Leidy y Alexa: una oportunidad para poner límites al fuero militar

Joel Aguirre · 22 de septiembre de 2026

Leidy y Alexa: una oportunidad para poner límites al fuero militar

El pasado 21 de septiembre en Sinaloa se conmemoró el Día Internacional de la Paz, donde autoridades locales reconocieron la situación de violencia en el estado y se aseguró que, con apoyo del gobierno federal y las Fuerzas Armadas, se buscaría recuperar la tranquilidad. Mientras la sociedad civil en Sinaloa llama a pasar del miedo a la acción, en el discurso federal se atribuye la violencia a una agenda extranjera. En ese mismo sentido, se busca desviar la atención de los efectos que ha tenido la violencia y una respuesta enfocada en el despliegue de fuerzas castrenses en las tareas de seguridad en el país, incluso ahí donde la situación clama por su presencia.

Un ejemplo de ello es la ejecución arbitraria de las niñas Leidy y Alexa, de 7 y 11 años de edad, cometida en mayo de 2025 por elementos del Ejército mexicano en Sinaloa. En los hechos, los militares abrieron fuego indiscriminado contra la camioneta donde viajaban las pequeñas rumbo a su escuela. También resultaron lesionados otros integrantes de la familia, incluidos una niña de 14 y un niño de 11 años. Este suceso conmovió a todo el país y mostró los riesgos a los que están expuestas niñas y niños, y la población en general, debido al amplio despliegue militar que continúa sin contar con controles civiles adecuados.

La falta de controles civiles sobre las Fuerzas Armadas también se evidencia en la actuación de la justicia militar en el caso. En contra de los estándares internacionales y la misma Constitución mexicana, inmediatamente después de los hechos, la Fiscalía de Justicia Militar (FGJM) inició una investigación y realizó diversas diligencias como primer respondiente. La carpeta de investigación militar inicialmente fue abierta por homicidio y lesiones y, posteriormente, fue judicializada por el delito de desobediencia en actos de servicio. Militares investigando el homicidio de dos niñas, pese a que estos hechos debían ser investigados desde el inicio por la justicia civil, a fin de garantizar imparcialidad a las víctimas.

Una investigación militar con impactos

Si bien después de los hechos se inició una carpeta en la Fiscalía General de la República (FGR), que derivó —casi un año después de los hechos— en la vinculación de 13 elementos del Ejército, el desarrollo de la investigación militar ha tenido impactos en el caso hasta hoy, ya que las autoridades castrenses tuvieron control inicial de la escena, resguardaron indicios que no han sido entregados a las autoridades ministeriales civiles y no se ha investigado adecuadamente a los mandos presentes en los hechos.

Por ello, en agosto de 2025, al conocer de la existencia de la investigación militar, la familia de las niñas —acompañada por el Centro Prodh— interpuso el amparo 914/2025, impugnando la inconstitucionalidad de la normativa —el artículo 37 del Código de Justicia Militar— que permite que la jurisdicción militar mantenga abierta de manera paralela una investigación por delitos de disciplina militar, relacionada con violaciones a derechos humanos cometidas en contra de personas civiles —en este caso, el homicidio de ambas niñas—, así como las afectaciones que esa indagatoria ha generado en su acceso a la justicia. 

La relevancia del asunto es tal que el juzgado a cargo del asunto intentó remitir el amparo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); sin embargo, el Máximo Tribunal desechó la solicitud de atracción al carecer de atribuciones para conocer juicios de primera instancia. De igual forma, por su relevancia, el relator especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales de Naciones Unidas se pronunció sobre el caso y reiteró al Estado que estos eventos deben de ser investigados exclusivamente en la jurisdicción ordinaria, a lo que México replicó reconociendo que existen investigaciones paralelas —a decir del Estado— por hechos relacionados con la disciplina militar.

La actuación de la justicia militar en el caso de Leidy y Alexa no es un hecho aislado. Forma parte de su actuar desde hace muchos años, señalado incluso en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Por ejemplo, en el caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla; en el de tortura sexual contra Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú; el de tortura de los Campesinos Ecologistas; así como la desaparición forzada de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado y Rocío Irene Alvarado Reyes, donde se condenó la extensión del fuero militar, estableciendo que todos esos actos de violaciones a derechos humanos debían ser investigados y juzgados por autoridades civiles. 

La jurisdicción militar continúa abriendo investigaciones paralelas

En los primeros casos, el tribunal ya había condenado al Estado por la necesidad de armonizar el artículo 57 Código de Justicia Militar para excluir de la competencia del fuero militar en casos de violaciones a derechos humanos. A pesar de una reforma relevante alcanzada gracias a las víctimas en 2014, en casos como el presente, la jurisdicción militar continúa abriendo investigaciones paralelas, lo que ya ha llevado a expresar preocupación por la propia Corte IDH.

Esa larga lucha de las víctimas de violaciones graves a derechos humanos contra la impunidad castrense enfrentó obstáculos en la arena nacional, cuando los juzgados en México cerraron las puertas para impugnar la indebida extensión de la jurisdicción militar en estos casos, por lo que las víctimas debieron ir a instancias internacionales. Hoy las restricciones introducidas a la Ley de Amparo respecto de los efectos de las sentencias plantean nuevos desafíos y pueden hacer aún más difícil esta búsqueda de justicia.

En este contexto, la inminente resolución a cargo del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Sinaloa, después de una audiencia constitucional prevista esta semana, cobra mayor relevancia. El Poder Judicial tiene la oportunidad de reafirmar los límites constitucionales y convencionales del fuero militar y fungir como un real contrapeso al Poder Militar en un contexto en el que las Fuerzas Armadas continúan expandiendo sus funciones en diversos espacios de la vida pública del país. Más aún, puede contribuir a que una familia que ha visto su vida afectada de manera irreparable pueda acercarse a la justicia. Una decisión que, además, puede sentar un precedente relevante para otras personas y familias que enfrentan situaciones similares. 

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