blogeditor · 29 de marzo de 2021
Rentar en Ciudad de México es enfrentarse a una legislación que otorga pocas garantías a las personas inquilinas y a un sistema de justicia que dista mucho de ser eficaz y expedito. Pero también es exponerse a prácticas abusivas por parte de particulares que exigen requisitos desproporcionados para la renta. A pesar de ser un contexto ampliamente conocido, no solemos abordarlo como un problema de acceso a la vivienda de arrendamiento.
El Código Civil de la Ciudad de México plantea que el propietario no puede exigirle a la persona inquilina más de una mensualidad de depósito (artículo 2428 SIC E) y contempla la posibilidad de solicitar una garantía, pero no como un elemento obligatorio (artículo 2448 F.V). La Ciudad de México en el Código es otra a la que millones de personas habitan en la realidad. En la práctica, la norma es que se exijan requisitos que además de absurdos no son proporcionales, cuando no ilegales.
Esta semana desde mi cuenta de Twitter le pregunté a otros usuarios cuáles habían sido los requisitos más inverosímiles que les habían exigido para rentar una casa o un departamento. Por supuesto que no se trató de una encuesta fiable y no pasa de ser una dinámica de anécdotas. Pero la traigo a colación porque me parece que la cantidad de historias y anécdotas –muchas de ellas confirmándose entre sí- representan una realidad que muy probablemente ha compartido quien lee estas líneas: desde tener que pagar para que el propietario te investigue con tal de confirmar que se es “el perfil adecuado” hasta exigir un aval con propiedad en Ciudad de México –a veces hasta exigiendo que se encuentre en ciertas zonas-. Muchas historias en las que se exigían dos, tres, cuatro y hasta doce meses de depósito.
Algunas experiencias brillaron por exigencias machistas como exigir que sea el esposo quien firme el contrato, o en el caso de mujeres solteras demostrar sus ingresos porque “quién sabe de dónde saca su dinero”. En otras había intromisiones a la vida privada de los inquilinos, como prohibirles visitas o exigirle a parejas que demostraran estar casadas presentando un acta de matrimonio.
En un contrato de arrendamiento ambas partes invierten su patrimonio para contraer derechos y obligaciones por un período mínimo de un año, de acuerdo con el Código Civil de la Ciudad de México. Sin embargo, entre ellas hay una desigualdad material que no puede ser ignorada: la persona inquilina muchas veces no se encuentra en la posibilidad real de negarse a las exigencias absurdas y menos para defenderse en tribunales por esos abusos. Los juicios no solo son largos, costosos y tediosos, sino que la posibilidad de demandar se ve nublada por el temor a ser desalojados en represalia. También es difícil negarse a cumplir con exigencias desproporcionadas cuando se vive en una ciudad con pocos espacios libres, cercanos a las fuentes de empleo y accesibles en costo. Muchos propietarios lo saben. Y por eso llegan a imponer condiciones que solo conocen el límite del capricho.
La solución a esta problemática pasa por muchas deudas pendientes: desde garantizar que los arrendamientos cuenten con contrato escrito –en México solo el 42% cuenta con uno-, hasta la posibilidad de crear juzgados de arrendamiento como en otros países y como antiguamente se tuvo en el nuestro. Pero un primer paso es poner sobre la mesa este tipo de prácticas abusivas y señalarlas por lo que son. Y no debemos normalizarlas.