La sociedad que necesitamos

Gire · 28 de marzo de 2012

La sociedad que necesitamos

 

Por: Ximena Andión Ibañez, Directora de desarrollo estrategico de GIRE.

 

“ …la orientación sexual de una persona también se encuentra ligada al concepto de libertad y la posibilidad de todo ser humano de auto-determinarse y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia, conforme a sus propias opciones y convicciones”. Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

Karen Atala era una profesionista exitosa que, como muchas, intentaba conciliar el desarrollo profesional y su vida personal. Los días, semanas y meses en la vida de Karen no eran muy distintos a los que vivimos tú o yo.

La normalidad terminó en 2003 cuando fue demandada por su ex marido, Jaime López, quien pretendía obtener la custodia de sus tres hijas menores de edad, argumentando que no podían estar bajo el cuidado de su madre, ya que ella era lesbiana y vivía con su pareja en el mismo hogar en el que se criaba a las niñas.

Karen se defendió ante las instancias chilenas de justicia, asumiendo públicamente su preferencia sexual. Dejó de ser una mujer profesionista de clase media, para convertirse en la primera y única jueza chilena que públicamente se declaraba lesbiana. Su vida privada, especialmente su derecho a amar y a relacionarse emocionalmente con otra persona, se hicieron un tema del escrutinio público. La intimidad como espectáculo, las preferencias sexuales como fondo de un proceso judicial.

Durante el proceso, en primera y segunda instancia, se reconoció el derecho de Karen de cuidar y custodiar a sus hijas, asegurando que “la orientación sexual de la madre no constituía un impedimento para desarrollar una maternidad responsable”

Jaime López, inconforme con el fallo, recurrió a un recurso extraordinario de queja ante la Corte Suprema de Chile, la cual revocó las sentencias previas afirmando que la relación de pareja de Karen con otra mujer “aparte de los efectos que puede causar en el bienestar y desarrollo psíquico y emocional de las hijas, (…) la eventual confusión de roles sexuales que puede producírseles por la carencia en el hogar de un padre de sexo masculino y su reemplazo por otra persona del género femenino, configura una situación de riesgo para el desarrollo integral de las menores respecto de la cual deben ser protegidas”.

La Suprema Corte chilena también señaló que “la convivencia entre Atala y su pareja, sitúa a las menores en un estado de vulnerabilidad en su medio social, pues es evidente que su entorno familiar excepcional se diferencia significativamente del que tienen sus compañeros de colegio y relaciones de la vecindad en que habitan, exponiéndolas a ser objeto de aislamiento y discriminación que igualmente afectará a su desarrollo personal”.

La sentencia de la Suprema Corte chilena estaba habitada por estereotipos de género y discriminación que conciben un modelo único de familia, una sola manera de ser mujer, de ser hombre, una única y verdadera forma de ser madre y padre, un sólo camino para expresar la sexualidad.

Este fallo no sólo le quitó a Karen la custodia de sus hijas, sino que la colocó como objetivo de una investigación por parte del Poder Judicial chileno por varios “actos irregulares”, entre ellos el que tuviera una relación pública con una persona de su mismo sexo. Cabe señalar que su ex marido, Jaime López, también es juez, lo cual puso a Karen en una situación de desventaja y mayor vulnerabilidad.

Karen decidió buscar justicia en los escenarios internacionales de protección y presentó su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, apoyada por Corporación HUMANAS, Libertades Públicas y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales. Después  de seis años de espera, en 2010, la Comisión reconoció la violación a los derechos humanos de Karen Atala y recomendó al Estado chileno reparar el daño y adoptar una serie de medidas legislativas y de política pública para erradicar la discriminación por orientación sexual. El Estado chileno no atendió las recomendaciones.

La falta de cumplimiento de las medidas establecidas por la Comisión, permitió que se remitiera el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En un fallo histórico, la Corte Interamericana condenó a Chile por la violación a los derechos a la igualdad y la no discriminación, la vida privada y la familia, así como el derecho de las niñas y niños a ser oídos en los tribunales.

La Corte Interamericana, apoyada en decisiones de tribunales de otros países – incluida la sentencia de la Suprema Corte de México sobre la adopción de hijos para parejas del mismo sexo- estableció que la discriminación por orientación sexual y la identidad de género están prohibidas y que por tanto ninguna norma, decisión o práctica, ya de autoridades o particulares, pueden restringir de modo alguno los derechos de las personas por estos motivos.

Asimismo, este tribunal  desechó el argumento del Estado chileno sobre el interés superior de las menores, precisando que “no son admisibles las consideraciones basadas en estereotipos por la orientación sexual (…) ni el presunto impacto que estos presuntamente puedan tener en las niñas y los niños”.

Este fallo en contra del Estado chileno, es el primer caso sobre orientación sexual decidido por la Corte Interamericana y representa un parteaguas no sólo para Chile sino para toda América Latina y el Caribe, en donde las personas con una orientación sexual distinta a la heterosexual siguen siendo sujetas de discriminación.

Esta decisión, histórica y progresista, cuestiona la imposición de un modelo único de familia tradicional y al poner en evidencia los roles y estereotipos de género, incluido el rol social de la maternidad, según el cual las mujeres tienen que dejar a un lado sus opciones e identidades “por el bien de su familia”.

Ahora el Estado chileno deberá reparar el daño a Karen Atala mediante una serie de medidas que contemplan desde la indemnización económica, hasta una disculpa pública por parte de las autoridades.

A Karen Atala nadie le devolverá los años en los que no pudo tener la custodia de sus hijas, ni lo que ha perdido en el camino. Sin embargo, sienta un precedente sobre la necesidad urgente de ver a nuestro entorno como un vitral y no como un cristal único y con ello  avanzar hacia la construcción de sociedades más justas y democráticas donde la orientación sexual no sea  una razón para discriminar y restringir derechos. Esas son las sociedades que necesitamos.