blogeditor · 16 de junio de 2021
“Presenté ante el pleno, iniciativa para que se registren y evalúen las OSC’s que obtienen recursos económicos del extranjero, evitando que dichos fondos sean utilizados para injerir en asuntos estrictamente competentes del Estado Mexicano”. Con este tuit la senadora Nancy Sánchez Arredondo, de Morena, se suma al embate contra organizaciones de la sociedad civil que desde la mañanera el presidente ha encabezado y también a otra iniciativa de la Ciudad de México que pretende equiparar la dirigencia de estas organizaciones con el servicio público.
Estos embates son frecuentes en gobiernos autoritarios de nuestro tiempo. En Guatemala una ley similar ha sido calificada como “contraria a estándares internacionales sobre derechos humanos y obligaciones internacionales… promueven procesos de criminalización de sus integrantes y limitan derechos como la libertad de asociación, la libertad de expresión, el debido proceso y el derecho de defensa”. En Hungría una ley muy similar tuvo que ser revocada por la Unión Europea.
Si en condiciones de normalidad democrática este tipo de leyes violan derechos humanos y obligaciones internacionales de los Estados, en entornos de violencia generalizada como la mexicana, donde se perpetran crímenes de lesa humanidad con absoluta impunidad y normalidad, la situación es más delicada.
En un país con la violencia e impunidad de México, el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil es fundamental y para ello el financiamiento internacional, perfectamente legal, es imprescindible. Escudarse en un nacionalismo rancio y un concepto de soberanía del pasado solo desenmascara el autoritarismo.
La soberanía no es un cheque en blanco para hacer lo que se desea al interior de los países. El concepto de la responsabilidad de proteger o R2P se inspiró en que la soberanía del Estado es una responsabilidad y no es solo la protección contra interferencias externas, sino que se centra en la responsabilidad de los Estados en proteger a su población y en segunda instancia una responsabilidad de la comunidad internacional. Es decir, la responsabilidad primordial de protección de la población recae en el propio Estado y existe una responsabilidad residual en la comunidad más amplia de Estados, que se activa cuando un Estado en particular claramente no está dispuesto o no puede cumplir con su responsabilidad de proteger o es él mismo el autor de crímenes o atrocidades.
La R2P fue adoptada por unanimidad en 2005. En el Reporte de la Comisión Internacional de Intervención y Soberanía Estatal se establece:
“La soberanía es para muchos estados su mejor línea de defensa y, a veces, aparentemente, su única línea de defensa. Pero la soberanía es más que un principio funcional de las relaciones internacionales… las condiciones en las que se ejerce la soberanía y se practica la intervención han cambiado drásticamente desde 1945… La evolución del derecho internacional ha impuesto muchas limitaciones a lo que pueden hacer los Estados, y no solo en el ámbito de los derechos humanos. El concepto emergente de seguridad humana ha creado demandas y expectativas adicionales en relación con la forma en que los Estados tratan a su propia gente”.
Y termina afirmando:
“La defensa de la soberanía estatal, incluso por parte de sus más firmes partidarios, no incluye ningún reclamo del poder ilimitado de un Estado para hacer lo que quiera con su propio pueblo… Se reconoce que la soberanía implica una doble responsabilidad: externamente, de respetar la soberanía de otros Estados, e internamente, de respetar la dignidad y los derechos básicos de todas las personas dentro del estado. En los pactos internacionales de derechos humanos, en la práctica de la ONU y en la propia práctica estatal, ahora se entiende que la soberanía abarca esta doble responsabilidad. La soberanía como responsabilidad se ha convertido en el contenido mínimo de una buena ciudadanía internacional”.
Así que todos estos intentos de restringir el trabajo y financiamiento de organizaciones de sociedad civil son contrarios a los derechos humanos y las obligaciones internacionales. Adicionalmente, contraviene la Responsabilidad de Proteger.
Estamos ante embates revestidos de una idea de soberanía rancia. Autoritarismo envuelto en la bandera.