blogeditor · 27 de junio de 2014
Por: Octavio Amezcua Noriega y Carlos Ríos Espinosa
Este 26 de junio se conmemoró el Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de Tortura, proclamado desde el año 1997 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas “con vistas a la erradicación de la tortura y a la aplicación efectiva de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, tal y como lo establece la resolución del máximo órgano de las Naciones Unidas. Desafortunadamente, la tortura está lejos de ser erradicada en el mundo y nuestro país no es la excepción, esto a pesar de que México ha ratificado los tratados internacionales sobre la materia.
Con motivo de dicha conmemoración, valdría la pena repasar algunas de las principales dificultades a las que se enfrentan las víctimas de tortura en México.
Invisibilidad
Las controversias suscitadas en torno a los “ejecutómetros” y a la cifra de personas desaparecidas dan cuenta de la importancia que la opinión pública ha dado a ciertos hechos victimizantes. Grupos de víctimas de determinados delitos o violaciones a derechos humanos han adquirido notoriedad, lo cual ha contribuido a colocar ciertos temas al frente de la agenda política. Sin embargo, éste no ha sido el caso de las víctimas de tortura. La invisibilidad de las víctimas de tortura es un fenómeno que se ha presentado en otros países y que obedece a problemas específicos que enfrenta este grupo de víctimas, los cuales van desde las afectaciones particulares que esta grave violación a los derechos humanos produce a la víctima hasta la dificultad de probar la tortura.
Actualmente no se conoce un número aproximado de víctimas de tortura en México, a pesar de que el aumento del número de quejas presentadas por este concepto ante organismos públicos de derechos humanos tuvo un incremento dramático a partir de 2007. En este sentido, resulta urgente elaborar un diagnóstico sobre el número de víctimas de tortura en el país, esto como un primer paso para el reconocimiento de las víctimas y para tener mayor claridad de las dimensiones del reto que enfrentamos.
Estigmatización
A las personas se les tortura para algo. Ese algo suele ser la extracción de una confesión que sirve para incriminar a la persona en hechos delictivos. Así, durante la anterior administración del Ejecutivo Federal, víctimas de tortura fueron presentadas ante los medios como peligrosos delincuentes, algunas de las cuales fueron posteriormente exoneradas por los tribunales al encontrarse pruebas o indicios de tortura y violaciones al debido proceso. En otros casos, las víctimas aún se encuentran en prisión preventiva enfrentando sus respectivos procesos penales, a pesar de que organizaciones de la sociedad civil han documentado indicios de tortura infligida en contra de los implicados.
La Suprema Corte ha dado un paso importante al establecer criterios de exclusión de pruebas que pudieron haber sido obtenidas bajo tortura. Sin embargo, aún está por verse la forma en que las autoridades implementarán dichos criterios y, sobre todo, la forma en que dichos criterios comenzarán a moldear a la opinión pública en relación a la presunción de inocencia.
Tolerancia a la tortura
La tortura es una de las pocas conductas catalogadas por la comunidad internacional como crimen de lesa humanidad. Los organismos internacionales han reiterado la prohibición absoluta de la tortura, esto es, que la tortura no está justificada bajo ninguna circunstancia.
[contextly_sidebar id=”8ec2deca9174261ee1c69a3d53f1a77c”]A pesar de lo anterior, un sector considerable de la opinión pública en México considera que la tortura puede justificarse, según las circunstancias. En una encuesta reciente, Amnistía Internacional señaló que el 29% de los mexicanos considera aceptable torturar a una persona para obtener información que pueda proteger a la población. Esta encuesta coincide con la Encuesta Nacional de Cultura Constitucional, en la que se encontró que el 32% de la población legitima el uso de la tortura en la lucha contra el narcotráfico. Estos índices de tolerancia se relacionan con el escenario de la “bomba de tiempo”, según el cual se justifica la tortura para proteger a la población de alguna amenaza inminente, esto a pesar de que se ha comprobado que la información extraída bajo tortura es poco confiable.
Los anteriores índices deben ser revertidos mediante campañas de sensibilización dirigidas a la población, en las que se enfatice no sólo que la tortura constituye un atentado contra la dignidad, sino que también es poco útil para la administración de justicia. En la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas se tiene previsto realizar un diagnóstico en torno a la percepción que tiene la población hacia la tortura. Ello con el propósito de contar con mejores elementos para el diseño de las campañas de sensibilización.
Impunidad
Una de las principales demandas de las víctimas es la justicia, razón por la cual la Ley General de Víctimas la reconoció como un derecho que debe ser garantizado por la autoridad.
Las cifras oficiales señalan que la impunidad del delito en México ronda el 98%, tomando en cuenta la elevada cifra negra por falta de denuncia y las escasas sentencias condenatorias. Sin embargo, este porcentaje es aún mayor en lo que respecta al delito de tortura. Según cifras del INEGI y SRE, de 1997 a 2012 se sentenció a 23 personas por tortura en el fuero común, mientras que de 1992 a 2012 se sentenció únicamente a 9 personas por dicho delito en el fuero federal.
Por lo anterior, es urgente que las autoridades de procuración y administración de justicia tomen cartas en el asunto y asuman el compromiso de reducir estos índices de impunidad. Para esto se requiere garantizar una investigación rápida y eficiente ante indicios de tortura, contando para ello con personal capacitado y un fuerte respaldo institucional. Juan Méndez, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre esta materia, reconoció en su reciente visita a México que la implementación del sistema procesal acusatorio que actualmente está en curso constituye una importante oportunidad para combatir esta inaceptable práctica.
Falta de reparación adecuada
Las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos, como lo es la tortura, deben ser reparadas por el Estado de manera integral, esto es, mediante la aplicación conjunta de medidas materiales y simbólicas que restauren la dignidad de la víctima y le brinden los elementos para reincorporarse a la sociedad.
La reparación integral es una cuestión poco explorada en México y, aunque esta situación ha empezado a cambiar con las resoluciones de los órganos del sistema interamericano de protección a los derechos humanos, debe promoverse un proceso de revisión de las distintas dimensiones de la reparación integral con el objeto de que no se limite únicamente a cuestiones pecuniarias, así como para evitar su fragmentación. La reparación integral debe comprender medidas complementarias que incluyan, entre otros aspectos, la rehabilitación de las víctimas y garantías de no repetición. A propósito de éstas últimas, es necesario construir un conjunto de indicadores de los programas de formación en derechos humanos de los funcionarios públicos, con el objeto de poder evaluar el impacto que tienen para la prevención de la tortura.
La Ley General de Víctimas es el instrumento con el que se pretende crear una política de reparación integral en favor de las víctimas en México. Con dicho instrumento se busca instaurar un procedimiento transparente de implementación de medidas de reparación complementarias previstas en la Ley, que cuente con la participación de la víctima en el diseño de las medidas y con la fuerza vinculatoria suficiente para obligar a las dependencias de los tres órdenes de gobierno a coordinarse para su implementación.
Conclusión
Las víctimas de tortura han vivido demasiado tiempo en el olvido, presas de un sistema de seguridad y justicia revictimizante y de un abandono que las deja en un grave estado de vulnerabilidad dadas las profundas afectaciones que la tortura conlleva. Corresponderá a las dependencias encargadas de operar la Ley General de Víctimas, particularmente a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y sus homólogas estatales, revertir esta situación y contribuir de esta forma a la erradicación de la tortura en México.
* Octavio Amezcua Noriega Director del Comité contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. Carlos Ríos Espinosaes Comisionado de Atención a Víctimas