blogeditor · 18 de junio de 2014
En pleno mundial de fútbol merece tener presente que, gane o no la selección mexicana el partido en turno (y más allá de la alegría colectiva que eso represente), las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión siguen su curso y operación. No es la excepción con las relacionadas con el sistema político que están en vigor y muestran algunos detalles a resaltar.
La Ley General de Partidos Políticos entró en vigencia a finales de mayo (aquí el texto), así como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. En puerta las elecciones intermedias de 2015 y que tocan diecisiete procesos locales, lo primero a tener presente es que la primera semana de octubre de 2014 empezarán los procesos electorales federales y locales que tengan lugar en junio de 2015. Para mayor detalle de lo que se elegirá en 2015, consultar aquí.
[contextly_sidebar id=”5b42994279043f7da617b7eab0dcf866″]La ciudadanización de las candidaturas así como de las propuestas de iniciativas de ley entran ya en operación a partir de la vigencia de la reforma constitucional político electoral y de candidaturas independientes en cargos de elección locales. ¿Cuáles son los cambios básicos y requisitos en la operación de partidos políticos y candidaturas independientes?
Al revisar el nuevo marco legal, aunque falta por emitirse la legislación en transparencia, las adecuaciones en constituciones y leyes locales, los cambios en candidaturas, organización de partidos y reelección, operan desde ahora y aplican para las elecciones de 2015. Presentamos algunos elementos básicos.
Hay una cifra que merece especial atención: para registrar una candidatura ciudadana a la presidencia de la República se requiere presentar 3.4 veces más firmas que el mínimo de militantes que debe tener un partido político nacional nuevo para no perder su registro. Bien puede considerarse la figura de candidato independiente, pero con un grado de requisitos mayor a los que se requieren a un partido político. ¿Esto en qué medida enriquece a la democracia?
Distribución de diputaciones
Transparencia
Aunque esté por emitirse la ley general en la materia, la Ley General de Partidos Políticos ya establece algunas disposiciones:
Organización
Candidaturas independientes
Iniciativa ciudadana
La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos también presenta reformas relacionadas a la presentación de iniciativas ciudadanas que busquen reformas de ley. Como requisito mínimo deben ser firmadas por el 0.13 por ciento de la lista nominal de electores, lo cual equivale a más de 103 mil firmas. Esto representa que para que una iniciativa ciudadana pueda ser tal y considerada por los legisladores, debe contar con las firmas equivalentes al 44 por ciento de la militancia que por ley debe tener un partido político nuevo a nivel nacional.
Cabe agregar que el trámite de iniciativa ciudadana no lleva ninguna diferencia al de cualquier otra iniciativa. Puede ser aprobada o no y no corre con tiempos definidos o preferentes.
Ojos en el camino
La nueva legislación político electoral dibuja un énfasis diferente en la necesidad pública de monitorear puntualmente la gestión de los representantes y no sólo la forma en que estos obtienen una representación. El precedente que por décadas ha estado en México de estar atentos a las campañas y a la jornada electoral con mayor énfasis que la gestión misma, debe cambiar.
Con mayores estándares de transparencia (aún insuficientes), ciudadanización de candidaturas y posibilidad de reelección legislativa y ayuntamientos, los retos no son sólo para las instituciones que deben estar listas para responder a los requerimientos legales. Los retos están claramente también para los medios de comunicación que deben estar a la par de especializados, profesionales, objetivos, en observar cómo se desempeñan políticos, partidos, personajes públicos e instituciones.
Cada vez hay más periodismo de datos en México pero aún falta una enorme brecha por construir. El tiempo apremia en democracia.