La responsabilidad ante las imágenes de violencia

blogeditor · 19 de enero de 2017

La responsabilidad ante las imágenes de violencia

Por: Luis Fernando García (@tumbolian)

Un niño ha entrado a un salón de clases y le ha disparado a sus compañeros y a su maestra antes de dirigir el cañón de la pistola a su cabeza y quitarse la vida. Que los hechos descritos hayan sucedido en México y no en Estados Unidos, a pesar de la cantidad de balas, sangre y muerte que corre todos los días en nuestro país, ha causado tremenda indignación.

En unas horas comienzan a circular fotos de las víctimas y un video de los hechos tomados de una cámara de seguridad en el salón de clases. Algunos usuarios en Internet deciden difundir estas imágenes, pero también medios de comunicación de todos los tamaños, prestigios y líneas editoriales. Share. Retweet. Horror. A la indignación por los hechos se le suma la indignación por la difusión de las imágenes.

Comienzan acaloradas discusiones. Los términos de las discusiones son variados. Parecería que unos están hablando de una cosa y otros de otra. Aún así se hacen juicios. Bueno o malo. Se asignan culpas. Los medios, Internet, la pérdida de valores. Se ostentan fragmentos de leyes. Se diseñan respuestas públicas, soluciones legales, denuncias. Se lanzan acusaciones. Se pide censura. Se lamenta la insensibilidad.

El problema está atrapado en una nube de confusión que ha impedido observar detenidamente su complejidad. Se ha dibujado con brocha gorda, afirmaciones apresuradas y mucha convicción.

Yo, antes, prefiero hacerme preguntas.

¿De qué estamos hablando? ¿Juicios morales? ¿Responsabilidades jurídicas? ¿Responsabilidades profesionales?

¿De qué responsabilidad estamos hablando? ¿Civil? ¿Penal? ¿Administrativa? ¿Periodística? ¿Moral? ¿Empresarial?

¿De la responsabilidad de quién? ¿De quién registró las imágenes? ¿De quién las filtró? ¿De la escuela? ¿De la autoridad investigadora? ¿Del medio de comunicación profesional? ¿Del concesionario de radiodifusión? ¿De Twitter? ¿De Facebook? ¿De YouTube? ¿De la cuenta de Twitter anónima? ¿De la cuenta de Facebook con nombre real?

¿Responsabilidad por qué? ¿La filtración? ¿La publicación? ¿La difusión? ¿La no remoción?

¿De qué? ¿Las fotos? ¿El video? ¿Las fotos o el video difuminados? ¿Las imágenes del perpetrador? ¿De las víctimas? ¿De los menores de edad? ¿De los adultos también? ¿Esto aplica a todos los casos o sólo a este? ¿Importaría si las circunstancias cambiaran? ¿Y si el perpetrador fuera un policía u otro funcionario público?

¿Le genera un daño a quién? ¿Al niño que perpetró el ataque? ¿A las víctimas? ¿Se puede dañar a una persona fallecida? ¿A las familias de las víctimas? ¿La sociedad? ¿La difusión tiene valor periodístico? ¿Facilita el control social de la investigación sobre lo sucedido? ¿Ese interés supera el daño?

¿Qué tipo de daño? ¿Físico? ¿Psíquico? ¿Moral? ¿Económico?

¿Qué consecuencias jurídicas deben derivarse? ¿Prisión? ¿Multa? ¿Reparación del daño moral? ¿ Que cese la difusión? ¿La eliminación de las imágenes? ¿El bloqueo de la dirección IP por parte del proveedor de acceso a Internet? ¿La eliminación de las imágenes del servidor donde están alojadas?

¿Por violar la ley? ¿Cuál? ¿Las reglas de Twitter? ¿Los términos de uso? ¿Por violar el derecho a la protección de la imagen? ¿El honor? ¿La reputación? ¿El derecho a la protección de datos personales? ¿El interés superior de la niñez?

¿Quién puede imponer/ordenar la sanción/consecuencia? ¿El gobierno? ¿De qué jurisdicción? ¿De Nuevo León? ¿Federal? ¿La Secretaría de Gobernación? ¿La PGR? ¿Un juez? ¿Cada quién? ¿Con qué fundamentación y motivación? ¿Bajo qué procedimiento? ¿Persecución de oficio o a petición de parte agraviada?

¿La solución al problema es de reglas o de principios? ¿Mi respuesta va a sentar un precedente para otros casos o aplica sólo a este caso específico?

¿Cuál es la propuesta de solución para que no vuelva a ocurrir? ¿Qué objetivos persigue? ¿Qué evidencia existe de que la solución que se propone persigue el objetivo? ¿Qué otras alternativas de solución existen? ¿Qué interés público se afecta con la solución propuesta? ¿Alguna alternativa afecta en menor medida el interés público? ¿Los beneficios al interés público que otorga esa medida son mayores al perjuicio a otro interés público? ¿Quién debe decidirlo? ¿El poder legislativo? ¿El presidente y su 12 % de aprobación? ¿ El poder judicial? ¿En consulta popular?

No es que no quiera dar mi opinión, es que depende. Depende de cuál es la pregunta, depende la respuesta a estas preguntas y la combinación de las mismas. Si se pregunta la opinión sobre la responsabilidad ética de la autoridad investigadora que filtró el video (si fuera el caso) la respuesta es una. Si se pregunta nuestra opinión de que se legisle retroactivamente para que la Secretaría de Gobernación aplique la pena de muerte a quién le dio retweet a la imagen, la respuesta será otra.

La realidad es compleja. Ante el horror y el desconcierto puede resultar satisfactorio intentar dibujar los problemas y las propuestas de solución con una brocha gorda. Dibujar una distorsión. Un autoengaño.

La complejidad de la realidad no debe paralizarnos, pero tampoco podemos caer en la irresponsabilidad de la respuesta fácil, el juicio y la condena absoluta, ni caer en la trampa de los pintores de brocha gorda. De hacerlo corremos el riesgo de profundizar nuestro desconcierto y nuestra incapacidad de atender nuestros problemas como sociedad. De seguir construyendo nuestro camino al infierno. Un camino recto, corto y lleno de buenas intenciones.

 

* Luis Fernando García es abogado y director ejecutivo de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (@R3D).