autogestionado como una intervención de salud segura y efectiva —en sintonía con las recientes recomendaciones de la OMS—, con lo cual se avanza en el reconocimiento al trabajo de las colectivas de acompañamiento de aborto, o cómo se eliminaron las referencias a la anterior regulación en materia de objeción de conciencia, que la SCJN determinó como inconstitucional en septiembre del año pasado. Es notable, también, cómo ahora se ha incorporado textualmente el principio de “autonomía reproductiva” y, en contraparte, cómo se ha diluido el otrora papel preponderante que se le daba a la regulación del aborto desde el derecho penal.

Desde GIRE celebramos la actualización del Lineamiento Técnico, al tiempo que reconocemos el esfuerzo en tratar de adoptar el más alto estándar posible en materia de aborto seguro. El documento se convierte —nuevamente— en una referencia importante para todas aquellas autoridades e instituciones que prestan servicios de atención médica a la población que tengan la determinación de garantizar el ejercicio de los derechos reproductivos de mujeres, niñas, adolescentes y otras personas con capacidad de gestar.

* Francisco Cué (@PacoCue) es Oficial de Incidencia Política en GIRE.