Claudia Ramos · 16 de febrero de 2026
La reforma constitucional del Poder Judicial introdujo al sistema jurídico mexicano cambios radicales en la impartición de justicia en nuestro país y, con ello, muchísimos problemas que la ciudadanía, las autoridades y las personas impartidoras de justicia tienen que afrontar día a día. Tal es el caso de la materia penal, cuyos principios se vieron afectados con la sustitución escalonada de juezas y jueces que integraban los tribunales de enjuiciamiento.
En anteriores publicaciones hemos señalado cómo las elecciones de personas juzgadoras en materia penal afectan la legalidad de los juicios orales en curso al momento de la jornada electoral, provocando su interrupción e inclusive su reinicio por violaciones al principio de inmediación. Pero no podemos pasar por alto que estas afectaciones seguirán presentándose si no modificamos el modelo de escalonamiento impuesto en el régimen transitorio de la reforma constitucional.
En 2025, la Federación y 18 Estados de la República sometieron a elección popular la integración de sus respectivos Poderes Judiciales, incluyendo las titularidades de órganos jurisdiccionales en materia penal. Sin embargo, no hubo salvaguarda procesal alguna que protegiera los derechos fundamentales de víctimas e imputados para evitar el reinicio de juicios y la prolongación indefinida de su resolución. En el mismo sentido, la justicia penal para adolescentes quedó completamente desprotegida, pues no hubo disposición constitucional o legal que asegurara que las personas candidatas a un cargo en dicha materia contarán con la especialización que se requiere para desempeñar sus funciones.
A diferencia de otras reformas a nuestro sistema judicial -como la del sistema penal acusatorio o la laboral- la de septiembre de 2024 no se preocupó en proteger a las personas y, al contrario, las expuso a una serie de peligros que pueden llevar a la pérdida del caudal probatorio, el reinicio de juicios y la revictimización. En este sentido, el senador Javier Corral señaló en una entrevista que la reforma judicial debe revisarse antes de la elección del cincuenta por ciento de juzgadores restantes, prevista para el año 2027. También mencionó que la primera etapa de la elección ha dejado al descubierto problemas relevantes y que se han presentado situaciones preocupantes en la entidades federativas.
No se trata de un problema meramente jurídico, sus implicaciones alcanzan la realidad de miles de personas que enfrentan el entramado judicial. Simplemente en la Ciudad de México, el Tribunal Superior de Justicia reportó que durante 2025 se iniciaron 22,818 procesos penales y 443 de justicia para adolescentes que quedaron expuestos a los riesgos antes señalados durante la jornada electoral extraordinaria de ese mismo año. Según datos del Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal y Estatal 2025 del INEGI, existen 4,279 casos penales en el ámbito federal pendientes de concluir y 78,441 juicios y 10,203 casos de justicia para adolescentes en los Poderes Judiciales Estatales que fueron y serán afectados por la sustitución de personas juzgadoras en materia penal.
Es decir, miles de expedientes quedan expuestos a repetir audiencias, revivir testimonios y multiplicar costos humanos y materiales para víctimas, imputados y el propio sistema de justicia, y sufrir dilataciones innecesarias en su resolución. Para mitigar estos riesgos es necesario diseñar un modelo de escalonamiento nuevo que respete las etapas procesales en curso y defina plazos que eviten la sustitución masiva de quienes están en etapa de juicio.
Tanto los Congresos locales como el Congreso de la Unión deben encaminar sus esfuerzos en asegurar la certeza jurídica para las víctimas del delito, por medio de un sistema transitorio que asegure el lugar de las personas juzgadoras que tengan a su cargo juicios orales hasta la emisión de sentencia -aunque el cargo sea ocupado por otra persona electa-, para que los cambios de titularidad no introduzcan incertidumbre sobre la validez de lo actuado. Asimismo, debe pensarse en una manera de cumplir con el mandato constitucional de especialización en justicia penal para adolescentes, para que las personas que busquen ser titulares de uno de esos cargos acrediten su especialización desde el momento en que se registran para competir por una candidatura.
Si el objetivo de la reforma constitucional del Poder Judicial es mejorar la impartición de justicia en nuestro país y acercar los tribunales a la ciudadanía, es indispensable que los Congresos y los Tribunales de Justicia tomen en cuenta las observaciones que las personas usuarias del sistema jurisdiccional, la sociedad civil y los propios servidores públicos de la judicatura han hecho desde el inicio de su implementación.
* Ximena Cruz Domínguez es abogada de Litigio Estratégico de México Unido Contra la Delincuencia (@MUCDOficial).