La Constituyente: La necesidad de una nueva Reforma Política para la Ciudad de México

blogeditor · 22 de agosto de 2011

La Constituyente: La necesidad de una nueva Reforma Política para la Ciudad de México

El día de hoy, 22 de agosto, se cumplen 15 años de la publicación de la última Reforma Política de la Ciudad de México. Los resultados que tienen para ofrecer los órganos de representación entonces instituidos no son menores: profundización de la política social con modelos después implementados por el resto de la República y la Federación; ampliación de libertades y derechos civiles como en ninguna otra entidad y avances inéditos a nivel nacional en la agenda de derechos humanos, entre muchos otros.

 

Se podrá estar o no de acuerdo con esos resultados, pero es innegable que –a pesar de los muchos desafíos aún pendientes– la ciudadanía capitalina ha sabido usar sus instituciones para convertir a la Ciudad en un referente nacional, y en algunos casos internacional, de legislaciones y programas gubernamentales garantistas y de avanzada.

 

A pesar de ello, y de ser la segunda entidad más poblada de la República y la primera más productiva en términos de PIB, según INEGI, la Ciudad de México vive en un permanente régimen de limitación constitucional en comparación con los estados. De hecho, la Ciudad de México es la única entidad federativa para la cual existe un artículo constitucional exclusivo, el 122, en el que se establecen, de manera limitativa las facultades que tienen los órganos electos de manera exclusiva por quienes habitan la Ciudad. Esto significa que, a diferencia del resto de las entidades, los órganos ejecutivo y legislativo de la Ciudad, únicos en cuya elección no intervienen votaciones de personas que no habitan su territorio, tienen menores facultades para la toma de decisiones de gobierno que en el caso de cualquier otra entidad.

 

De manera concreta, la ciudadanía capitalina tiene una representación más limitada y por lo tanto una menor incidencia que la de quienes habitan cualquier otro territorio de la República en todos aquellos temas en que los órganos de gobierno y de la ciudad no tienen facultades como son, por señalar algunos:

 

  • Ratificación o rechazo de reformas constitucionales
  • Determinación del régimen interno de gobiernos central y delegacionales
  • Derechos humanos
  • Deuda pública
  • Ley de la Procuraduría General de Justicia

 

Todos éstos y otros ámbitos para los cuales no existen facultades de los órganos capitalinos son asuntos de primerísima importancia para la ciudadanía. La Ciudad de México se nutre de movimientos sociales y de organizaciones de la sociedad civil que han sabido presionar a las y los diputados para avanzar más que en ninguna otra entidad en legislaciones para la protección de derechos humanos, por ejemplo. Todas esas organizaciones y su influencia se ven acotadas cuando una reforma constitucional no es discutida y ratificada o rechazada por las y los diputados capitalinos, sobre los cuales mayor incidencia tienen.

 

De la misma manera, un asunto tan elemental como la necesidad de que las delegaciones de la Ciudad cuenten con mecanismos de pesos y contrapesos, a semejanza de los municipios con sus cabildos y regidurías, no es un tema que pueda actualmente ser discutido por las y los representantes electos exclusivamente por la población que vive a diario los efectos de esa problemática.

 

Desde que hace 15 años se aprobó la reforma política a través de la cual se creó la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (antes Asamblea de Representantes), así como las figuras de Jefe de Gobierno y Jefes Delegacionales con elección directa, se reconoció que la misma era incompleta. De hecho, desde 2001, sólo cinco años después, se hizo una propuesta de profundización en la misma que desafortunadamente se quedó en el tintero. Tres nuevas propuestas fueron preparadas  y presentadas desde diversas instancias en 2010:

 

(haz click para agrandar la imagen).

A diferencia de las propuestas A) y C), la constituyente se limita a ubicar la discusión al plano al que pertenece: el de la Ciudad de México. Avanzar en esta ruta no implica descalificar las otras propuestas; más aún, muchos de sus elementos podrían ser, junto con los de otras herramientas como la Carta por el Derecho a la Ciudad y el Programa de Derechos Humanos del DF, considerados en la Constitución de la Ciudad de México y ser una base para la discusión y diseño de la misma.

 

Lo que la propuesta constituyente sí veda, es el inherentemente injusto planteamiento de someter a la consideración de legisladoras y legisladores de otros estados una discusión que debería corresponder exclusivamente a la Ciudad. Simplemente preguntémonos qué opinión tendría el congreso coahuilense, por ejemplo, de que se planteara discutir la constitución de su estado en el Congreso de la Unión, en donde hay representantes de todas las demás entidades. Ello, además de inconstitucional, sería absurdo. ¿Por qué la Ciudad de México tendría que ser distinta?

 

Desde luego el hecho de que en la Ciudad residan los Poderes de la Unión implica que el Congreso establezca las previsiones necesarias para la salvaguarda de los mismos, pero ello también está contemplado en la propuesta constituyente sin que tal cosa implique una limitación tan injusta como la actual en las facultades de la representación de los y las capitalinas.

 

Así, lo único que la propuesta constituyente plantea al Congreso es que le reconozca a la representación de la ciudadanía capitalina las mismas facultades y derechos para la determinación de su régimen interno que los reconocidos a cualquier habitante de la República: ni más ni menos.

 

Como mucho se ha señalado, uno de los temas que más le urgen a México es completar su proceso de transición democrática. Muchas expectativas fueron puestas en la histórica alternancia de 2000, y prácticamente ninguna se ha cumplido si no es que incluso se ha llegado a retroceder. Las estructuras y aparatos de poder se han mantenido inmutables y las decisiones políticas siguen tomándose desde espacios cupulares alejados de su fuente de legitimidad, que es la ciudadanía.

 

En el ánimo de que fuera contemplada dentro del diseño de reforma política nacional, la propuesta constituyente fue presentada en tiempo y forma ante el Senado de la República el pasado 14 de septiembre de 2010. La misma fue diseñada y respaldada en conjunto por el actual  Gobierno de la Ciudad de México, los grupos parlamentarios de todos los partidos representados en la Asamblea Legislativa (incluyendo al PRI, cuyo homólogo en el Senado la ha bloqueado consistentemente) y senadoras y senadores del PRD, PAN y Convergencia.

 

A pesar de ello y de la evidente necesidad de discutir el tema, en la minuta de reforma política planteada por el Senado a la Cámara de Diputados, ni la constituyente ni ninguna otra propuesta para la Ciudad fueron incorporadas. Lo positivo, sin embargo, es que tal minuta sí incluye cuatro puntos fundamentales para comenzar a corregir la ruta con mecanismos de rendición de cuentas y participación ciudadana: reelección legislativa, candidaturas independientes, iniciativa ciudadana y consulta popular.

 

Si nuestras legisladoras y legisladores federales creen en la rendición de cuentas y en la genuina representación ciudadana como un componente intrínseco de la democracia, aprobarán esos cuatro puntos. Si además creen que esa representación debe ser equitativa para todas y todos los habitantes del país, impulsarán también una reforma para dar a la ciudadanía capitalina la facultad de decidir, en igualdad de condiciones que la de cualquier estado, cuál es la mejor ruta en el diseño de su régimen de gobierno.