Opinión y Análisis · 28 de octubre de 2026
El 19 de octubre, el gobierno mexicano anunció que presentará una nueva denuncia por la muerte de un connacional bajo custodia de ICE en Laredo, Texas. Según informó El País, la familia señaló posibles carencias en el suministro de medicamentos para la diabetes y la hipertensión; la causa del fallecimiento seguía pendiente del dictamen forense.
Este caso ocurre después de que el año fiscal 2026 de Estados Unidos, concluido el 30 de septiembre, cerrara con 37 muertes de personas bajo custodia del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), el mayor número registrado en un año fiscal en la historia de esa institución, según Bloomberg Law. Este balance exige examinar las decisiones políticas que han privilegiado el encierro como respuesta a la migración forzada en la región, desplazando su carácter excepcional y recrudeciendo un modelo carcelario de control migratorio.
Desde la Redodem abrimos una serie de cuatro entregas para analizar las violencias institucionales que pueden atravesar las personas durante la detención, los traslados y la deportación, y los trayectos que se ven obligadas a emprender. Nos interesa examinar cómo estas experiencias se relacionan, acumulan y qué responsabilidades tienen los Estados en la protección de las personas a lo largo de estos procesos.
En esta primera entrega nos detenemos en el encierro: las condiciones de detención, las posibilidades de acceder a defensa y los mecanismos de control que pueden producir sufrimiento y poner en riesgo la vida.
Tomamos lo que ocurre en Estados Unidos como punto de partida porque sus políticas de control migratorio tienen repercusiones en la región. Para cientos de personas, llegar a ese país ha implicado atravesar trayectos marcados por la violencia, la pérdida y la desprotección. La detención puede prolongar y agravar esas experiencias, como parte de un continuo de violencias que atraviesa fronteras y que tampoco termina necesariamente con la deportación.
Como red de organizaciones que acompañan a personas en movilidad humana forzada y documentan las violaciones a sus derechos, consideramos indispensable cuestionar una política que coloca la privación de la libertad por encima del acceso a protección.
México tiene una responsabilidad particular frente a estos hechos. De acuerdo con La Jornada, que retoma información de la Secretaría de Relaciones Exteriores actualizada a agosto de 2026, desde el inicio de la segunda administración de Donald Trump habían fallecido 18 personas mexicanas en situaciones relacionadas con ICE: 14 en centros de detención y cuatro durante operativos. La cancillería informó sobre la presentación de 20 denuncias ante autoridades estadounidenses.
Cada investigación debe esclarecer las acciones y omisiones que pudieron contribuir a las muertes, así como las condiciones en las que permanecieron las personas. Las autoridades deben garantizar el derecho de las víctimas y sus familias a conocer la verdad sobre lo ocurrido, así como el acceso a la información pública sobre los avances y resultados de las investigaciones, con respeto a su privacidad. La falta de información oficial dificulta el ejercicio de estos derechos, deja vacíos que favorecen la especulación y limita la rendición de cuentas.
Para esclarecer estas muertes también es necesario reconstruir cómo se vivía bajo custodia: qué restricciones, privaciones y formas de trato enfrentaban las personas y cómo se acumulaban sus efectos. Examinar ese entorno permite identificar daños que pueden quedar fuera de una investigación centrada únicamente en los momentos previos al fallecimiento.
En este sentido, el concepto de entornos torturantes, desarrollado desde la perspectiva psicosocial, permite analizar cómo el aislamiento, las amenazas, la privación de necesidades básicas y los ataques a la identidad pueden combinarse para producir sufrimiento y anular la autonomía. Su aporte consiste en examinar los efectos acumulados de las condiciones y prácticas a las que está sometida una persona.
Aplicar esta perspectiva a la detención migratoria exige documentar las posibilidades reales de comunicarse con el exterior, recibir atención médica, comprender los procedimientos, acceder a defensa y denunciar abusos. Importa conocer qué ocurre con quienes dependen de las mismas autoridades que los mantienen en privación de la libertad para satisfacer sus necesidades y solicitar protección.
Investigaciones como las de Bloomberg aportan elementos concretos: documenta recortes de personal y financiamiento en la oficina de derechos civiles del Departamento de Seguridad Nacional y el cierre de la oficina de supervisión de la detención migratoria. También recoge hallazgos de inspecciones sobre falta de personal médico e incumplimientos de las reglas sobre uso de la fuerza.
A estas condiciones se suman obstáculos para conocer el paradero de las personas detenidas. El 30 de septiembre, El País informó que más de 30 organizaciones solicitaron la intervención del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de la ONU, después de que ICE retirara de su localizador información sobre personas con órdenes finales de deportación. Las organizaciones calificaron estas prácticas como desapariciones forzadas y denunciaron que dificultan el contacto con familiares y representantes legales. Desconocer dónde está una persona también limita las posibilidades de intervenir para protegerla.
La expansión del control migratorio alcanza a la niñez. Según información publicada por El País el 14 de octubre, ICE arrestó hasta julio de 2026 a más del doble de niños que en el mismo periodo de 2025. Este incremento debe examinarse a la luz del principio del interés superior de la niñez y del deber de brindar protección especial a niñas, niños y adolescentes. Las decisiones migratorias deben garantizar sus derechos a la libertad, la vida familiar y el desarrollo integral. Su protección debe prevalecer sobre los objetivos de control migratorio.
Estas condiciones deben formar parte de las investigaciones. Determinar responsabilidades requiere evidencia sobre lo sucedido, pero también sobre quién conocía los riesgos, qué advertencias recibió y qué hizo para corregirlos.
Estas violencias pueden continuar durante los traslados y la deportación. En la siguiente entrega examinaremos qué ocurre con el acceso a protección y las responsabilidades de los Estados cuando las personas son trasladadas a otros países.
Para la Redodem, cuestionar este modelo supone defender respuestas que permitan transitar los procedimientos migratorios en libertad y con acceso efectivo a derechos. La atención médica, la supervisión independiente y los mecanismos de denuncia son exigencias inmediatas, junto con la revisión de las decisiones que recurren al encierro y lo prolongan.
La defensa de las personas migrantes en la relación entre los gobiernos de Claudia Sheinbaum y Donald Trump debe incluir a quienes continúan bajo custodia. La recepción de personas deportadas a México y el seguimiento de las denuncias necesitan acompañarse de una exigencia sostenida de protección durante la detención.
Esa posición requiere coherencia con el trato que reciben las personas migrantes en nuestro propio país. México debe cuestionar el uso prioritario de la detención también dentro de sus fronteras.
Investigar las muertes es indispensable. Prevenir su repetición exige actuar sobre las políticas y las condiciones que ponen en riesgo a quienes permanecen detenidos. Su protección no puede esperar a que una muerte vuelva visible su situación.♦