blogeditor · 8 de mayo de 2022
En su 4º informe de Gobierno el gobernador de Guanajuato, Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, ha señalado que la entidad es “Primer lugar en reducción de homicidios dolosos” y que “Bajamos un 42% el índice delictivo”. A este respecto cabe hacer una reflexión sobre la impunidad en la entidad y plantearle algunas preguntas a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Guanajuato (FGE) en el marco de la comparecencia de su titular ante el Congreso local.
La organización México Evalúa presentó en su informe “Hallazgos 2020: Seguimiento y evaluación del sistema de justicia penal en México” el “Índice de Impunidad Estatal (Índice)”, que establece como media nacional que la impunidad se encuentra en un 94.8, mientras que las entidades federativas van del 76% (Zacatecas) al 99.5% (Guerrero). Son 24 entidades con niveles superiores al 90% y 17 las que superan la media nacional.
Guanajuato se encuentra en el tercer lugar en el Índice, debajo de Zacatecas y de Yucatán; también cuenta con un grado de efectividad de 14.6. México Evalúa señala que el Índice analiza los flujos, las entradas y las salidas sin entrar en un análisis cualitativo por delito, tipo de caso, tipo de víctimas o de imputados; permite verificar si se están usando correctamente los mecanismos previstos por el sistema y si se están empleando herramientas de priorización.
Contrario a lo que señala el Gobierno de Guanajuato, la impunidad aumentó de 2019 a 2020 en la entidad más del 10%, al pasar de 74.2 a 85.4, lo que es señalado incluso por México Evalúa como un elemento a observar, ya que la entidad es una de las que más empeoró en el comparativo nacional al subir 11 puntos su Índice de impunidad.
Para entender la estrategia de combate a la impunidad, un documento clave es el Plan de Persecución Penal (PPP), que en el caso de su homólogo federal (Ley FGR, artículos 6º, 88 y 12º transitorio) es el “instrumento programático” en el que “se determinarán las estrategias institucionales, objetivos, metas medibles a corto, mediano y largo plazo, así como las prioridades de investigación para la eficiencia y eficacia de la persecución penal, partiendo del análisis y determinación del capital humano y los recursos financieros disponibles para el adecuado desempeño de la función sustantiva”.
¿Qué ha pasado con el PPP de la FGE? Este documento debe partir de un diagnóstico del fenómeno delictivo en la entidad y “estructurar las funciones y establecer los principios que regirán a la Institución, a partir de una política criminal basada en el conocimiento profundo del fenómeno delictivo para focalizar sus esfuerzos y recursos en dar respuesta al conflicto penal, la adecuada atención a la víctima y mejorar el acceso a la justicia” (Artículo 88 de la Ley de la FGR).
En la comparecencia pasada en diciembre de 2021, un grupo de víctimas envió preguntas al Fiscal; éstas siguen vigentes, ya que no fueron respondidas por Carlos Zamarripa, quien sólo las evadió.
Estas son otras preguntas viables para su comparecencia:
* Raymundo Sandoval (@ray_sandoval) es defensor de derechos humanos.