blogeditor · 23 de junio de 2019
Por: Martha Tudón (@MarthaTdn)
En México, a pesar de que existen una serie de criterios vinculantes para garantizar el ejercicio del derecho a la información, y del reconocimiento del derecho de acceso a Internet como derecho humano, para muchas personas la búsqueda, recepción y generación de información y comunicación en línea son procesos a los que no es posible acceder.
Como en muchas otras sociedades, Internet ha sido una herramienta para la participación en la vida sociopolítica del país para quienes cuentan con conexión, al servir como plataforma efectiva para la realización de otros derechos humanos, tales como el acceso a la información, la libertad de expresión, la libertad de reunión, la educación, la protesta y la salud. De ahí la relevancia de habilitar el derecho de acceso a Internet de manera que se traduzca en la participación y ejercicio de derechos de todas las personas en el espacio cívico digital, que construya discusiones públicas plurales, contraste versiones de un mismo acontecimiento y fomente el empoderamiento, la libertad y la movilización de nuestra democracia. Por esta razón, necesitamos que la brecha digital deje de ser un elemento de exclusión y discriminación.
No obstante, la realidad es que desde ésta y administraciones anteriores ha existido una falta de reconocimiento de las obligaciones por parte del Estado de habilitar y proteger los derechos humanos en el entorno digital. Consecuentemente, al no considerarse los derechos digitales como derechos humanos igualmente importantes en el ámbito de nuestras vidas y democracia, permanece una estrategia estatal fallida de desplegar tecnologías para asegurar el acceso a Internet para las y los mexicanos. En general, el servicio de conexión provisto por el Estado ha demostrado graves deficiencias, entre las que destacan: (i) la desigual manera en que brinda beneficios a las comunidades rurales respecto a las zonas urbanas, (ii) su ineficacia en cuanto a cuestiones técnicas de calidad, velocidad, y utilidad y sostenibilidad de la infraestructura, (iii) el hecho de no tener el impacto ni efectos esperados en cuanto a inclusión en educación y (iv) la carencia radical de una perspectiva de género y de características asociadas con la inclusión generacional y la pertenencia lingüística y cultural.
Derechos digitales para todas las personas
El Internet que merecemos es uno sin discriminación. El Estado tiene la obligación de promover la conectividad a Internet y la inclusión digital desde un enfoque multidimensional, el cual considere aspectos económicos, políticos y socioculturales para asegurar que los grupos marginados, en particular las comunidades rurales e indígenas y las mujeres en esas comunidades, puedan ejercer sus derechos humanos en entornos digitales.
La política de conectividad debe contar con indicadores y mediciones de impacto públicos y verificables, diseñados en conjunto con la sociedad civil y personas expertas en materia de infraestructura, inclusión digital, derechos humanos y lógicas multiculturales. Sobre todo, el Estado debe retomar los nueve elementos fundamentales -planteados por Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias AC, Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad y Rizhomática Comunicaciones, presentadas en febrero de 2019- para una Política de Cobertura Plena de Telecomunicaciones en México: (i) información estadística clara, (ii) sistema ágil y simple de licenciamiento, (iii) posibilidad de participar en los programas gubernamentales de cobertura, (iv) mejorar la gobernanza del espectro de uso libre, (v) acceso a fibra, interconexión y peering, (vi) mejorar la gobernanza del espectro de uso libre, (vii) acceso a recursos, (viii) investigación y desarrollo y (ix) fomento a la creación de contenidos locales.
Lo anterior deberá ser considerado en cualquier replanteamiento de la estrategia gubernamental para asegurar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, sea por la creación de nuevas empresas estatales o por acuerdos con cualquier plataforma digital (como Facebook). Además, será necesaria la total transparencia de los términos bajo los cuales se desarrollarán las actividades, en aras de evitar un desequilibrio entre los intereses comerciales y las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos.
Por último, en cualquier estrategia resultará necesario asegurar la protección de los datos personales de las y los usuarios, así como proteger el derecho a la privacidad (incluyendo el uso del anonimato para buscar, recibir y generar contenidos) de las personas. El despliegue de las tecnologías nunca debe utilizarse en detrimento de la ciudadanía para perseguirles, espiarles o vigilarles de manera ilegal y/o arbitraria.
* Martha Tudón es Coordinadora en el Programa de Derechos Digitales de @article19mex.