Redacción Animal Político · 8 de febrero de 2023
La mediación forma parte de los llamados medios alternativos de resolución de conflictos (MARSC), por tanto, es una de las herramientas que permiten resolver un conflicto interpersonal sin la decisión de un tribunal.
Entre los MARSC encontramos la negociación, la mediación, la conciliación y el arbitraje. Específicamente, la mediación es un procedimiento en el que las partes de una controversia, que requiere una solución jurídica, llegan a un acuerdo para darle solución, con la ayuda de otra persona ajena al conflicto, y que obra de manera imparcial así como neutral.
La mediación se parece mucho a otra figura de los MARSC llamada conciliación, la diferencia es que en esta última la tercera persona puede formular propuestas de arreglo, lo que no sucede en la mediación. Esta figura es muy utilizada en el mundo, y desde luego en nuestro país, con particular éxito en asuntos mercantiles, penales (por ejemplo, delitos derivados de choques de autos) y familiares.
Ahora bien, la mediación requiere varios elementos a considerar. Primero, se trata de un procedimiento voluntario, ya que en México no puede establecerse como un requisito absolutamente insalvable para acceder a un juicio. Segundo, que no cualquier persona puede ser mediadora. Se requiere una formación tanto en la materia jurídica en la que se va a desarrollar, como en técnicas específicas que permitan desarrollar el diálogo entre las partes; entre estas herramientas encontramos la reformulación, el parafraseo, y la entrevista. Ser abogada o abogado no otorga, por sí mismo, las capacidades, conocimientos y aptitudes necesarias para desarrollar bien una mediación. Tercero, un compromiso institucional. Hace ya varios años, en un poder judicial local, me desempeñé como mediador, y uno de los principales problemas que observaba era que la propia estructura jurisdiccional desconfiaba de esta labor, pues asumía que la única función de la judicatura era resolver litigios por medio del proceso judicial.
Una mediación es exitosa cuando las partes consiguen comunicarse de manera efectiva, desarrollando la capacidad de exponer sus necesidades, eso es, aquello que requieren satisfacer, así como sus intereses, lo que les gustaría conseguir. De esta forma, con la ayuda de la persona mediadora, pueden ser capaces de formular propuestas de arreglo, para llegar a un acuerdo final.
La labor mediadora es intensa. No necesariamente un asunto se resuelve en una sesión, en ocasiones los problemas pueden ser complejos y requerir varias reuniones; pero en todo caso me parece una buena apuesta para lograr, por un lado, una enseñanza cívica acerca del valor del diálogo; por otro, la solución de conflictos con menor desgaste para las partes, pero también para la estructura judicial.
¿Tiene espacio la mediación en materia electoral? Si, al menos en dos vertientes:
A fin de provocar la discusión de este tema, propongo la posibilidad de desarrollar la mediación entre partidos políticos y candidaturas independientes, como una tercera vertiente, en los casos de denuncias que tengan que ver con propaganda político electoral.
En estos asuntos, que crecen de forma exponencial en proceso electoral, y que dependiendo la elección de que se trate puede ser competencia local o federal, consumen recursos humanos, temporales y materiales, tanto de los órganos administrativos como de los judiciales electorales.
¿Qué sucedería si, por ejemplo, se pudiera desahogar dentro de la audiencia de recepción de pruebas una etapa de mediación? Desde luego esto requeriría contar con personal especializado, formado para poder realizar estas funciones, y no necesariamente sería el mismo que ha venido desahogando las audiencias. ¿Se requeriría un cambio en la legislación procesal electoral? Sin duda sería lo mejor, pero creo que incluso podría no requerirse, dado que la naturaleza voluntaria de la mediación permitiría que si las partes están de acuerdo en desahogarla, previa exhortación de la autoridad se podría verificar.
¿Qué objetivos podemos lograr con la mediación en materia electoral? Reducir el número de asuntos que llegan a los tribunales comiciales, reducir el costo económico de los juicios comiciales para las partes, descongestionar los órganos electorales (sobre todo en proceso electoral) para permitir un mejor uso de los recursos humanos y materiales a favor de los casos realmente más complejos y de impacto.
Por favor, no tome los párrafos anteriores como una indicación certera de lo que debe hacerse, sino como la motivación para imaginar lo que no nos hemos atrevido.
* Luis Octavio Vado (@lovadograjales) es profesor investigador de la Escuela Judicial Electoral (@TEPJF_EJE).