Redacción Animal Político · 19 de septiembre de 2023
Durante mi trabajo en La Cana he escuchado en más de una ocasión casos en los que mujeres fueron encontradas culpables por defenderse, al ser víctimas de una agresión por parte de sus parejas. Al escuchar cómo relatan sus historias se percibe una mezcla de tristeza, frustración y, sobre todo, miedo que experimentaron en ese momento. Estos sentimientos las llevaron a actuar de una u otra manera, pero siempre con un objetivo claro: sobrevivir.
Según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) realizada por el INEGI en 2021, el 39.9 % de las mujeres ha sufrido violencia en alguna etapa de su relación actual o anterior. 1 De acuerdo con esta encuesta, las mujeres experimentan más violencia en el ámbito de las relaciones de pareja que en el trabajo, la escuela o el entorno familiar. 2 Es en las relaciones sentimentales donde las mujeres se encuentran más vulnerables y propensas a sufrir algún tipo de violencia.
A pesar del elevado porcentaje de mujeres que enfrentan violencia, la mayoría de ellas no busca apoyo ni se atreve a presentar denuncias o quejas al respecto. Es alarmante que, según la ENDIREH, el 22.2 % de las mujeres no haya denunciado ni buscado ayuda debido al temor a las posibles consecuencias. La ausencia de medidas efectivas para garantizar justicia y protección a mujeres víctimas de violencia debería ser motivo de reflexión para las autoridades.
Muchas mujeres se ven forzadas a defenderse por sí mismas, enfrentando graves consecuencias que incluyen el riesgo de ser encarceladas, como resultado de la falta de un enfoque con perspectiva de género en el sistema de justicia. La realidad es que la legislación actual tampoco brinda un respaldo adecuado a las mujeres. Muchas son juzgadas y encontradas culpables de delitos por “exceso en la legítima defensa”, es decir, por defenderse de manera que causan más daño del que están recibiendo o porque su respuesta defensiva no se considera razonablemente necesaria.
La legislación actual plantea un dilema: ¿dónde se traza la línea entre la legítima defensa y el exceso en la misma, y quién o qué establece este límite? Además, es crucial considerar qué habría sucedido si la persona no se hubiera defendido en una situación de peligro. Ante la problemática de la violencia de género en nuestro país, es fundamental que se establezcan reglas claras que brinden protección efectiva a las mujeres frente a sus agresores.
En este contexto, el Congreso de Baja California aprobó la denominada Ley Alina, nombrada en honor a Alina Narciso, una expolicía municipal de Tijuana. Alina se convirtió en víctima de un intento de homicidio perpetrado por su pareja sentimental, y en un acto de defensa propia, logró desarmarlo y disparar en su contra. Este incidente resultó en una condena inicial de 45 años de prisión para Alina; no obstante, la sentencia del Juez de primera instancia fue posteriormente revocada, reconociendo que Alina había actuado en legítima defensa.
Mediante una reforma que modifica diversos artículos al Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California, el congreso local aprobó ampliar las situaciones en las que se puede presumir legítima defensa, especialmente en casos donde una mujer haya sido víctima o esté en peligro de serlo debido a violencia física, psicológica, sexual o feminicida, y repela una agresión, incluso si se excede en la respuesta. 3
Además, se establece una importante obligación para las autoridades: actuar con perspectiva de género en los casos de legítima defensa. Se introduce un criterio que no considera exceso de legítima defensa cuando la persona agredida experimenta miedo, terror o confusión que afecta su capacidad de respuesta.
La Ley Alina es, sin duda, un punto de partida para establecer un marco legal que proteja a las mujeres que actúen en legítima defensa al ser víctimas de violencia. Sin embargo, es esencial que esta reforma inspire y motive a otras entidades federativas a tomar medidas similares y a continuar trabajando para garantizar que las víctimas reciban la protección que necesitan.
Es igualmente crucial que se impulse un enfoque de perspectiva de género, que garantice que las autoridades evalúen las circunstancias específicas de cada caso; y se promueva una justicia que sea un instrumento para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres en México.
1 Encuesta Nacional sobre las Dinámicas de las Relaciones (ENDIREH) 2021. Principales Resultados. INEGI. Disponible aquí.
2 Ibid.
3 Dictamen número 18 de la Comisión de Igualdad de Género. Disponible aquí.