La Corte Penal Internacional para el caso México: una herramienta válida en la lucha contra la impunidad

blogeditor · 22 de septiembre de 2014

La Corte Penal Internacional para el caso México: una herramienta válida en la lucha contra la impunidad

Por: Paulina Vega (@PaulinaVegaGlez )

El pasado 12 de septiembre, la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) y la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noreste (CCDH) presentaron ante la Corte Penal Internacional (CPI), tribunal basado en la ciudad de La Haya, Países Bajos, un documento en el cual se ponen a disposición de la Fiscalía elementos para afirmar que en México se han cometido crímenes de lesa humanidad en el periodo comprendido de 2006 a 2012, mismos que no han sido investigados y cuyos responsables permanecen impunes.

Entender cómo funciona la CPI y la información presentada a la Fiscalía, no resulta simple. Ello lo confirman algunas imprecisiones en notas publicadas sobre este evento y la desinformación evidente que muestran ciertas reacciones públicas. Por ello, se hace necesario precisar información no sólo sobre la importancia del documento presentado y su contenido, sino sobre el procedimiento ante la CPI y en particular en esta etapa inicial.

La primera anotación, por obvia que parezca, es señalar que la comunicación fue presentada por organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos, quienes trabajan o han trabajado frente a la CPI anteriormente y que por lo tanto, conocen bien las limitaciones de esta jurisdicción; pero al mismo tiempo realizan acciones para asegurar que la CPI se convierta en una verdadera herramienta efectiva para terminar con la impunidad de graves violaciones a derechos humanos, que por las características en su comisión, alcanzan la clasificación de crímenes internacionales.

Esta comunicación es la segunda que de manera conjunta presentan a la Fiscalía la FIDH y la CMDPDH sobre el caso de México. Al mantener confidencial la primera comunicación se logró mandar un mensaje claro a la CPI -y esperamos a otros sectores también- sobre la seriedad con la que tomamos someter información a su conocimiento y análisis. Al mismo tiempo, mantuvimos alejados a quienes pudieran señalar que existe un interés distinto al buscar caminos genuinos de lucha contra la impunidad en la que hoy prevalecen los abusos cometidos.

Entonces ¿qué fue lo que se sometió al conocimiento de la Fiscalía? En la primera comunicación se presentó una radiografía de los crímenes cometidos en México en el periodo 2006-20012 y sobre la falta de respuestas gubernamentales tendientes a investigar y sancionar a los máximos responsables, a pesar de los señalamientos de que actuó conforme a derecho para llevar a la justicia a los responsables. Mientras que en la segunda comunicación, se brindó a la Fiscalía de la CPI un ejemplo concreto, tal y como analiza la información la Fiscalía, para demostrar que no se trata de hechos esporádicos sino de un patrón de actuación. Para que la Fiscalía abra su examen preliminar informamos que este patrón de actuación involucró a los altos mandos y que por la gravedad de las conductas y su sistematicidad constituyen crímenes internacionales según lo establecido en el Estatuto de Roma. El ejemplo de Baja California, es sólo parte de lo que la Fiscalía podría encontrar al investigar en México pero desafortunadamente no es el único ejemplo de lo que sucedió en el país en el periodo señalado.

Para comprender las implicaciones de esta presentación, se debe considerar que la CPI es una institución internacional complementaria de los sistemas penales nacionales. Ello significa que sólo si las jurisdicciones del Estado -en este caso los ministerios públicos y los jueces mexicanos competentes- no investigan o sancionan a los responsables, puede actuar. Entonces la primera pregunta que debe responderse es si la justicia mexicana puede demostrar, como se ha implicado, que está investigando o investigaron los delitos denunciados en la comunicación y si hoy los responsables han sido sancionados como resultado de procedimientos penales veraces y conducidos en respeto a estándares internacionales, como el debido proceso.

¿La información presentada es suficiente para que la Fiscalía analice el caso de México? Al igual que a nivel nacional, cuando se conoce de la comisión de un delito, la obligación que subyace –para quien conoce de ello- es dar la notitia criminis a la autoridad competente. Esto significa: poner a disposición de la autoridad toda aquella información disponible sobre la posible comisión de un delito, lo que no obliga a señalar nombre y apellido de los presuntos responsables, necesariamente.

En esta etapa inicial ante la CPI, donde aún no hay abierta una investigación, la Fiscalía realiza un examen preliminar con la información disponible y si fuera necesario con información adicional que solicite a los Estados u otras fuentes. Este análisis no comprende identificar a los presuntos responsables, sólo por ahora asegurarse que es competente en razón del tiempo y materia, es decir identificar que existe una base razonable para considerar que crímenes de la competencia de la CPI han sido cometidos (art. 53 del Estatuto de Roma) en México –sean crímenes de lesa humanidad, de guerra o genocidio. Hay que recordar que la CPI tiene competencia para conocer de hechos cometidos en México después del 1 de enero de 2006, fecha en la cual entró en vigor el Estatuto de Roma. Probados estos requisitos, la Fiscalía determinará si los hechos denunciados tienen la gravedad para requerir su actuación y realizará un análisis de la actuación de las jurisdicciones nacionales para conocer si el Estado ha investigado o sancionado dichas conductas, y asegurar entonces su actuación complementaria.

Para quienes hacen notar que sólo se presentaron 95 casos en el Estado de Baja California como poca cosa, desconocen cómo se define la gravedad de los crímenes frente a la CPI. Desconocen también la actuación de la Fiscalía donde sólo se hace necesario demostrar la responsabilidad penal en el incidente que se investigue y no así en todo el periodo, por todos los crímenes cometidos. Por ello, los casos de Baja California cumplen con los parámetros que utiliza la Fiscalía para analizar su potencial actuación, debido a su gravedad, y ya que demuestran un patrón de conducta de las autoridades que responde a una política estatal, a una lógica muy clara de mostrar resultados sobre la efectividad de la estrategia elegida para terminar con la violencia atribuida al crimen organizado.

Como organizaciones de derechos humanos, nuestro mandato se enfoca en documentar y dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado. Nuestras capacidades no alcanzan a documentar en detalle la actuación de organizaciones criminales en México más allá de lo que se conoce por la prensa. Sobre este punto hay que señalar que solicitamos a la Fiscalía que pida información al gobierno sobre las actuaciones que esté ha llevado a cabo para investigar y sancionar también a los responsables de delitos cometidos por particulares, que en muchos casos por su sistematicidad o generalidad pueden ser caracterizados como crímenes internacionales (la matanza cometida en Allende, Coahuila, en el año 2011, constituye un ejemplo). Como organizaciones seguiremos insistiendo en el deber estatal de bridar seguridad a quienes viven y cruzan por territorio nacional lo que constituyen un derecho y deber estatal, eso sí, siempre en el marco del respeto irrestricto de los derechos humanos.

Hasta antes de septiembre de este año, se habían hecho públicas dos comunicaciones a la Fiscalía sobre el caso de México, adicionales las dos recientemente anunciadas por las organizaciones de derechos humanos. Sin embargo, sabemos que hay muchas más en el escritorio de la Fiscal. Entonces ¿en qué etapa se encuentra la situación de México ante la CPI? Al día de hoy la Fiscalía ha recibido suficiente información sobre crímenes cometidos en México; sin embargo a la fecha no se ha pronunciado públicamente para reconocer que ésta es una situación bajo análisis, por lo que esperamos que uno de los efectos de nuestra comunicación reciente, sea que antes de que termine este año realice este anuncio.

En todos los casos presentados a la Fiscalía los autores intelectuales, quienes potencialmente tendrían que responder ante la CPI, siguen sin enfrentar a la justicia nacional. En este sentido, mientras no se lleven a cabo genuinas investigaciones y juicios, se manda un mensaje de tolerancia y se deja abierta la puerta a la CPI para actuar. La cooperación a la CPI como la habría anunciado el titular del Ejecutivo debe prevalecer y guiar la actuación de las autoridades nacionales. Esta es la ocasión para que la presente administración a través de acciones incontestables investigue y sancione los abusos y crímenes cometidos, esta oportunidad es una que no debe desperdiciarse.

 

*Paulina Vega es Vicepresidenta de la FIDH y miembro del Consejo Directivo de la CMDPDH.