La incongruencia de la Corte

blogeditor · 20 de mayo de 2022

La incongruencia de la Corte

La Corte se pronunció otra vez sobre nuestros derechos cannábicos. La semana pasada, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó un proyecto que declaró inconstitucional la criminalización de la portación de más de 5 gramos (si es para consumo personal), pero también reafirmó la existencia y necesidad del delito de posesión simple.

El caso de Edgar N, detenido por el delito de posesión simple de 30.6 gramos de cannabis, es otro caso de criminalización por portar pequeñas cantidades que, aunque por encima de los dichosos 5 gramos en la tabla permitida en la Ley General de Salud, estos y otros casos se han evidenciado en investigaciones como Historias de detención por posesión simple, publicado por ReverdeSer Colectivo y Elementa DDHH.

El proyecto aprobado –y elaborado por el ministro Alcántara– considera que, en el caso de Edgar, deben ser jueces locales o el Ministerio Público quienes determinen si la persona debería de ser sancionada penalmente (cárcel) o no, haciendo sus propias investigaciones para decidir si una persona es usuaria o narcomenudista. Sabemos que, en México, eso se traduce en las posibilidades de ser extorsionado por las redes locales de corrupción en juzgados.

Afortunadamente, la votación de la Corte es aplicable únicamente para el caso de Edgar, y no se extiende a toda la ciudadanía o a futuros delitos. Apenas desde el año pasado contamos en el poder judicial con un sistema de jurisprudencia por precedentes, en el que cuando las Salas de la Suprema Corte aprueban proyectos con una mayoría de cuatro votos, entonces la decisión crea precedente y, así, es aplicable y obligatoria para todo el poder judicial, tanto a nivel federal como estatal. El amparo de Edgar recibió únicamente 3 votos a favor, por lo que es una decisión que aplica únicamente para su caso.

Dos pasos para adelante y uno para atrás. Por un lado, celebramos que la Corte aún considere el consumo de cannabis como parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad. También es un logro que se considere que la portación o posesión de cannabis es una actividad necesaria e inherente para el ejercicio de ese derecho. Sin embargo, por otro lado, el mensaje que manda la Corte es que la criminalización (de la comercialización de cannabis) es aceptable, y en un país de corrupción y extorsiones, eso significa afectaciones a las personas usuarias. Después de 3 años esperando una legislación, ¿cómo estamos acercando a personas que comercializan a la legalidad?

El sistema punitivo no es la respuesta al problema del mercado ilegal de cannabis que tenemos en México. La regulación sí lo es. La Corte debe de ser congruente con sus decisiones previas, y más bien, declarar inconstitucional el delito de posesión simple o el criminalizar la portación de más de 5 gramos de cannabis. Pero más importante, el Congreso debe retomar el debate para garantizar los derechos reconocidos por la Corte respecto al consumo y autocultivo, y brindar oportunidades laborales a quienes comercializan cannabis hoy en día en la ilegalidad.

* Jorge Herrera Valderrábano (@jhvalderrabano) es internacionalista por el Tecnológico de Monterrey y trabajador social por la UNAM. Es promotor de derechos humanos desde hace más de 5 años, y cofundador del Instituto RIA.