La búsqueda de la reinserción social después de la pandemia

blogeditor · 6 de mayo de 2020

La búsqueda de la reinserción social después de la pandemia

El legado de 2008 a la reforma constitucional del artículo 18 estableció la necesidad de que el sistema penitenciario transitara del modelo de la readaptación social al modelo de la reinserción social. Esto, más allá de verse como una simple modificación en la nomenclatura (como muchas entidades federativas gravemente lo entendieron) debe comprenderse como un cambio de paradigma que implica dejar de ver a las personas privadas de libertad como personas “enfermas”, que “atraviesan por patologías”, que “per se delinquen” y que la única forma para lograr su “readaptación” debe ser cambiando su “psique de delincuente”.

En contraparte, el modelo de 2008 de la reinserción social deja a un lado ciertos estigmas para reconocer la existencia de contextos de desigualdad, marginación y falta de oportunidades que intervienen en el acceso a la justicia de las personas. De allí que se enfatice la importancia de puntualizar que las personas en conflicto con la ley penal son personas sujetas de derechos y que, al quedar privadas de libertad, el Estado tiene la obligación de garantizar de la manera más amplia posible todos sus derechos humanos. De la misma manera que debe buscar su reinserción social a través de los cinco ejes que marca la ley: salud, educación, trabajo, capacitación para el trabajo y deporte.

Pero, ¿qué es lo que se tiene que hacer para lograr esto? A simple vista, como inicio, es vital implementar las comisiones intersecretariales que establece el artículo 7 de la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP), mismas que ya debieron haber estado diseñando e implementado en los distintos programas de servicios para la reinserción social dentro de los centros penitenciarios y de servicios postpenales a nivel federal y estatal desde 2016, y que, sin embargo, las entidades continúan sin cumplir. La responsabilidad sobre este grave atraso es compartida, pues la creación, implementación y seguimiento constante y efectivo de las comisiones intersecretariales deben ser alentadas por las Secretaría de Gobierno Federal y de cada una de las entidades federativas. Estas acciones consisten en reconocer la corresponsabilidad de todas las secretarías para la creación de los mecanismos de exigibilidad.

Lamentablemente, esta coordinación interinstitucional que daba la pauta a las comisiones intersecretariales no se implementó a tiempo. Actualmente existen muchas entidades federativas que lo han hecho, han realizado la implementación formal de dichas comisiones, no obstante, no han trabajado en su conjunto sobre la creación de los programas de reinserción que deberían ser el fin último del sistema penitenciario.

En la actualidad y de acuerdo con solicitudes de acceso a la información realizadas por ASILEGAL sólo 25 entidades y la federación la han instalado a diciembre de 2019: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y la Federación.

La propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha identificado en su recomendación general 38/2019 que si bien es cierto un número importante de entidades han instalado formalmente las comisiones intersecretariales, sólo han cumplido con la constitución de los grupos de trabajo sin haber generado ya cambios sustantivos que denoten su actuar. La excepción han sido 3 estados: Querétaro, Guanajuato y Coahuila, mismos que ya han mostrado cambios positivos en la evaluación del Diagnósticos Nacional de Supervisión Penitenciaria de la misma CNDH: Querétaro pasó de calificación de 7.7 en 2016 a 8.21 en 2018, Guanajuato de 8.19 en 2017 a 8.22 en 2018 y Coahuila de 7.77 en 2016 a 8.1 en 2018.

Por otro lado, existen estados donde sólo se sesionó una vez para la creación de las comisiones intersecretariales y no se han vuelto a reunir de forma colegiada. Es decir, se identifica que cada institución ha tenido avances en el cumplimiento de sus responsabilidades, pero estos han sido de forma aislada. De esta forma, de ningún modo se estaría abonando al cumplimiento de lo previsto en la ley, ni tampoco se estaría cumpliendo con los estándares previstos en el funcionamiento de las comisiones que establece la coordinación interinstitucional para que exista una efectiva garantía al artículo 18 constitucional sobre el derecho a la reinserción social de las personas privadas de la libertad.

Lo preocupante de esto es que el resto de las entidades únicamente han cumplido con la obligación prevista en el artículo 7 de la LNEP sobre su creación. Sin embargo, existen retos importantes para la coordinación de autoridades, entre los que destacan la creación de los programas para la reinserción social.

Existen excepciones donde se observan buenas prácticas, tal es el caso de Baja California, la cual es una de las entidades federativas con mayor desarrollo en los ejes de reinserción social. En específico, destacan el mayor número de sesiones para la elaboración del programa para la reinserción social de acuerdo a la LNEP, que desde ASILEGAL hemos impulsado; y es que a pesar de que hemos planteado este mismo proyecto para otras entidades, no se ha dado el mismo seguimiento. Por ello se observa que Baja California es la entidad que en mayor medida se apega a lo que se exige para garantizar y hacer eficaces los derechos dispuestos en la LNEP.

Finalmente, es importante subrayar la relevancia e importancia de estas acciones previstas en la LNEP ante la contingencia por COVI-19. De haberse implementado adecuadamente todas estas medidas, se hubiera contribuido significativamente para tener un análisis concreto sobre las personas que pudieran ser beneficiadas con los servicios de preliberación y hacer eficaces las liberaciones contempladas en esta misma ley. Del mismo modo, tendríamos condiciones de internamiento con apego a los estándares internacionales y con ello la certeza de las personas que obtengan su libertad cuenten con una efectiva reinserción social.

* José Luis Gutiérrez es director de ASILEGAL.