Antonio González · 4 de marzo de 2026
Tengo miedo. Estoy en un lugar oscuro y siento como se pega a mí y empieza a sobar mis glúteos. Tengo 11 años y estoy en el laberinto “Viaje en el tiempo” de una feria a la que fui con mi familia. Estoy paralizada. Lo siento embarrado en mí. Estoy sudando. Me preocupa mi hermana que viene detrás de mí. Lo único que pienso es correr.
Encuentro la salida y voy hacia mi mamá para contarle lo que acaba de suceder. Ella se enfurece, se dirige firmemente a la entrada del juego y empieza a gritar a los responsables. No recuerdo las palabras, solo una sensación de vergüenza profunda.
¿Por qué no grité? ¿Por qué no dije que no? ¿Mi silencio fue lo que propició esto?
Treinta y un años después, el pasado 18 de febrero, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el dictamen que establece que EL SILENCIO NO ES UN SÍ. Se reformaron los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, estableciendo, entre otras cosas, que el consentimiento no podrá presumirse a partir del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.
Al leer esa noticia, mi niña interior se sintió vista y validada. También mi yo actual, al que le duele saber que, de enero a octubre de 2025, se registraron 6,760 llamadas de emergencia por abuso sexual; que, de acuerdo a la ENDIREH 2021, el 49.7% de las mujeres en México han sido víctimas de violencia sexual a lo largo de su vida. Peor aún, entre 2020 y 2024, en 3720 registros de nacimientos reportados, las madres tenían entre 10 y 17 años y los padres entre 40 y 85. Porque aun teniendo Presidenta [sic], seguimos siendo objetivizadas sexualmente.
Probablemente, estas cifras te revuelven el estómago y te generan una necesidad inmediata de que esta realidad cambie. La buena noticia es que esta reforma al Código Penal puede ser el inicio de un cambio sociocultural profundo.
Que la ley se construya sobre la base de que el consentimiento debe ser libre, voluntario e informado —libre de toda coacción— implica un cambio radical en la forma en que entendemos la interacción sexoafectiva entre personas. Y si esta iniciativa se acompaña de una buena socialización, hay esperanza de que una de cada tres mujeres deje de ser víctima de abuso sexual.
Este nuevo paradigma reconoce que los delitos sexuales no son casos aislados que pasan de vez en cuando. Son un problema estructural que forma parte de la manera en que están organizadas nuestras dinámicas sociales. Tienen que ver con desigualdades históricas de poder entre hombres y mujeres, arraigadas en una cultura machista que perpetúa la discriminación.
Tratar la violencia sexual como un problema estructural implica reconocer que no basta con castigar al agresor individual: se requiere transformar las estructuras sociales y culturales que permiten que estos comportamientos persistan. En este contexto, el consentimiento se entiende como un proceso que se construye y reafirma de manera continua, en el que cada persona puede decidir y expresar lo que quiere y lo que NO quiere en todo momento, con libertad, seguridad y sin miedo.
Al ser continuo, incluso cuando ha habido un consentimiento inicial de forma expresa, este puede ser reversible y retirado en cualquier momento. En términos simples, se busca proteger nuestra autonomía e integridad, y garantizar que las personas involucradas puedan decidir, comunicarse y asegurarse de que todos los actos sexuales se realicen de mutuo acuerdo.
Por lo anterior, “no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad”. Ya que en cualquiera de estos supuestos, el aparente consentimiento deriva de la coacción, fuerza, amenaza —explícita o implícita—, generada por un desbalance de poder, miedo, opresión psicológica, ignorancia, indefensión o incapacidad para entender la violencia sexual, entre otras.
De igual manera, la reforma incluye diversas agravantes que aumentan las penas, particularmente en casos en los que existe un claro desbalance de poder: cuando hay una relación previa (sentimental, familiar, de confianza), una situación de dependencia y —quizás de las más relevantes para desestigmatizar a muchas víctimas— “cuando la víctima se encuentre bajo los efectos de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias que afecten su voluntad o discernimiento”.
El mensaje resulta claro: los perpetradores ya no pueden despojarnos de la posibilidad de decidir, vulnerando nuestra autonomía y nuestra integridad. El consentimiento es el elemento fundamental en el marco de los delitos contra la libertad sexual.
Esperemos este mensaje se traduzca en las legislaciones locales y en la generación de políticas públicas que permeen en la sociedad y garanticen la aplicación efectiva de estos criterios, para que todas las niñas puedan estar seguras de que pueden ir a la feria, y a cualquier lugar, sin el riesgo de ser violentadas.
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Macarena Velázquez López (@MacaIntensa) es abogada por el CIDE y cuenta con estudios de maestría por la London School of Economics & Political Science (LSE). Feminista, activista e intensa. Profesionalmente, su carrera se ha desarrollado en torno a la promoción y defensa de los derechos humanos. Actualmente es consultora en género y derechos humanos.