Las reglas que por fin llegaron

Redacción Animal Político · 4 de agosto de 2023

Las reglas que por fin llegaron

En las últimas semanas hemos hablado sobre cómo los partidos han adelantado el reloj electoral con sus procesos internos para definir sus liderazgos de cara a 2024. Por un lado, se elige lo que han llamado coordinador de la defensa de la cuarta transformación, y por el otro se elige a la persona que encabezará el Frente Amplio por México integrado por el PAN, PRI y PRD.

Estamos ante ejercicios novedosos en cuanto a que es la primera vez que se hacen este tipo de procesos de cara a una elección federal. Esto ha resultado en una amplia polémica en torno a su legalidad, lo cual ha obligado a que tanto el INE como el TEPJF emitieran diferentes pronunciamientos en los que han ido definiendo lo que se puede y lo que no se puede hacer.

En principio se ha reconocido que son procedimientos políticos de los partidos políticos que por sí solos no son ilegales, aunque ya los actos y acciones particulares que se lleven a cabo en cada ejercicio sí podrían ser contrarios a la legislación electoral. Asimismo, el gasto que implique la relación de estos ejercicios y las actividades de quienes participan en ellos sí fue llamado a ser objeto de fiscalización por la autoridad electoral debido a posibles irregularidades.

Es por esto que se ha advertido la necesidad de emitir unos lineamientos mínimos para definir qué se puede hacer y qué no. Los lineamientos emitidos por el INE atienden a temas de fiscalización, propaganda, prerrogativas de acceso a radio y televisión, y, uso de recursos públicos. La intención de esta normativa es regular las actividades de los partidos políticos respecto en estos procesos, al tiempo que garantiza el respeto al principio democrático y un ecosistema equitativo, equilibrado y justo para las y los contendientes a las candidaturas.

Lineamientos para los procesos internos de los partidos políticos

Lineamientos para los procesos internos de los partidos políticos

Lineamientos para los procesos internos de los partidos políticos

En los lineamientos se ha establecido un monto máximo de gasto para las actividades de las y los aspirantes el cual es de 34 millones de pesos. Se contempla la participación de servidoras y servidores públicos sin necesidad de que se separen del cargo, pero observando las limitaciones en cuanto a no hacer uso de recursos públicos.

En cuanto al gasto de los recursos, lo inédito de los ejercicios ha obligado a una amalgama interesante en cuanto a la regulación estipulada por la autoridad electoral. Por ejemplo, por un lado se definió que los recursos a usarse por parte de los partidos políticos provendrán del financiamiento ordinario, pero para la fiscalización se establecieron reglas similares a las que se siguen en los procesos electorales, incluso se establecieron fechas para la presentación de informes y emisión final del dictamen de fiscalización.

Aunque los tiempos electorales se adelantaron porque el contexto así lo ha marcado, lo cierto es que estamos en presencia de ejercicios inéditos, novedosos que han puesto a prueba a las autoridades electorales. Sin embargo, como ha ocurrido en muchos otros casos, la dinamicidad del derecho electoral ha permitido que las autoridades ajusten la normativa a fin de vigilar el cumplimiento de los principios rectores de la función electoral. Veremos si los partidos se ajustan también.