Joel Aguirre · 13 de agosto de 2026
Por José González Martínez*
Un juzgado familiar de Villahermosa, Tabasco, acaba de ordenar algo que, hasta hace muy poco, habría sonado a ocurrencia: que un hombre pague 700 pesos mensuales y la mitad de los gastos veterinarios de Lucas, un husky siberiano que convivió 14 años con el matrimonio que hoy se disuelve. La jueza no trató a Lucas como un mueble que había que repartir, sino como un integrante de la familia cuyo bienestar seguía siendo responsabilidad de ambos. Es, según reportan varios medios, la primera resolución de este tipo en México.
El caso ha corrido por redes con el tono de anécdota tierna. Pero detrás de la ternura hay algo que a los abogados nos debería llamar más la atención que a nadie: una jueza de primera instancia, sin ley estatal que la respaldara, tuvo que construir desde cero un criterio que el Congreso de la Unión debió haberle entregado ya resuelto. Lucas no es un caso aislado. Es la fotografía más reciente de un patrón que se repite con una regularidad incómoda en el derecho animal mexicano: los tribunales avanzan; el Legislativo se queda atrás.
No es la primera vez. En febrero de 2025, la Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió el amparo en revisión 697/2024, promovido a nombre de Ely, una elefanta africana confinada en el Zoológico de San Juan de Aragón. La Corte ordenó a las autoridades capitalinas y federales diseñar un plan integral de cuidados —alimentación, atención veterinaria especializada, evaluación de su salud emocional— bajo el argumento de que el derecho constitucional a un medioambiente sano exige garantizar el bienestar de los animales bajo cuidado humano, no solo su supervivencia física. Antes, en 2018, la propia Corte había avalado la prohibición de las peleas de gallos en Veracruz. La lista de precedentes judiciales que reconocen algún nivel de protección a los animales, muchas veces en ausencia de legislación clara, sigue creciendo.
El animal sufre como sujeto y se posee como cosa
Mientras tanto, el mandato constitucional que debía ordenar todo esto sigue sin cumplirse. El 2 de diciembre de 2024 se publicó la reforma a los artículos 3°, 4° y 73° de la Constitución que prohibió expresamente el maltrato animal y facultó al Congreso para legislar en la materia, con un plazo de 180 días para hacerlo. Ese plazo venció hace más de un año. El pasado 13 de julio, la Comisión de Medio Ambiente del Senado por fin presentó su proyecto de dictamen para la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales —seis títulos, 111 artículos—, y a finales de ese mismo mes la propia presidenta Claudia Sheinbaum reconoció públicamente, ante el cuestionamiento de una activista, que el dictamen definitivo todavía no ha sido aprobado.
El contenido de ese proyecto de dictamen es, para quienes litigamos en la materia, la parte más reveladora de todo el problema. El texto busca “reconocer a los animales como seres sintientes susceptibles de apropiación, sujetos de protección y uso por parte del ser humano”. Léase con calma esa frase: sintientes, sí, pero también “susceptibles de apropiación” y disponibles para “uso por parte del ser humano”. Es la contradicción que define al bienestarismo mexicano en su forma más pura. Se le concede al animal la capacidad de sufrir, de sentir miedo, de experimentar placer y angustia —eso es justamente lo que exige protegerlo—, pero se le conserva, en el mismo párrafo, su estatus jurídico de objeto apropiable. El animal sufre como sujeto y se posee como cosa. Esa mezcla no es un descuido de redacción: es la fórmula que el legislador mexicano ha repetido, con variantes menores, desde hace más de una década, y que explica por qué ninguna reforma reciente ha logrado transformar realmente la posición jurídica del animal, por más que multiplique catálogos de obligaciones para sus propietarios.
Un criterio judicial, por sólido que sea, no sustituye a una ley general
Los números detrás de esta indecisión legislativa tampoco son menores. Según datos citados en la propia Cámara de Diputados con motivo de la reforma constitucional, se estima que el 70 por ciento de los perros y el 60 por ciento de los gatos del país viven en situación de calle. Solo en la Ciudad de México, entre 2020 y 2022 se canalizaron más de 5,500 casos de maltrato a la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, y cerca de 2,000 a la Brigada de Vigilancia Animal, con el abandono y la agresión física entre las causas más frecuentes. Ese es el tamaño real del problema que una ley general, bien diseñada, tendría que estar resolviendo desde hace más de un año.
¿Por qué importa que sean los jueces, y no el Congreso, quienes estén llevando el paso? Porque un criterio judicial, por sólido que sea, no sustituye a una ley general. Vincula a las partes del caso concreto, no construye una política pública nacional, y depende de que cada familia, cada activista, cada abogado litigante tenga los recursos y la paciencia para llegar hasta un tribunal federal. La abogada que representó a Lucas lo hizo de manera gratuita, precisamente porque no existe en Tabasco una ley que respalde ese tipo de reclamos y litigar sin honorarios era la única forma de intentarlo. Ese heroísmo individual es admirable, pero es también la prueba más clara de que el sistema no está funcionando como debería: cuando la protección de un derecho depende de la generosidad de un litigante particular, no hay derecho garantizado, hay suerte.
La descosificación real del animal —tratarlo jurídicamente no como propiedad sino como sujeto de consideración, con protección exigible independientemente de la voluntad de su propietario— no se logra con reformas que repiten la fórmula de “sintiente pero apropiable” ni con sentencias aisladas que cada juez debe reinventar caso por caso. Se logra con una ley general que cierre, de una vez, esa contradicción de origen. Los jueces mexicanos llevan más de un año demostrando, con Ely, con Lucas y con quienes vendrán después, que el criterio para hacerlo ya existe. Lo que falta es que el Congreso, que se dio a sí mismo 180 días para escribirlo, finalmente lo haga.♦
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*José González Martínez es maestro en Derecho y Gestión Ambiental, abogado ambientalista y presidente de la Asociación Veracruzana para la Concientización Ambiental (AVCA). Es autor de “Derecho animal: fundamentos y evolución”.