Justicia real para Fernanda

blogeditor · 31 de agosto de 2020

Justicia real para Fernanda

Este domingo se realizó en Yucatán una marcha presencial y virtual por el feminicidio de Fernanda, uno de los cinco ocurridos en la entidad en el marco de la pandemia y al menos el octavo en lo que va del año. Tenía 21 años cuando fue asesinada violentamente por su expareja, quien después se quitó la vida. Tal y como señaló la madre de Fernanda, que no haya a quien enjuiciar no significa que no haya necesidad de justicia. Más bien, el caso exige que la atención se centre en las omisiones institucionales, así como en la falta de políticas públicas para prevenir y erradicar este tipo de violencia que va en aumento.

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para 2016 Yucatán se encontraba por arriba de la media nacional en violencia entre parejas. A pesar de que el reporte de casos de feminicidios y otras formas de violencia contra la mujer va en aumento, pareciera ser eclipsado por la idea generalizada de que “hay entidades federativas con muchos más casos”. El discurso del “estado más seguro” omite este fenómeno que ha sido denunciado por organizaciones y colectivos durante años.

Además de Fernanda, también han sido víctimas de feminicidio Henrietta, Gladys, Ana, Suemi, Yazmín, Irlanda y Norma Yolanda.

Dado ya este contexto, transcribo en este espacio parte de mensaje dado por la madre de Fernanda durante la marcha vehicular realizada en la avenida Paseo de Montejo de Mérida. Su difusión es imprescindible, entre otros motivos, porque sus palabras le señalan al Estado la ruta hacia una concepción de la justicia que no se limita exclusivamente al castigo penal.

“A pesar de esto, las autoridades no cumplieron con su deber de prevención, tanto en el caso de Fernanda como en los otros casos; además, no demuestran interés ni por lo ocurrido, ni por identificar los cambios o implementaciones necesarios para que no se repitan estos casos.

La justicia es mucho más amplia que solo un proceso penal. En el caso de Fernanda, quizá el Estado no podrá enjuiciar al responsable material, pero el Estado de Yucatán sí puede hacer justicia a través de acciones dirigidas a impedir que se repitan hechos así. Queremos que hagan todo lo que no hicieron desde casos pasados para garantizar que Fernanda siga aquí.

Debido a que el concepto de justicia del Estado de Yucatán pareciera limitarse al ejercicio del castigo y la fuerza, y que sus acciones y omisiones son cómplices de los feminicidos y de las demás violencias en contra de Fernanda y muchas otras; le exigimos a las autoridades del Ayuntamiento de Mérida y del Gobierno del Estado de Yucatán que las siguientes cinco formas de justicia para Fernanda, exigiendo igual que públicamente anuncien si las adoptarán o no:

  1. Ante el silencio por parte de las autoridades, exigimos que el Gobierno del Estado y los Gobiernos Municipales se pronuncien de manera pública en contra de la violencia de género, y condenen públicamente el feminicido de Fernanda, así como los de Norma, Henrietta, Gladys, Ana, Suemi, Yazmín y Yamili.
  2. Ya que el Estado tiene la obligación de prevenir la violencia contra la mujer, exigimos que las autoridades emitan un informe público y detallado de los casos de feminicidios cometidos durante 2020, identificando las omisiones, errores y obstáculos en la actuación policiaca, administrativa en Yucatán, del personal de salud y/o educativo, que permitieron o facilitaron la comisión de los feminicidios. Para la realización de este informe, exigimos que se incluya la participación de personas externas al Gobierno con experticia probada en violencia de género; asimismo, debe incluir como conclusiones lineamientos para realizar todas las reformas, adecuaciones, modificaciones y cualquier otra acción necesaria para la no repetición de los hechos.
  3. Recordando que la violencia de género no se trata de casos en aislado ni esporádicos, sino de una situación estructural, basada en una cultura de violencia y discriminación basada en el género1, exigimos que se adopte un plan para la erradicación de la violencia contra las mujeres y su detección, a través de los espacios y planteles educativos públicos y privados, con medidas que no solo se limiten a capacitaciones.
  4. Considerando que como familiares tenemos derecho al acceso a la justicia, a la verdad, a la no revictimización, a participar en los procesos de investigación y judiciales, es que exigimos que las autoridades investiguen estos casos con enfoque de género, sin revictimizarnos como familiares, y permitiéndonos participar en el proceso.
  5. Como parte de una de las medidas de no repetición, exigimos que se realice una investigación administrativa, en la que se identifiquen cuáles fueron los obstáculos y barreras que enfrento la detección de la situación de violencia en la que se encontraba Fernanda, para que, a través de esta investigación, se modifiquen o creen los protocolos necesarios para la detección y prevención de feminicidios.

De igual manera, ante la difusión de titulares estigmatizantes por parte de diversos medios locales, rechazamos que los medios de comunicación emitan discursos estigmatizantes, reproduzcan estereotipos de género y/o que banalicen la violencia al comunicar cualquier acto de violencia en contra de las mujeres. A los medios de comunicación, les exigimos adoptar protocolos editoriales con perspectiva de género para abordar noticias sobre violencia de género, con el objetivo de no ser, así sea sin darse cuenta, fuente de validación para los agresores.

Ante esto, hacemos un llamado a todas las mujeres, colectivas, colectivos y organizaciones de la sociedad civil a exigir que las autoridades cumplan con sus obligaciones, a exigir que se haga justicia y que se tomen todas las medidas necesarias para que no nos haga falta ni una mujer más”.

@kalycho

 

1 Naciones Unidas. Informe de México producido por el CEDAW bajo el Artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención y respuesta del Gobierno de México, CEDAW/C/2005/OP.8/MEXICO, 27 de enero de 2005;

CoIDH. Caso González y otras (“Campo Algodonero”) vs. México. Sentencia de 16 de noviembre de 2009. Párr. 133.